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PÆg. 249930 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de agosto de 2003 múltiples prestaciones en una sola red, utilizando un mis- mo móvil ya que además de la conexión directa (trunkingdigital), incorpora interconexión telefónica y ciertos tipos de comunicaciones de datos; Que, si bien es cierto existe otros prestadores de ser- vicio de telefonía como sustitutos (teléfonos celulares), éstos no cumplen con el estándar de equipo de radio troncalizado que trabaja en la modalidad de semiduplex,brindando un servicio de telefonía que no cumple con las especificaciones de necesidad e inmediatez requerida para la seguridad, pues dada las características de estosequipos de radios se puede realizar comunicaciones gru- pales y/o segmentadas según la necesidad del usuario o lo que obligue la circunstancia; esto permite que se lla-me de un punto a otro, en forma colectiva por medio de un pulsador que limita al mensaje la prestación del servi- cio y de ninguna manera permite el uso prolongado de lacomunicación, lo que nos da la facilidad de manejar mon- tos controlados del servicio; Que, en efecto, a la fecha la única empresa capaz de brindar dicho servicio a través de equipos de radio - telé- fonos interconectados grupalmente es la empresa NEX- TEL DEL PERÚ S.A.; Que, el valor referencial para la contratación del referi- do servicio asciende a $ 13,552.54 (Trece mil quinientos cincuentidós y 54/100 dólares americanos), suma quecomprende el período de 90 días a partir del día siguien- te de emitida la presente resolución; Que, en cumplimiento del Artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Área de Programación de la Subgerencia de Logística ha otorgado la debida disponibilidad presu-puestal, señalando su fuente de financiamiento con car- go a los Recursos Ordinarios; Que, en aras de la transparencia y mejor utilización de los recursos públicos, el Artículo 76º de nuestra Consti- tución Política establece que las entidades estatales es- tán obligadas a llevar a cabo procesos de selección pararealizar las adquisiciones y contrataciones, disponiendo asimismo la autorización de las excepciones en la medi- da que a veces la celebración de un contrato debe serurgentemente decidida; Que, tal situación también es contemplada por la nor- mativa vigente en contrataciones públicas, que prescribeque determinadas adquisiciones o contrataciones - por sus especiales características - se encuentran exonera- das del proceso de selección que le corresponda; Que, en ese orden de ideas, el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, establece que se en-cuentran exoneradas de los procesos de Licitación Públi- ca, Concurso Público o Adjudicación Directa, las adqui- siciones y contrataciones que se realicen cuando los bie-nes o servicios no admiten sustitutos; Que, el Artículo 105º en concordancia con el Artículo 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse los supuestos señalados en el Artícu- lo 19º de la Ley, la Entidad efectuará las adquisiciones ocontrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención por cualquier medio de comunica- ción, de una cotización que cumpla los requisitos, conautorización expresa del Titular del Pliego o de la Máxi- ma Autoridad Administrativa, debiendo indicarse en la Resolución materia de la exoneración, el órgano que seencargará de llevar adelante la contratación; Que, las adquisiciones y contrataciones exoneradas del respectivo proceso de selección, se realizan median-te el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y debe remitirse copia de los mismos y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, den-tro de los 10 días siguientes a la fecha de su aprobación, según lo dispone el Artículo 20º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do; Que, el Informe Nº 013-OSI-2003-GG-PJ e Informe Nº 109-2003-AS-SL-GAF-GG/PJ, de la Oficina de Segu-ridad Integral del Poder Judicial y del Área de Servicios de la Subgerencia de Logística respectivamente, susten- tan técnicamente la necesidad de contratar los serviciosen mención; Que, la Jefatura de Asesoría Legal de la Gerencia General, mediante Informe Nº 175-2003-OAL-GG-PJ,opina por la procedencia de la exoneración, de acuerdo a lo señalado por el mencionado inciso f) del artículo 19ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que se cumplen con los presupuestos para la aplicación de la causal de bie-nes que no admiten sustitutos; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, en concordancia con los Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas por ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del respectivo proceso de selección por causal de servicio que no admite sustitu- to, la contratación del Servicio de Radiocomunicación conla empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A., por medio de equi- pos de radio - teléfonos destinados al Sistema de Protec- ción Interna del Poder Judicial así como para el uso de lacustodia y resguardo de los Magistrados de la Corte Su- prema de Justicia de República, Oficina de Control de la Magistratura y otros funcionarios que por la naturalezade sus funciones requieren el servicio. Artículo Segundo.- Autorizar a la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administración y Finan-zas de la Gerencia General, a efectuar la contrata- ción con la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A., para el Servicio de Radiocomunicación, mediante procesode adjudicación de menor cuantía, por un valor refe- rencial de US$ 13,552.54 (Trece mil quinientos cin- cuentidós y 54/100 dólares americanos) y por un pla-zo de 90 días naturales, contados a partir del día si- guiente de emitida la presente resolución; precisando que el servicio se encuentra dividido de la siguientemanera, a través de 54 equipos, por un monto de US$ 8,526.54 (Ocho mil quinientos veintiséis mil y 54/100 dólares americanos) abarca el período de 90 días; ypor un monto de US$ 5,026.00 (Cinco mil veintiséis y 00/100 dólares americanos) a través de 100 equipos tan sólo por 30 días; cuyo pago se efectuará al tipode cambio del valor de venta publicado por la Super- intendencia de Banca y Seguros, del día en que se haga efectivo. Artículo Tercero.- El contrato que se celebre como consecuencia de la contratación a que se refiere el Artí- culo Primero de la presente Resolución, deberá cumplircon los requisitos, condiciones, formalidades y garantías que establece la ley. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial haga de conocimiento de la Contralo- ría General de la República, la presente resolución y los informes que la sustentan, dentro del plazo que disponeel Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 15425 Autorizan a procuradora intervenir en denuncia penal contra presunta respon- sable de la comisión de delitos e ini- ciar acciones para recuperación de co-bros indebidos en perjuicio del PoderJudicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 143-2003-P-PJ Lima, 13 de agosto de 2003 VISTO: El Memorándum Nº 1075-2003-GAF-GG/PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe Nº