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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (17/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 249926 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de agosto de 2003 de 2003, se constituyó la Comisión Mixta encargada de elaborar los lineamientos de política para promover unmayor acceso a los servicios de telecomunicaciones en áreas rurales y lugares de preferente interés social, inte- grada por: - El Jefe de la Secretaría de Comunicaciones del Vi- ceministerio de Comunicaciones, quien preside la Comi-sión. - La Directora de la Oficina de Proyectos del Vicemi- nisterio de Comunicaciones. - Un miembro de la Secretaría de Comunicaciones. - Dos representantes del OSIPTEL. En la citada resolución se fijó el 20 de abril de 2003, como plazo para la presentación de la propuesta del In- forme Final al Viceministro de Comunicaciones. Mediante Resolución Ministerial Nº 327-2003-MTC/03, publicada el 7 de mayo de 2003, se resolvió ampliar el plazo para la presentación de la propuesta e informe fi-nal de la Comisión. Un documento preliminar de los presentes lineamien- tos fue publicado en el Diario Oficial El Peruano, el día 16de mayo de 2003, para recibir los comentarios de los in- teresados. OBJETIVO Acelerar la incorporación, en condiciones de equidad, de las poblaciones de las áreas rurales y de preferente interés social, a las oportunidades que ofrecen las tec- nologías de la información y comunicación (TICs), pro-moviendo su integración a la red pública de telecomuni- caciones. PRINCIPIOS 1. Se reconoce que las telecomunicaciones forman parte de un sector más amplio que incluye a las tecnolo- gías de la información. 2. Las TICs pueden constituir un elemento para facili- tar el proceso de descentralización del país y el desarro- llo de las áreas rurales y lugares de preferente interés social. 3. El acceso a las TICs y el desarrollo de las teleco- municaciones tiene un carácter prioritario en la política general del Estado, tanto por su alto contenido social,como por sus efectos multiplicadores para impulsar el desarrollo socio-económico del país y la mayor integra- ción de la población a la sociedad global de la informa-ción y del conocimiento. 4. Siendo las TICs de relevancia nacional, resulta im- perativo lograr una coordinación integral y articulación deesfuerzos del sector público y privado de modo que se eviten duplicidades e ineficiencia. 5. Se deberá propiciar el acceso y el aprovechamien- to de las TICs en forma equitativa, teniendo en cuenta aspectos tales como género, generación, discapacidad, etnia y cultura. 6. El desarrollo de las telecomunicaciones tendrá re- percusiones significativas y mayores probabilidades de éxito si los proyectos locales y regionales forman partede un esfuerzo coordinado que involucre a las micro y pequeñas empresas y alianzas estratégicas con los ope- radores y los consumidores. LINEAMIENTOS DE POLÍTICAS De acuerdo a su naturaleza los lineamientos se divi- den en: I. LINEAMIENTOS TÉCNICOS: Políticas de Concesiones y Pro yectos Rur ales.- 7. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y el Organismo Supervisor de Inversión Privadaen Telecomunicaciones (OSIPTEL) establecerán los in- centivos adecuados y promoverán mejoras de las condi- ciones de mercado para la consolidación del acceso uni-versal en las áreas rurales y de preferente interés social. Para tal efecto, se coordinará con los agentes involucra- dos en el tema.El MTC establecerá los criterios para la determina- ción de los lugares considerados como de preferente in-terés social, para lo cual el OSIPTEL presentará sus pro- puestas para la determinación de estos criterios, en fun- ción al desarrollo de mercado y/o de los estudios que seefectúen para tal efecto. El plazo máximo para la aproba- ción de estos criterios será de treinta (30) días calenda- rio contados a partir del día siguiente de recibidas laspropuestas de OSIPTEL. 8. La emisión de la resolución que otorga la conce- sión se efectuará en un plazo máximo de 30 días hábiles. 9. En el caso de los proyectos a ser auspiciados por el Fondo de Inversión en Telecomunicaciones (FITEL), el MTC se pronunciará en un plazo máximo de treinta (30)días calendario, computados a partir de la recepción del proyecto presentado por OSIPTEL. Políticas de uso compar tido de infr aestructura.- 10. A fin de promover la eficiencia y la competitividad del sector el MTC fomentará y facilitará el uso comparti- do de infraestructura de los servicios de comunicacio- nes. 11. Asimismo, teniendo en cuenta la existencia de di- versos tipos de infraestructura de comunicaciones, es con- veniente que el MTC coordine con otros organismos yautoridades a fin de promover la integración de redes, optimizando su uso y reduciendo costos. Políticas de recursos escasos y señalización.- 12. Espectro radioeléctrico El MTC establecerá bandas de frecuencia que no re- quieren de título habilitante para su uso en zonas rurales y lugares de preferente interés social, teniendo en cuen-ta las asignaciones realizadas a los operadores estable- cidos. 13. Numeración El MTC adoptará, de acuerdo a lo establecido en el Plan Técnico Fundamental de Numeración (PTFN), lasmedidas necesarias, a fin de que se diferencie la nume- ración a ser utilizada por el servicio telefónico en las áreas rurales y en lugares de preferente interés social. De ser el caso, un operador independiente de teléfo- nos públicos podrá utilizar este tipo de numeración. 14. Señalización Se considera básicamente dos tipos de señaliza- ción: La señalización entre centrales y la señaliza-ción usuario - red. De acuerdo a lo establecido en el Plan Técnico Fundamental de Señalización, sólo en el caso de una red rural que opere dentro de un árealocal de servicio de telefonía fija, el concesionario podrá optar por establecer una interconexión a la red de telefonía fija local, mediante enlace de líneas tele-fónicas. Políticas sobre ob ligaciones de pago de derechos , tasas y canon.- 15. El MTC adoptará las medidas necesarias a efec- tos de establecer obligaciones de pago de derechos, ta- sas y canon reducidos para los operadores de servicios de telecomunicaciones en zonas rurales y lugares de pre-ferente interés social. Políticas de tar ifas e intercone xión 16. Considerando el mayor costo en la provisión de los servicios de telecomunicaciones en las áreas ruralesy de preferente interés social y la trascendencia de éstos para el beneficio de dichas zonas, el Estado establecerá una política específica de tarifas e interconexión que in-cluya tales consideraciones en su análisis. Políticas de promoción de pequeñas redes de teleco- municaciones 17. El Estado promoverá el desarrollo de pequeñas redes y empresas de telecomunicaciones en las áreasrurales y de preferente interés social, con la finalidad de incrementar el nivel de acceso a los servicios en dichas