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PÆg. 249924 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de agosto de 2003 Que, en virtud de la transferencia referida en el tercer considerando de la presente Resolución, la titular adqui-rió todos los derechos y obligaciones inherentes a la con- cesión definitiva, entre los cuales está la servidumbre de electroducto cuya transferencia a su favor ha solicitadoformalizar mediante la correspondiente Resolución Mi- nisterial, de acuerdo con el artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctricas, por lo que resulta procedente latransferencia solicitada; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la titular ha cumplido con los requi-sitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emiti- do el Informe Nº 117-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Tener a ELECTRO PUNO S.A.A. como titular de la servidumbre de electroducto de la línea dedistribución 22,9 kV Puno-Chucuito-Ilave, a que se refie- re la Resolución Ministerial Nº 147-96-EM/VME de fecha 25 de marzo de 1996. Artículo 2º.- ELECTRO PUNO S.A.A. ejercerá los derechos y obligaciones inherentes a la servidumbre de electroducto, de acuerdo con la Ley de Concesiones Eléc-tricas, su Reglamento y la Resolución Ministerial Nº 147- 96-EM/VME. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 14717 PRODUCE Aceptan renuncia y encargan funciones de Directora Regional de Pesquería del Gobierno Regional de Huancavelica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 294-2003-PRODUCE Lima, 14 de agosto del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 018-2002- PE, del 16 de enero del 2002, se designó al señor Julio César Gálvez Espejo, en el cargo de confianza de Direc- tor Regional de Pesquería del ex Consejo Transitorio deAdministración Regional de Huancavelica, hoy Gobierno Regional de Huancavelica; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, siendo conveniente de- signar a su reemplazante; Que, la Duodécima Disposición Transitoria, Comple- mentaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el Artículo 8º de la Ley Nº 27902, establece que la selección de Directo-res Regionales sectoriales se hará previo concurso pú- blico convocado por los Gobiernos Regionales en coordi- nación con el Gobierno Nacional, de acuerdo a los linea-mientos generales elaborados por el Consejo Nacional de Descentralización, a efectos de garantizar la neutrali- dad del procedimiento y la selección técnica del perso-nal; Que, el Consejo Nacional de Descentralización, mediante Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003,modificada por las Resoluciones Presidenciales Nºs. 025- CND-P-2003 y 073-CND-P-2003, aprobó la Directiva Nº 001-CND-P-2003 "Lineamientos Generales para el Con-curso Público de Selección de Directores Regionales Sectoriales"; Que, en tal sentido, la encargatura que se efectúa mediante la presente Resolución, quedará sin efecto, en cuanto se realice la designación del Director Regional de Producción, previo concurso público convocado por elGobierno Regional;Que, la Quinta Disposición Complementaria, Transi- toria y Final de la Ley Nº 27789, Ley de Organización yFunciones del Ministerio de la Producción, establece que toda mención efectuada al Ministerio de Pesquería, de- berá entenderse referida al Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y modificato- ria, Leyes Nºs. 27594, 27792 y 27902, las ResolucionesPresidenciales Nºs. 012, 025 y 073-CND-P-2003; y en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Artícu- lo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE -Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 8 de agosto del 2003, la renuncia presentada por el señor Julio César Gálvez Espejo, al cargo de Director Regional de Pesquería del ex Consejo Transitorio de Administración Regional deHuancavelica, hoy Gobierno Regional de Huancavelica, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar, a partir del 8 de agosto del 2003, a la señora SONIA AMPARO MILLONES DÁVILA, las funciones de Directora Regional de Pesquería del Gobierno Regional de Huancavelica. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 15403 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Designan responsable de brindar infor- mación requerida por ciudadanos a quese refiere la Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pœblica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 209-2003-TR Lima, 15 de agosto de 2003 VISTO; El Memorándum Nº 427-2003-MTPE/SG, de fecha 4 de agosto de 2003, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por finalidad promover latransparencia de los actos del Estado y regular el dere- cho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Políticadel Perú; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 27806, toda información que posee el Estado se pre-sume pública, salvo la establecida en el artículo 15º de la citada ley, para lo cual el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuaciónde las entidades de la Administración Pública y tiene la obli- gación de entregar la información que demanden las perso- nas en aplicación del principio de publicidad; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 27806 establece que las entidades de la Administración Pública obligadas a brindar información identificarán, bajo responsabilidad desu máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en concordancia a lo esta- blecido en la referida Ley; Que, en mérito a lo expuesto, se designó mediante Resolución Ministerial Nº 036-2003-TR, de fecha 14 de marzo de 2003, al señor Pedro Miranda Achata, DirectorGeneral de Administración, como el responsable de brin- dar la información requerida por los ciudadanos en apli- cación de la Ley Nº 27806;