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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (31/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

PÆg. 250607 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0243-2003- ED, se designó a la doctora Ana Grimanesa REÁTEGUINAPURI, como Jefa de la Oficina de Administración, de- pendiente de la Secretaría General del Ministerio de Edu- cación, cargo considerado de confianza; Que, la mencionada funcionaria ha presentado carta de fecha 30 de junio donde pone a disposición del Despa- cho Ministerial el referido cargo; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renunciao se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contempla- dos en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 31 de agosto del año en curso, la renuncia presentada por la doctora Ana Gri- manesa REÁTEGUI NAPURI, Jefa de la Oficina de Adminis-tración, cargo considerado de confianza, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 16180 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0869-2003-ED Lima, 28 de agosto de 2003 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Administración, cargo considerado de confianza, depen-diente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o delTitular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contempla-dos en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los DecretosSupremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir del 1 de setiembre del año en curso, al economista Asabedo FernándezCarretero, Jefe de la Oficina de Administración, cargo considerado de confianza. dependiente de la Secretaria General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 16181 INTERIOR Declaran infundadas apelaciones con- tra resoluciones relativas a sanciones de multa impuestas a empresas de vigilancia privada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1388-2003-IN/1701 Lima, 21 de agosto del 2003Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por la EVP. CIA. DE SEGURIDAD PROTECCIÓN Y SERVICIOS M. FRANCIA Y ASOCIADOS SRL., presentada por su Re- presentante Legal Luciano Reymundo MEDINA MARIN,contra la R.D. Nº 562-2003-IN-1704/1 del 14.MAR.2003. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 562-2003-IN- 1704/1 del 14.MAR.2003, se impuso Multa de Una (1)UIT a la EVP. CIA. DE SEGURIDAD PROTECCIÓN Y SERVICIOS M. FRANCIA Y ASOCIADOS SRL., de con- formidad al Art. 95º del Reglamento de Servicios de Se-guridad Privada, por haber infringido el Art. 91º inciso j) del mencionado dispositivo legal, al permitir que el vigi- lante José Jaime QUIROZ ZAMBRANO, preste serviciode seguridad privada, sin contar con el respectivo Carné de Identidad expedido por la DICSCAMEC; Que, con escrito de fecha 27.MAR.2003, la em- presa recurrente interpone Recurso Impugnativo de Apelación contra la R.D. Nº 562-2003-IN-1704/1 del 14.MAR.2003, exponiendo como fundamentos de suapelación, que el personal de la Dirección de control Operativo de la DICSCAMEC, realizó una visita inopi- nada encontrando al vigilante José Jaime QUIROZZAMBRANO, sin el carné de identidad expedido por la DICSCAMEC, toda vez que con fecha 20.ENE.2003, solicitaron a la DICSCAMEC - Ica, carné para 8 vigi-lantes figurando entre ellos el del citado vigilante y que por no habérseles entregado dentro del plazo de 24 horas por falta de material con que son elabora-dos, es que el mencionado vigilante no portaba el pre- citado carné de identidad al momento de la inspec- ción sino hasta el 24.ENE.2003, después de 4 díasde presentada la documentación correspondiente; ta- les argumentos no desvirtúan ni atenúan la respon- sabilidad de la empresa, en razón de que la iniciacióndel trámite para la obtención del carné no lo faculta para prestar servicios de seguridad privada sino has- ta que sea expedido, por no tratarse de un procedi-miento de aprobación automático y constituye una infracción grave no contar el personal de la empresa de servicios de seguridad con el respectivo carné deidentidad expedido por la DICSCAMEC; Que, el Art. 209º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedi- miento Administrativo General, establece que el Recursode Apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas pro- ducidas o cuando se trate de cuestiones de puro dere-cho, hecho que no se cumple en el presente caso, motivo por el cual no se encuentra inmerso dentro de los alcan- ces de la precitada norma legal; Estando a lo opinado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica del Ministerio del Interior; en su Informe Nº 2738-2003-IN-0202 del 24.MAY.2003. SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por la EVP. CIA. DE SEGURI- DAD PROTECCIÓN Y SERVICIOS M. FRANCIA Y ASO-CIADOS SRL., contra la Resolución Directoral Nº 562- 2003-IN-1704/1 del 14.MAR.2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Reso-lución. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 16123 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1389-2003-IN/1701 Lima, 21 de agosto del 2003 Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por la EVP. TRANSPORTES MARITIMOS SERVICIOS SUBACUA-TICOS Y SEGURIDAD S.A. (TRANSERBU), presentada por su Representante Legal Sr. José Alberto GIAMPIE- TRI ROJAS, contra la R.D. Nº 1053-2003-IN-1704/1 del8.MAY.2003.