TEXTO PAGINA: 103
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G34/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de diciembre de 2003 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 241-2003-OS/CD Lima, 12 de diciembre de 2003 VISTO: El informe emitido por la Asesoría Legal OSINERG-GART-AL-2003-169.CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2003-EM se modificó el artículo 180º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, disponiéndose que los im-portes de corte y reconexión deberán cubrir los costos eficientes en que se incurra para su realizacióny facultándose al OSINERG a aprobar los importes máximos de corte y reconexión, y la periodicidad desu vigencia, sobre la base de criterios y procedimientos que establezca al efecto; Que, la Única Disposición Transitoria del Decreto Supremo Nº 039-2003-EM, dispone que dentro de los noventa (90) días calendario contados desde su publicación, los concesionarios presentarán la primerapropuesta por concepto de corte y reconexión debidamente sustentada y en caso incumplan con dichapresentación, el OSINERG podrá aprobar de oficio los importes máximos por dichos conceptos; Que, resulta necesario establecer un procedimiento para la aprobación de los importes máximos de corte y reconexión, considerando como fecha de inicio el plazo previsto por la Disposición Transitoria delDecreto Supremo Nº 039-2003-EM; Que, la Resolución OSINERG Nº 196-2003-OS/CD, publicada el 26 de noviembre de 2003, dispuso la publicación del proyecto de norma “Procedimiento para la Aprobación de los Importes Máximos deCorte y Reconexión”, en cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento General del OSINERG aproba-do por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y con el objeto que los interesados remitan por escrito suscomentarios a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG; Que, a consecuencia de la publicación del documento mencionado se recibieron comentarios de dos empresas resumiendo el contenido de la norma y considerando que ésta se ajustaba a los términosindicados en el proceso de transparencia; Que, habiéndose cumplido con la publicación correspondiente sin que se hayan formulado observacio- nes al proyecto de norma, se ha seguido el procedimiento dispuesto por el artículo 25º del ReglamentoGeneral del OSINERG, razón por la cual se encuentra expedita la aprobación de la norma “Procedi-miento para la Aprobación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión” y su exposición de moti-vos, por el Consejo Directivo, en aplicación de la función normativa que le otorga el inciso c) del artículo3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servi-cios Públicos, así como el artículo 22º del citado Reglamento General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del OSINERG aprobado median-te Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, ensu Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y en el Decreto Supremo Nº 039-2003-EM, así como en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Apruébese la norma “Procedimiento para la Aprobación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión”, así como su exposición de motivos, la misma que consta de 5 Artículos, una DisposiciónTransitoria y un Anexo, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2 º.- Dispóngase la publicación, en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del OSI- NERG: www.osinerg.gob .pe, de la presente Resolución, de la norma “Procedimiento para la Aprobación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión” y de su exposición de motivos. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERG