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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 94

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G34/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de diciembre de 2003 Por lo mencionado, no se acoge la sugerencia de Hidrandina. 4.3.3 Comentario 2 El comentario de Hidrandina es el siguiente: “En cuanto al tipo de traslado a usar (a pie, en bicicleta, en motocicleta, en camioneta) para las actividades de corte y reconexión, OSINERG debe precisar si el concesionario aparte de presentar su propuesta con cada uno de estos tipos de traslado, va a estar obligado a aplicarlo o queda a potestad del concesionario.” 4.3.4 Análisis 2 El propósito de la norma es brindar las alternativas existentes en cuanto se refiere a los diferentes tipos de traslado de las cuales las empresas deberán considerar en su propuesta aquellos tipos que técnica y económicamente resulten máseficientes para el desarrollo de la actividad. Aquellos tipos de traslado que adopten serán debidamente sustentados ydeberán ser concordantes con lo señalado en el artículo 180º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Como resultado del proceso de análisis de las propuestas de las empresas, el OSINERG aprobará los importes máxi- mos de corte y reconexión que serán de aplicación obligatoria por parte de las empresas. Por lo mencionado, no se acoge la sugerencia propuesta por Hidrandina.4.3.5 Comentario 3 El comentario de Hidrandina es el siguiente: “Tanto para el tipo 1 (corte) y tipo 2 (reconexión) se debe agregar la modalidad En línea subterránea (empalme directo), tanto para conexiones monofásicas y trifásicas, y para todas las opciones tarifarias.” 4.3.6 Análisis 3 Para el caso de conexiones a redes subterráneas, la norma contempla el corte y reconexión en la caja de medición (retiro de cable) por ser el más eficiente. El corte en línea del tipo subterráneo está contemplado como una labor que formaparte del retiro de la conexión subterránea sólo para el caso previsto en el artículo 178º del Reglamento de la Ley deConcesiones Eléctricas. Por lo mencionado, no se acoge la sugerencia de Hidrandina. 4.3.7 Comentario 4 El comentario de Hidrandina es el siguiente: “Incluir la especificación del tipo de documentos que se presentarán en el caso que las empresas efectúen las labores de corte, reconexión, con personal propio o contratos de personal a tiempo completo, para precisar lo indicado en el numeral 4.3.” 4.3.8 Análisis 4 Para el caso que las actividades de corte y reconexión sean realizadas con personal propio se deberá presentar como sustento documentos equivalentes tales como boletas de pago del personal, contratos del personal, planillas, etc. Por lo mencionado, se acoge la sugerencia propuesta por Hidrandina, haciendo las precisiones y modificaciones perti- nentes en la norma. 4.3.9 Comentario 5 El comentario de Hidrandina es el siguiente: “Incluir los documentos de la propuesta del porcentaje al contratista. De manera similar incluir la especificación de los documentos en caso que las labores no se tercericen, para precisar lo indicado en el numeral 4.4.” 4.3.10 Análisis 5 Para el caso que las actividades de corte y reconexión sean realizadas con personal propio no corresponde aplicar el porcentaje del contratista, ya que este sólo se considera cuando las actividades se realizan a través de terceros. Por lo mencionado, no se acoge la sugerencia propuesta por Hidrandina. Sin embargo, se efectuará la aclaración corres- pondiente sobre el porcentaje del contratista cuando las actividades se realicen con personal propio. 4.3.11 Comentario 6 El comentario de Hidrandina es el siguiente: “Para su posterior inclusión en el Anexo 02 (Costos Unitarios) y en el Anexo 03 (Costos Totales), en el Anexo 01 relacio- nado a Materiales, se debe incluir lo siguiente: Conductor eléctrico TW de 4 mm2 de sección, soldadura, pintura, agrega- dos de construcción (Arena, cemento, agua, etc.).” 4.3.12 Análisis 6 Los materiales a considerar sólo son los utilizados en las actividades de corte y reconexión, por lo cual se incorporará el conductor y agregados de construcción solicitados. No corresponde incluir soldadura y pintura por ser materiales que no se utilizan en las actividades de corte y reconexión.