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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (27/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G33/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de diciembre de 2003 dad con lo previsto en el artículo 62º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP. Los Presiden-tes electos darán cuenta en el día y por escrito a la Super- intendencia Adjunta de la realización de los actos mencio- nados, y remitirán copia de las actas de instalación y elec-ción respectivas. En caso de ausencia o impedimento temporal, sin per- juicio de la aplicación de las normas reglamentarias vigen-tes, asumirá la Presidencia de manera interina el Vocal ti- tular más antiguo del Tribunal Registral que esté integran- do la Sala correspondiente, de lo que se dejará constanciaen un acta que para el efecto ha de extenderse. Artículo 4º.- La asignación en el cargo de Vocales, en la condición de encargados, de los señores abogados Hel-der Domínguez Haro y Claudia Tejada Ponce, concluirá el 31 de marzo de 2004. Artículo 5º.- Al término de cada trimestre, se realizará una evaluación de la productividad de las Salas, en aras de la optimización del servicio y teniendo en cuenta las necesidades de la institución. Artículo 6º.- Disponer que el apoyo que brindan los abogados asignados al Tribunal Registral en Lima, sea por turnos rotativos, en cada Sala, por el período de 2 meses. Artículo 7º.- La conformación de las Salas citadas en el artículo 1º, su instalación, así como la designación del Vocal Alterno, serán efectivas desde el lunes 12 de enerode 2004; entre tanto, seguirá vigente la conformación y de- signación efectuadas mediante Resolución Nº 004-2002- SUNARP/SA. Regístrese, comuníquese y publíquese. A. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Adjunto 24005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G75/G2D /G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G2D /G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G76/GED/G61/G73/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G56/G69/G61/G6C/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 190 Lima, 12 de diciembre de 2003 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ordenanza del Sistema Vial Me- tropolitano Nº 341 del 11 de noviembre del 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de diciembre del mismoaño, es responsabilidad de la Municipalidad Metropolitana de Lima el mantenimiento, rehabilitación, remodelación, señalización, semaforización, ornato, autorización de ins-talación de publicidad y mobiliario urbano, en las vías ex- presas, arteriales y colectoras del sistema vial metropoli- tano, además de todas las vías del Cercado de Lima; Que, el Ítem a) del inciso segundo del artículo noveno de la Ordenanza Nº 210 del 4 de marzo de 1999, establece que es competencia de la Municipalidad Metropolitana deLima autorizar la instalación de elementos fijos para publi- cidad exterior en las áreas publicas de las carreteras urba- nas; Que, el artículo cincuenta de la Ordenanza señalada en el considerando anterior, establece que se puede insta- lar elementos de publicidad exterior en carreteras por au-torización o por concesión;Que, por Decreto de Alcaldía Nº 009 de fecha 30 de enero del 2001, se autorizó a la Dirección Municipal deDesarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a otorgar autorizaciones provisionales para instalar elementos fijos de publicidad exterior en carreteras con vi-gencia hasta el 31 de agosto del 2001; Que, es conveniente celebrar Contratos de Cesión en Uso de espacios para publicidad exterior entre la Munici-palidad Metropolitana de Lima, la Empresa Municipal Ad- ministradora del Peaje S.A. (EMAPE S.A.) y las empresas publicitarias propietarias de los elementos de publicidadexterior instalados en las carreteras y demás vías integran- tes de la Red Vial Metropolitana; contratos destinado a re- gularizar la situación legal de los mencionados elementos,reubicarlos en zonas que no impliquen riesgos para el trán- sito peatonal y vehicular; Que, los referidos Contratos por su naturaleza son de carácter temporal, por lo que es necesario reajustar el mon- to a cancelar por concepto de usufructo del espacio publi- co, considerando además las inversiones realizadas porlas empresas para reubicar sus elementos publicitarios; Que, es política de la actual Administración de la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima el diálogo constante y elconsenso con las partes involucradas en el desarrollo de las diversas actividades económicas de nuestra ciudad ca- pital; Estando a las facultades otorgadas por la Constitución Política del Estado, a lo dispuesto por el numeral 23 del artículo 20º y el numeral 1.4.4 del artículo Nº 79 de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, de la Ordenanza Nº 210, Reglamento que Regula la Publicidad exterior en la provincia de Lima. DECRETA: Artículo Primero.- Facultar y delegar a las Direccio- nes Municipales de Desarrollo Urbano y de Fiscalización y Control para que suscriban Contratos con personas natu-rales o jurídicas dedicadas a las actividad de Publicidad Exterior, propietarias de los elementos de publicidad exte- rior instalados en carreteras o en otras vías integrantes dela Red Vial Metropolitana, a fin de regularizar su situación legal; en los casos de carreteras la intervención de la Em- presa Administradora de Peaje S.A. se realizará en su ca-lidad de administradora de la mencionada vía. Artículo Segundo.- Los Contratos a que se refiere el artículo anterior, estarán circunscritos a la autorización depublicidad en las siguientes vías: 1) Carretera Panamericana Sur: Desde el Trébol de la Av. Javier Prado hasta el inter- cambio vial ubicado en el distrito de Pucusana. 2) Vía de Evitamiento: Desde el Trébol ubicado en la Av. Javier Prado hasta el cruce con la Av. Caquetá (Trébol del Puente del Ejercito). 3) Carretera Panamericana Norte: Desde el Trébol del Puente del Ejército hasta el ingreso al distrito de Ancón. 4) Autopista Ramiro Prialé: Desde la intersección con la vía de Evitamiento hasta las Av. Las Torres (Huachipa). 5) Otras Vías integrantes de la Red Vial Metropolitana.Artículo Tercero.- El pago por el derecho de trámite será el estipulado en el Texto Único del Procedimiento Ad-ministrativo correspondiente. Artículo Cuarto.- La contraprestación por el usu- fructo del espacio público a cancelar a la MunicipalidadMetropolitana de Lima consistirá en un pago mensual y adelantado dicho pago se abonará en la cuenta corriente de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano. El mon-to se establecerá en función de un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria vigente en relación con el área de exhibición del panel de acuerdo a la siguientetarifa :