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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G35/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 29 de diciembre de 2003 do", aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, y el "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, publicados el 13 defebrero de 2001, y demás normas modificatorias y complementarias. Para tal efecto, las Entidades comprendidas en la presente Directiva, toman en cuenta los Topes Máxi- mos establecidos por el artículo 22º de la Ley dePresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 28128 y el artículo 6º del Decreto Su- premo Nº 187-2003-EF, de fecha 21 de diciembrede 2003. 19.2Los Topes Máximos Totales establecidos en lo refe- rente a la Adquisición de Bienes y Suministros, Con- tratación de Servicios y Consultorías, corresponde a montos anuales por cada tipo de bien, suministro,servicio o consultoría. En el caso de Contratación de Obras, los Topes Máximos Totales consideran el valor referencial de la obra al momento de iniciar elproceso de selección. 19.3Sólo procederá la ejecución de obras adicionales cuando se sujeta a lo dispuesto en la tercera Dispo- sición Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 28128. 19.4Las Entidades no podrán contratar con personas que se encuentren impedidas según la definición contenida en elartículo 9º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás nor- mas modificatorias y complementarias. 19.5Los procesos señalados en el presente artículo, de- berán contar con la previsión correspondiente en elpresupuesto aprobado y con la disponibilidad finan- ciera necesaria para su atención. Artículo 20º .- Pagos de sumas de dinero por man- datos judiciales Las Entidades comprendidas en la presente Directi- va, en forma progresiva, deben considerar la previsión de gasto para efecto del cumplimiento de los mandatosjudiciales consentidos y ejecutoriados que se encuen- tren en calidad de cosa juzgada, conforme a lo regulado en el Artículo 42º de la Ley Nº 27584, modificado por laLey Nº 27684 y en el artículo 16º, numeral 5, literal a) de la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 28128. Artículo 21º .- Ejecución de Proyectos 21.1Los proyectos de inversión pública, como requisito, previo a la elaboración del expediente técnico y su ejecución, deberán: a) Haber sido declarados viables en el marco nor- mativo del Sistema Nacional de Inversión Públi-ca. b) Contar con la previsión de recursos necesarios en el presupuesto autorizado 21.2Queda prohibida la contratación de personal, así como la ejecución de gastos orientados al desem- peño de funciones permanentes u operativas de la Entidad, con cargo a recursos destinados al finan-ciamiento de proyectos de inversión, salvo que las contrataciones de personal estén vinculadas direc- tamente a los objetivos del Proyecto. 21.3 Los Proyectos a ser financiados con recursos prove- nientes de Operaciones Oficiales de Crédito Interno,Operaciones Oficiales de Crédito Externo y Donacio- nes y Transferencias, deberán contar con el documen- to que avale dicho financiamiento. En estos casos, cuan-do dichas operaciones conlleven Contrapartida Nacio- nal, se aplica lo dispuesto en el artículo 49º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209. ElMinisterio de Economía y Finanzas no asumirá, sin excepción, el financiamiento de contrapartidas no pre- vistas en el Presupuesto de la Entidad.Artículo 22º .- Concertación de Endeudamiento y Suscripción de Donaciones 22.1Las Operaciones de Endeudamiento Interno o Ex- terno a plazos mayores de un año se sujetan a lo que establezca la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 28130. 22.2En caso que las operaciones de endeudamiento o convenios de Cooperación Técnica requieran de con-trapartida para el año fiscal 2004, la misma deberá estar prevista en los respectivos presupuestos, an- tes de la suscripción del contrato o convenio res-pectivo. Artículo 23º .- Transferencias Financieras por Sub- venciones Las Subvenciones a Entidades Públicas o Privadas, que efectúen las Entidades del Anexo 5, corresponden ser aprobadas por Decreto Supremo o norma de rango superior, en concordancia con lo dispuesto en el artículo16º, numeral 5, literal b) de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004 , Ley Nº 28128. Para el caso de las Empresas Municipales y Organis- mos Públicos Descentralizados Municipales, las subven- ciones que aprueben son autorizadas con cargo a susRecursos Propios, mediante Resolución del Titular de la Entidad. SECCIÓN II : MODIFICACIONES PRESUPUES- TARIAS Artículo 24º .- Tipos de Modificación Presupuesta- ria En aplicación a lo establecido en el artículo 38º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209,constituyen modificaciones presupuestarias de los pre- supuestos de las Entidades, los "Créditos Suplementa- rios", "Habilitaciones y Transferencias de Partidas" y los"Créditos y Anulaciones Presupuestarias", de acuerdo a lo siguiente: a. En el Nivel Institucional - Créditos Suplementar ios: son modificaciones que incrementan el Presupuesto Institucional en los Ingresos y Egresos. -Habilitación y Transferencias de P artidas: son mo- dificaciones que se efectúan por el traslado de recursos entre Entidades, que incrementan y/odisminuyen el Presupuesto Institucional en los Ingresos y Egresos. b. En el Nivel Funcional Programático - Créditos y An ulaciones Presupuestar ias: Son mo- dificaciones que varían las asignaciones presu- puestarias aprobadas en el Presupuesto Institu- cional de Apertura (PIA) o el Presupuesto Insti-tucional Modificado (PIM), según sea el caso, debiendo autorizarse mediante Resolución del Titular del Pliego. Los Créditos y Anulaciones Presupuestarias se configuran cuando varían las asignaciones apro-badas en el Presupuesto Institucional, para las Actividades y Proyectos de un Pliego Presupues- tario, así como cuando se trasladan los recursosentre Grupos Genéricos de Gastos dentro de una misma Actividad o Proyecto. b.1 Son Créditos Presupuestarios, el incremen- to de las asignaciones presupuestarias de Actividades y Proyectos con cargo a anula-ciones de la misma Actividad o Proyecto o de otras Actividades y Proyectos. b.2 Son Anulaciones Presupuestarias, la supre- sión total o parcial de las asignaciones pre- supuestarias de Actividades o Proyectos,