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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (29/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G35/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 29 de diciembre de 2003 realizarán mediante Decreto Supremo, conforme a lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 20.1 literal c) de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, Ley Nº 28128. Artículo 29º .- Plazo de Presentación de las Reso- luciones de modificación presupuestaria Copia de las Resoluciones del Titular de la Entidad que impliquen la autorización de modificaciones presu-puestarias deberán ser presentadas a la Dirección Na- cional del Presupuesto Público, conjuntamente con la eje- cución presupuestaria establecida en el Capítulo II, Sec-ción IV de la presente Directiva. Para el caso de las Entidades del Anexo 5, copia de las Resoluciones autoritativas de modificaciones por Crédito Su- plementario, son remitidas a los organismos indicados en el artículo 5º, numeral 5.2 de la Ley de Presupuesto para elSector Público para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 28128. Artículo 30º .- Recursos No Monetarios Dado el carácter financiero del Presupuesto, en ningún caso procede la incorporación de recursos no monetarios. Artículo 31º .- Redondeo de Cifras Los montos que se consignen en las disposiciones que aprueban las modificaciones presupuestarias deben registrarse en números enteros. Artículo 32º.- Efectos de las Modificaciones Presu- puestarias en las Metas determinadas por la Entidad Las Modificaciones Presupuestarias, que se aprue- ben en el Nivel Institucional así como en el FuncionalProgramático, conllevan a evaluar el incremento o dismi- nución de la cantidad de las Metas Presupuestarias apro- badas en el Presupuesto Institucional de la Entidad o ala creación de nuevas Metas Presupuestarias. SECCIÓN III : LA AFECTACIÓN DEL GASTO Artículo 33º .- Definición de afectación del gasto 33.1La afectación del gasto es un acto a través del cual la autoridad competente afecta su presupuesto ins-titucional por el total o la parte correspondiente del gasto que deba efectuar la Entidad dentro del perio- do anual, el cual comienza el 1 de enero y terminael 31 de diciembre de 2004. 33.2 Es previa a la realización del gasto por obligaciones con- traídas a través del dispositivo legal, contrato o convenio, de acuerdo a lo dispuesto en la presente sección. 33.3No puede exceder los montos del Presupuesto Ins- titucional de la Entidad, así como no implica obliga- ción de pago. Artículo 34º.- Autoridades Competentes 34.1La afectación del Gasto es competencia de la Ge- rencia de Administración, la Oficina de Abasteci- mientos y la Oficina de Personal, o las que hagansus veces en la Entidad, de acuerdo a la operación que se pretenda realizar. 34.2 La responsabilidad por la adecuada afectación del Gasto es solidaria con el Titular de la Entidad o quien haga sus veces, según corresponda, o con aquel que cuente conla delegación expresa para realizar dicha afectación. Artículo 35º.- Documentos de la Afectación del Gasto 35.1Los documentos de la afectación de gasto constitu- yen mecanismos utilizados para materializar la obli- gación de la Entidad de reservar parte o la totalidad del Presupuesto Institucional. 35.2Cada afectación del gasto se operativiza a través de documentos administrativos tales como Ordende Compra, la Orden de Servicio, Planilla Única de Pagos de Remuneraciones y Pensiones y Nota de Compromiso que dejen constancia expresa de la afectación preventiva de un monto autorizado en elPresupuesto Institucional. 35.3Los documentos de Afectación de Gasto se consi- deran correctamente elaborados si cumplen con las pautas siguientes: a. El Documento de la Afectación del Gasto debe ajustarse al límite del Presupuesto Institucional. b. Debe haber sido emitido por la autoridad compe- tente c. Debe ser previo a cualquier generación de Cuen- tas por Pagar y por tanto también al pago de lasmismas. d. El gasto deber estar aprobado en el Presupues- to Institucional e. Debe adjuntar la documentación necesaria que sustente la operación. Artículo 36º.- Seguimiento de la Afectación del Gasto Es responsabilidad del Titular de la Entidad y el Jefe de la Oficina de Presupuesto o quienes hagan sus ve- ces, llevar adecuadamente el control de la afectación delgasto. Para tal efecto, coordina con las áreas competen- tes y dispondrá la realización de acciones periódicas de verificación del cumplimiento de las disposiciones conte-nidas en esta sección. SECCIÓN IV: PRESENTACIÓN DE LA INFOR- MACION DE EJECUCIÓN TRI- MESTRAL Artículo 37º .- Registro y Presentación de la Infor- mación de Ejecución Trimestral 37.1Las Entidades de Tratamiento Empresarial deberán efectuar el registro de la Ejecución presupuestaria en el "Sistema de Información Financiera Presupues- tal - ETEs", disponible en la siguiente pagina web: http://apps.mef .gob.pe/dnppetes/inde x.html 37.2Las Entidades remiten a la Dirección Nacional del Presu- puesto Público la información presupuestaria en perío- dos trimestrales bajo los Formatos establecidos en elCuadro Nº 02/ETES "Formatos para la Ejecución Presu- puestaria" de la presente Directiva, los mismos que se encuentran habilitados en el " Sistema de Información Fi- nanciera Presupuestal - ETEs " a través de Internet. 37.3Las Entidades adjuntan una "Nota Informativa" señalan- do las acciones y hechos significativos que hayan incidi- do en los resultados obtenidos durante el trimestre, por los principales rubros de ingresos y egresos del presu-puesto aprobado para el año fiscal 2004. Artículo 38º .- Plazo de Presentación de Informa- ción Trimestral La presentación a la Dirección Nacional del Presu- puesto Público de la información trimestral, se efectúa dentro de los veinte (20) días de vencido el trimestre, de acuerdo al siguiente cronograma: TRIMESTRE FECHA DE PRESENTACIÓN Primer Hasta el 20 de abril del 2004 Segundo Hasta el 20 de julio del 2004 Tercero Hasta el 20 de Octubre del 2004 Cuarto H asta el 20 de Enero del 2005 SECCIÓN V : ACCIONES DE CONTROL Y RES- PONSABILIDAD DE LA OFICINA DE PRESUPUESTO Artículo 39º .- Responsabilidad en las Acciones de Control 39.1El Órgano de Control Interno de la Entidad es res- ponsable de verificar por el cumplimiento de las dis- posiciones contenidas en la presente Directiva.