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Pág. 236966 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de enero de 2003 apreciar en las resoluciones de aprobación de Presupues- to Institucional de Apertura de cada ejercicio; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 24041, los servidores públicos contratados para labores de naturaleza permanente que tengan más de un año ininterrumpido de servicios, no pueden ser cesados ni destituidos sino por causas previstas en el Capítulo V del Decreto Legislativo Nº 276 y con sujeción al procedimiento establecido en él, sin perjuicio de lo dispuesto en el artí- culo 15º de la misma Ley; Que, el artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 276, señala que la contratación de un servidor para realizar labores administrativas de naturaleza permanente no puede renovarse por más de 3 años consecutivos, ven- cido este plazo el servidor que haya venido desempe- ñando tales labores podrá ingresar a la carrera adminis- trativa siempre que exista la plaza vacante, concordante con el artículo 40º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Que, el Decreto Supremo Nº 022-90-PCM, en su artí- culo 16º especifica que en el caso de las Municipalidades, el Proceso de este tipo de evaluación, la Remisión es responsabilidad del titular del Pliego de todos los actua- dos cuando existía el INAP (Instituto Nacional de Admi- nistración Pública), como ente regulador y normativo. No existiendo a la fecha tal Institución; por lo que facultad a las Municipalidades la regularización de Nombramiento del personal, conferida en el artículo 47º inciso 13 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Estando a lo aprobado en Sesión de Concejo que corre a fojas 174 al 176 del Libro de Actas y las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR, como servidores de Carrera de la Municipalidad Distrital de Umari, a partir de la fecha, conservando su Grupo Ocupacional y categoría remunerativa correspondiente al personal que a continua- ción se detalla:NOMBRES Y APELLIDOS CATEGORÍA REMUNERATIVA 1. Wigberto Díaz Reátegui SPA 2. Hermiliano Estela Natividad STB 3. Katty Eufrasia Huamán Natividad STA 4. Jesús Prudencio León Meza STA 5. Máximo Villavicencio Herrera STA 6. César Bacilio Chiang Cortez STA Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolu- ción a los interesados para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OTILIANO MORALES INOCENCIO Alcalde 23362 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Tratado de Ex- tradición suscrito con la República del Ecuador De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/002 comunica que el referido Convenio, suscrito el 4 de abril de 2001, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de di- ciembre de 2001 conjuntamente con la Resolución Le- gislativa Nº 27582 que lo aprobó, entró en vigencia para ambos países el 12 de diciembre de 2002. Fue ratifi- cado por Decreto Supremo Nº 099-2001-RE de 20 de diciembre de 2001 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de diciembre del año 2001. 00435