TEXTO PAGINA: 101
Pág. 236951 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de enero de 2003 Mina Sector Noreste y Cerro La Mina, con sus respectivas Fichas Técnicas y Memorias Descriptivas. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueológicos menciona- dos en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00334 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1157/INC Lima, 6 de diciembre de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 570 tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 27 de fe- cha 29 de octubre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las ma- nifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 570, de fecha 29 de octu- bre de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Na- cional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los Sitios Arqueológicos Andenes Cullhuay A y Andenes Cullhuay B, ubicados en el distrito de Huaros, provincia de Canta, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Dirección General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Regla- mento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Sitios Arqueológicos Andenes Cullhuay A y Andenes Cullhuay B, ubicados en el distrito de Huaros, provincia de Canta, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar los siguientes Planos: - Plano de Delimitación del Sitio Arqueológico Andenes de Cullhuay A, de fecha 14 de octubre del 2002, a escala 1/ 2500, con un área de 5.818 hectáreas y un perímetro de 1, 273.7 metros lineales, ubicado en el distrito de Hua- ros, provincia de Canta, departamento de Lima. - Plano de Delimitación del Sitio Arqueológico Ande- nes de Cullhuay B, de fecha 14 de octubre del 2002, a escala 1/2500, con un área de 3.221 hectáreas y un pe- rímetro de 747.75 metros lineales, ubicado en el distrito de Huaros, provincia de Canta, departamento de Lima.Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueoló- gicos mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00335 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1158/INC Lima, 6 de diciembre de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 451, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 22, de fecha 16 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y ar- tístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 451, de fecha 16 de setiembre de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Ar- queología recomienda a la Dirección Nacional del Insti- tuto Nacional de Cultura declarar como Patrimonio Cultu- ral de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos ubicados en el departamento de La Libertad : Sitio Arqueológico Distrito Provincia Departamento Suro Norte Cachicadán Santiago de Chuco La Libertad Suro Sur Cachicadán Santiago de Chuco La Libertad La Virgen Cachicadán Santiago de Chuco La Libertad Con las visaciones de la Dirección General de Patri- monio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción, Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueo- lógicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los siguientes Sitios Arqueológicos ubicados en el departamento de La Libertad: Sitio Arqueológico Distrito Provincia Departamento Suro Norte Cachicadán Santiago de Chuco La Libertad Suro Sur Cachicadán Santiago de Chuco La Libertad La Virgen Cachicadán Santiago de Chuco La Libertad