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Pág. 236952 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de enero de 2003 Artículo 2º.- Aprobar los siguientes Planos de Deli- mitación: - Plano de Delimitación del Sitio Arqueológico Suro Norte, Lámina Nº 4, a escala 1/500, con un área de 2963.00 metros cuadrados y un perímetro de 251.882 metros lineales. - Plano de Delimitación del Sitio Arqueológico Suro Sur, Lámina Nº 5, a escala 1/500, con un área de 7763.00 me- tros cuadrados y un perímetro de 380.192 metros lineales. - Plano de Delimitación del Sitio Arqueológico La Vir- gen, Lámina Nº 6, a escala 1/2000, con un área de 62152.00 metros cuadrados y un perímetro de 1240.962 metros li- neales. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueológicos indicados en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00336 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1159/INC Lima, 6 de diciembre de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 575, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 27, de fecha 29 de octubre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las ma- nifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 575, de fecha 29 de octubre del 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si- tio Arqueológico Nº 1, ubicado en el Cerro Pajuela (Cerro Condorcana), distrito de La Encanada, provincia y departa- mento de Cajamarca; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Dirección General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Sitio Arqueológico Nº 1, ubicado en el Cerro Pajuela(Cerro Condorcana), distrito de La Encanada, provincia y departamento de Cajamarca. Artículo 2º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bie- nes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patri- monio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico men- cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00337 Declaran monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a diversos inmuebles ubicados en los departamentos de Lima, Amazonas y Apurímac RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1140/INC Lima, 2 de diciembre de 2002 Visto el Acuerdo Nº 07/31.10.2002 de la Comisión Na- cional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos, y demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificación y registro de inmuebles, es- pacios y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 07 de fecha 31 de octubre de 2002, propuso se declare Monu- mento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble ubicado en Pasaje Coronel Inclán Nº 137, 143, 147, 151, distrito, provincia y departamento de Lima; Estando a lo visado por la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Monumental e Histórico, Direc- ción de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmue- ble, Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación", y su modificatoria Ley Nº 26510, Decreto Supremo Nº 022-2002-ED, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ins- tituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN al inmue- ble ubicado en Pasaje Coronel Inclán Nº 137, 143, 147, 151, distrito, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cul-