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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2003 (10/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 100

Pág. 236950 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de enero de 2003 cuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec- tar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00332 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1154/INC Lima, 6 de diciembre de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 533 tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 25 de fe- cha 10 de octubre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las ma- nifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 533, de fecha 10 de octubre de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología reco- mienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los si- guientes Sitios Arqueológicos, ubicados en el departa- mento de Piura: Sitio Arqueológico Distrito Provincia Departamento El Trabagal Bellavista Sullana Piura El Mirador el Cucho Bellavista Sullana Piura Huangala Querocotillo Sullana Piura Chalacala Querocotillo Sullana Piura Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Dirección General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueo- lógicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los siguientes Sitios Arqueológicos ubicados en el departamento de Piura: Sitio Arqueológico Distrito Provincia Departamento El Trabagal Bellavista Sullana Piura El Mirador el Cucho Bellavista Sullana Piura Huangala Querocotillo Sullana Piura Chalacala Querocotillo Sullana Piura Artículo 2º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación a los Sitios Arqueológi- cos mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura - Piura la elaboración de los Planos de Delimitaciónde los Sitios Arqueológicos, con sus respectivas Fichas Técnicas y Memorias Descriptivas. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00333 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1155/INC Lima, 6 de diciembre de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 550 tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 26 de fe- cha 15 de octubre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las ma- nifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 550, de fecha 15 de octu- bre de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Na- cional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los siguientes Sitios Arqueológicos, ubicados en el Paraje Cerro La Mina, departamento de Lima: Sitios Arqueológicos Distrito Provincia Departamento Cementerio La Mina Sector Noreste, Código Nº 23i 14G-14 Huaral Huaral Lima Cerro La Mina, Código Nº 23j 14G-14H-04 Huaral Huaral Lima Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Dirección General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueo- lógicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos, ubicados en el Para- je Cerro La Mina, departamento de Lima: Sitios Arqueológicos Distrito Provincia Departamento Cementerio La Mina Sector Noreste, Código Nº 23i 14G-14 Huaral Huaral Lima Cerro La Mina, Código Nº 23j 14G-14H-04 Huaral Huaral Lima Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Patri- monio Arqueológico del Instituto Nacional de Cultura la ela- boración de los Planos de Delimitación del Cementerio La