Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2003 (13/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 13 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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expediente de Renovacion de inscripcion como Ejecutor de Obras que presentara la empresa Milenio Consultores S.A.C. Asi, con fecha 25 de enero de 2002 solicito al ingeniero MORDAZA MORDAZA Astocondor MORDAZA que informe desde que fecha laboraba como empleado en dicha empresa, toda vez que Milenio Consultores S.A.C. lo habia acreditado como integrante de su plantel tecnico ante el Registro Nacional de Contratistas; Que, mediante carta recibida por CONSUCODE con fecha 26 de febrero de 2002, el referido profesional informo que en ningun momento habia prestado servicios laborales para dicha empresa y que, si bien suscribio con MORDAZA un contrato de trabajo para ejercer el cargo de ingeniero Residente para la construccion de nichos en Chorrillos, en ningun momento se le convoco para ejecutar esta obra, por lo que el vinculo laboral nunca se concreto; Que, ante lo sucedido, la Gerencia de Registros dispuso se efectue una pericia grafotecnica sobre las supuestas firmas del ingeniero MORDAZA MORDAZA Astocondor MORDAZA, consignadas tanto en el Formulario Oficial denominado Declaracion Jurada (Constancia de Ingenieros y/o Arquitectos), como en la "carta de renuncia" de fecha 29 de agosto de 2001 que presentara la empresa Milenio Consultores S.A.C. con ocasion del tramite para la Renovacion de su inscripcion en el Registro Nacional de Contratistas; Que, la pericia grafotecnica concluyo que las supuestas firmas del ingeniero MORDAZA MORDAZA Astocondor MORDAZA, consignadas en los documentos MORDAZA mencionados, no eran autenticas y que procedian de MORDAZA grafico diferente al del citado profesional; Que, de los actuados administrativos que obran en el expediente sobre Renovacion de Inscripcion de la empresa Milenio Consultores S.A.C., se aprecia que el Representante Legal de la misma suscribio el Formulario Oficial de la Declaracion Jurada de veracidad de documentos y de informacion, en el cual manifesto que toda la informacion que proporcionaba era veraz, que los documentos presentados eran autenticos, que conocia las sanciones aplicables y que en caso se comprobase que lo expresado en dicha Declaracion Jurada no se ajustaba a la verdad, aceptaba que se invalidara el referido tramite, asi como las acciones derivadas del mismo, y que facultaba a la Entidad a iniciar las acciones legales a que hubiere lugar asumiendo la responsabilidad respectiva; Que, habiendose determinado que la empresa Milenio Consultores S.A.C. acredito falsamente como integrante de su plantel tecnico al ingeniero MORDAZA MORDAZA Astocondor MORDAZA, se evidencia la trasgresion al MORDAZA de veracidad para acreditar la capacidad tecnica exigida por ley, con lo que se infiere la presuncion de la comision de los delitos contra la funcion jurisdiccional y contra la fe publica en agravio del CONSUCODE, lo que da lugar a formular denuncia penal contra el representante legal de la empresa y contra quienes resulten responsables; Que, mediante Resolucion Nº 144-2002-CONSUCODE/PRE de fecha 2 de MORDAZA de 2002, la Presidencia de CONSUCODE declaro la Nulidad de la Resolucion de Gerencia Nº 2166-2001-RNC-CONSUCODE de fecha 9 de noviembre de 2001 que aprobo la Renovacion de Inscripcion de la empresa Milenio Consultores S.A.C. en el Registro Nacional de Contratistas, Registro Nº 7953; declarando tambien la nulidad del Certificado de Inscripcion Nº 1401 de fecha 13 de noviembre de 2001 expedido a favor de la citada empresa, sancionandola con una multa equivalente a tres (3) UIT y disponiendo la formulacion de la denuncia penal correspondiente contra el representante legal de la empresa y contra todos aquellos que resulten responsables, ordenando poner el hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para los fines legales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra el representante legal de la empresa Milenio Consultores S.A.C. y contra quienes resulten responsables por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, a fin de cautelar los intereses del Estado.

Articulo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00612

AGRICULTURA
Aceptan renuncia de Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2003-AG MORDAZA, 10 de enero de 2003 VISTA: La carta de renuncia del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 136-2000-AG, de fecha 21 de agosto de 2000 se designo al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 194-2001-AG, de fecha 15 de diciembre de 2001 se ratifico, entre otros, al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha la renuncia del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA, del Ministerio de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 00606

Designan Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA
RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2003-AG MORDAZA, 10 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura; Que, es necesario efectuar la designacion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe del

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