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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2003 (13/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

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PÆg. 237185 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de enero de 2003 expediente de Renovación de inscripción como Ejecutor de Obras que presentara la empresa Milenio Consultores S.A.C. Así, con fecha 25 de enero de 2002 solicitó al ingeniero Dimas Alberto Astocóndor Ramón que informedesde qué fecha laboraba como empleado en dicha em- presa, toda vez que Milenio Consultores S.A.C. lo había acreditado como integrante de su plantel técnico ante elRegistro Nacional de Contratistas; Que, mediante carta recibida por CONSUCODE con fecha 26 de febrero de 2002, el referido profesional infor-mó que en ningún momento había prestado servicios la- borales para dicha empresa y que, si bien suscribió con ella un contrato de trabajo para ejercer el cargo de inge-niero Residente para la construcción de nichos en Chorri- llos, en ningún momento se le convocó para ejecutar esta obra, por lo que el vínculo laboral nunca se concretó; Que, ante lo sucedido, la Gerencia de Registros dispu- so se efectúe una pericia grafotécnica sobre las supuestas firmas del ingeniero Dimas Alberto Astocóndor Ramón, con-signadas tanto en el Formulario Oficial denominado Decla- ración Jurada (Constancia de Ingenieros y/o Arquitectos), como en la "carta de renuncia" de fecha 29 de agosto de2001 que presentara la empresa Milenio Consultores S.A.C. con ocasión del trámite para la Renovación de su inscrip- ción en el Registro Nacional de Contratistas; Que, la pericia grafotécnica concluyó que las supues- tas firmas del ingeniero Dimas Alberto Astocóndor Ra- món, consignadas en los documentos antes menciona-dos, no eran auténticas y que procedían de puño gráfico diferente al del citado profesional; Que, de los actuados administrativos que obran en el expediente sobre Renovación de Inscripción de la empresa Milenio Consultores S.A.C., se aprecia que el Representante Legal de la misma suscribió el Formu-lario Oficial de la Declaración Jurada de veracidad de documentos y de información, en el cual manifestó que toda la información que proporcionaba era veraz, quelos documentos presentados eran auténticos, que co- nocía las sanciones aplicables y que en caso se com- probase que lo expresado en dicha Declaración Jura-da no se ajustaba a la verdad, aceptaba que se invali- dara el referido trámite, así como las acciones deriva- das del mismo, y que facultaba a la Entidad a iniciarlas acciones legales a que hubiere lugar asumiendo la responsabilidad respectiva; Que, habiéndose determinado que la empresa Milenio Consultores S.A.C. acreditó falsamente como integrante de su plantel técnico al ingeniero Dimas Alberto Astocóndor Ramón, se evidencia la trasgresión al principio de veraci-dad para acreditar la capacidad técnica exigida por ley, con lo que se infiere la presunción de la comisión de los delitos contra la función jurisdiccional y contra la fe públicaen agravio del CONSUCODE, lo que da lugar a formular denuncia penal contra el representante legal de la empre- sa y contra quienes resulten responsables; Que, mediante Resolución Nº 144-2002-CONSUCO- DE/PRE de fecha 2 de julio de 2002, la Presidencia de CONSUCODE declaró la Nulidad de la Resolución deGerencia Nº 2166-2001-RNC-CONSUCODE de fecha 9 de noviembre de 2001 que aprobó la Renovación de Ins- cripción de la empresa Milenio Consultores S.A.C. en elRegistro Nacional de Contratistas, Registro Nº 7953; de- clarando también la nulidad del Certificado de Inscrip- ción Nº 1401 de fecha 13 de noviembre de 2001 expedi-do a favor de la citada empresa, sancionándola con una multa equivalente a tres (3) UIT y disponiendo la formu- lación de la denuncia penal correspondiente contra elrepresentante legal de la empresa y contra todos aque- llos que resulten responsables, ordenando poner el he- cho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones yAdquisiciones del Estado para los fines legales corres- pondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejode Ministros a interponer las acciones legales a que hu- biere lugar contra el representante legal de la empresa Milenio Consultores S.A.C. y contra quienes resulten res-ponsables por las causales expuestas en la parte consi- derativa de la presente Resolución, a fin de cautelar los intereses del Estado.Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procura- duría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00612 AGRICULTURA Aceptan renuncia de Jefe del Institu- to Nacional de Recursos Naturales -INRENA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2003-AG Lima, 10 de enero de 2003 VISTA: La carta de renuncia del ingeniero MATÍAS EULOGIO PRIETO CELI, Jefe del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 136-2000-AG, de fecha 21 de agosto de 2000 se designó al ingenieroMATÍAS EULOGIO PRIETO CELI como Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales; Que, mediante Resolución Suprema Nº 194-2001-AG, de fecha 15 de diciembre de 2001 se ratificó, entre otros, al ingeniero MATÍAS EULOGIO PRIETO CELI como Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales; Que, el mencionado funcionario ha presentado su re- nuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha la re- nuncia del ingeniero MATÍAS EULOGIO PRIETO CELIcomo Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura, dándosele las gra- cias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 00606 Designan Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2003-AG Lima, 10 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe del Institu- to Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Minis-terio de Agricultura; Que, es necesario efectuar la designación correspon- diente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha al se- ñor CÉSAR AUGUSTO ÁLVAREZ FALCÓN como Jefe del