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PÆg. 237196 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de enero de 2003 SECCIÓN 6.2. Costos en Soles Peruanos Los desembolsos de conformidad con la Sección 7.2 serán utilizados exclusivamente para financiar los costos de bienes y servicios requeridos para el Proyecto cuyolugar de procedencia y, salvo en el caso de que A.I.D. acuerde lo contrario por escrito, su origen sean en el Perú ("Costos en Soles Peruanos"). ARTÍCULO 7: DESEMBOLSO SECCIÓN 7.1. Desembolsos para Costos en Dólares Estadounidenses (a) Después de haber cumplido con las condiciones previas, el Perú podrá obtener desembolsos de fondos de Donación para costos en Dólares Estadounidenses de bienes o servicios requeridos para el Proyecto deconformidad con los términos del presente Convenio, mediante cualesquiera de los procedimientos siguientes que pudieran ser acordados mutuamente: (1) presentando a A.I.D. conjuntamente con la docu- mentación sustentatoria necesaria prescrita en las Cartas de Ejecución del Proyecto: (A) solicitudes de reembolso por di-chos bienes o servicios, o (B) solicitudes para que A.I.D. con- trato bienes o servicios en nombre del Perú para el Proyecto; o (2) solicitando a A.I.D. que emita Cartas de Compro- miso por montos especificados: a uno o más bancos de los Estados Unidos, aceptables a A.I.D., comprometién- dose A.I.D. a reembolsar a dicho banco o bancos porpagos hechos por ellos a los contratistas o proveedores bajo Carta de Crédito o en otra forma, por tales bienes y servicios; o directamente a uno o más contratistas o pro-veedores, comprometiéndose A.I.D. a pagar a dichos contratistas o proveedores, mediante Cartas de Crédito o en otra, forma, por tales bienes o servicios. (b) Los gastos bancarios incurridos por el Perú en conexión con las Cartas de Compromiso y las Cartas deCrédito serán financiados por la Donación, a menos que el Perú dé instrucciones por anticipado a A.I.D. de lo con- trario. Otros gastos que las Partes puedan acordar pue-den también ser financiados bajo la Donación. SECCIÓN 7.2. Desembolsos para los Costos en Soles Peruanos (a) Después de haber cumplido con las condiciones previas, el Perú podrá obtener desembolsos de fondos bajo la Donación para los costos en Soles peruanos re- queridos para el Proyecto de conformidad con los térmi-nos del presente Convenio, mediante la presentación a A.I.D. de solicitudes para financiar dichos costos acom- pañada de la documentación sustentatoria prescrita enlas Cartas de Ejecución del Proyecto. (b) Los Soles peruanos necesarios para tales desem- bolsos pueden ser obtenidos: (1) por A.I.D. mediante la compra con dólares de los Estados Unidos o de los Soles peruanos que ya posee el Gobierno de los Estados Unidos; o (2) por A.I.D. solicitando al Perú la disponibilidad de moneda local para cubrir tales costos y poniendo a dis- posición del Perú, a través de la apertura o enmienda porA.I.D. de una Carta de Crédito Especial a favor del Perú o de su representante, una cantidad de dólares de EE.UU. equivalente al monto de Soles peruanos, aportado por elPerú, los cuales serán utilizados para adquisiciones de los Estados Unidos bajo procedimientos apropiados des- critos en Cartas de Ejecución del Proyecto. El equivalente en dólares EE.UU. de los Soles peruanos puestos a disposición en virtud de este Convenio será, en el caso de la subsección (b) (1) anterior, el monto en dólaresEE.UU. requeridos por A.I.D. para obtener los Soles perua- nos de acuerdo con las disposiciones de la Sección 7.4, y en el caso de la subsección (b) (2), la cantidad calculada a latasa de cambio especificada en el Memorándum de Ejecu- ción de la Carta de Crédito Especial en la fecha de la aper- tura o enmienda de la Carta de Crédito Especial. SECCIÓN 7.3. Otras Formas de Desembolso También se podrán efectuar desembolsos de fondos de la Donación a través de otros medios que las Partes pudieran acordar por escrito.SECCIÓN 7.4. Tipo de Cambio Excepto en el caso de que se estipule más específica- mente en la Sección 7.2, si los fondos provistos por laDonación son introducidos al Perú por A.I.D. o cualquierentidad pública o privada con el objeto de llevar a cabo obligaciones de A.I.D. bajo este Convenio, el Perú hará los arreglos que sean necesarios a fin de que tales fon-dos puedan ser convertidos a la moneda del Perú a latasa más alta de cambio que, al tiempo de su conversión,no sea ilegal en el Perú. ARTÍCULO 8: VARIOS SECCIÓN 8.1. Comunicaciones Cualquier aviso, solicitud, documento u otra comuni- cación presentada por cualesquiera de las Partes a la otra bajo el presente Convenio, será por escrito, por tele- grama o cable y será considerada como debidamentepresentada o enviada cuando sea remitido a la otra Partea las siguientes direcciones: Al Perú: Dirección Postal: Ministerio de SaludAv. Salaverry s/nLima, Perú A la A.I.D.: Dirección Postal: Misión Económica de losEstados Unidos en el Perúa/c Embajada de los Estados Unidos Lima, Perú Dirección Cablegráfica: USAID, AMEMBASSYLima, Perú Todas las comunicaciones serán en inglés o español. Las direcciones arriba mencionadas pueden ser sustitui-das por otras mediante notificación al respecto. SECCIÓN 8.2 Representantes Para todos los fines de este Convenio, el Perú estará representado por la persona titular o interina en el cargode Ministro de Estados en el Despacho de Salud y A.I.D.estará representada por la persona titular o interina en elcargo de Director de la Misión, cada uno de los cuales pudiendo, mediante aviso por escrito, designar otros re- presentantes para todos los fines, excepto el de ejercerla autoridad indicada en la Sección 2.1 de revisar loselementos de la descripción detallada en el Anexo 1. Losnombres de los representantes del Perú, con sus respecti-vas firmas, serán proporcionados a A.I.D., la cual puede aceptar como debidamente autorizado cualquier instru- mento firmado por dichos representantes en la ejecuciónde este Convenio, hasta recibir aviso por escrito de larevocación de su autoridad. SECCIÓN 8.3. Anexo de las Estipulaciones Standard El "Anexo de las Estipulaciones Standard" (Anexo 2), adjunto, forma parte de este Convenio. SECCIÓN 8.4. Idioma del Convenio Este Convenio está preparado en inglés y español. En el caso que existiera ambigüedad o conflicto entre lasdos versiones, la versión en inglés prevalecerá. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la República del Perú y los Estados Unidos de América, actuando cada uno a través de sus respectivos representantes debidamente autorizados, han suscrito el presente Convenio en susnombres y lo han otorgado en el día y el año mencio-nados en la primera página.