Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2003 (13/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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RUBROS Iniciativas para un Eficiente Manejo Gerencial Financiamiento de la Atencion de Salud Apoyo Administrativo Asistencia Tecnica - Estudio de Demanda Total Costos Administrativos Apoyo Gerencial A.I.D. Evaluaciones Evaluaciones Financieras Costos Operativos - MINSA Total COSTOS TOTALES DEL PROYECTO

NORMAS LEGALES
FX 500 300 1,340 325 4,395 LC 200 100 0 0 3,400

MORDAZA, lunes 13 de enero de 2003 A.I.D. DONACION ¹ TOTAL 700 400 1,340 325 7,795

0 0 0 0 0 4,395

120 0 0 0 120 3,520

120 0 0 0 120 7,915

ANEXO 2 ANEXO DE ESTIPULACIONES STANDARD PARA EL CONVENIO DE PROYECTO DE DONACION Definiciones: Segun se emplea en este Anexo, el termino "Convenio" se refiere al Convenio de Proyecto de Donacion al que se adjunta este Anexo y del cual forma parte. Los terminos empleados en este Anexo tienen el mismo significado o la misma referencia que los del Convenio. ARTICULO A: Cartas de Ejecucion del Proyecto. Para asistir al Peru en la ejecucion del Proyecto, A.I.D., de tiempo en tiempo, emitira Cartas de Ejecucion del Proyecto, las que proporcionaran informacion adicional acerca de lo establecido en este Convenio. Las Partes utilizaran tambien Cartas de Ejecucion del Proyecto conjuntamente acordadas y firmadas para confirmar y dejar MORDAZA de su mutuo entendimiento sobre aspectos de la ejecucion de este Convenio. Las Cartas de Ejecucion del Proyecto no seran utilizadas para enmendar el texto del Convenio, pero pueden utilizarse para establecer revisiones o salvedades que esten permitidas por el Convenio, incluyendo la revision de los elementos de la descripcion ampliada del Proyecto contenida en el Anexo 1. ARTICULO B: Acuerdos Generales SECCION B.1. Consultas. Las Partes cooperaran para asegurar que el proposito de este Convenio sea cumplido. A este efecto, las Partes, a solicitud de cualquiera de ellas, intercambiaran puntos de vista respecto al progreso del Proyecto, al cumplimiento de obligaciones segun este Convenio, al desempeno de cualesquier consultor, contratista, o proveedor contratado para el Proyecto y a otros asuntos relacionados con el Proyecto. SECCION B.2. Ejecucion del Proyecto. El Peru: (a) Llevara a cabo el Proyecto o MORDAZA que este sea llevado a cabo con la debida diligencia y eficacia en conformidad con solidas practicas tecnicas, financieras y de administracion y en conformidad con aquellos documentos, planes, especificaciones, contratos, programas u otro arreglo y con cualesquier modificaciones de los mismos, aprobados por A.I.D. conforme al Convenio; y (b) Proporcionara personal de administracion calificado y de experiencia, y capacitara a aquel personal que sea requerido para el mantenimiento y marcha del Proyecto y, segun sea aplicable para continuacion de las actividades, MORDAZA que el Proyecto sea dirigido y conservado en forma tal que se asegure la continua y exitosa realizacion de los propositos del Proyecto.

SECCION B.3. Utilizacion de Bienes y Servicios. (a) Cualesquier recursos financiados bajo la donacion, a menos que A.I.D. acuerde de otro modo por escrito, seran dedicados al Proyecto hasta que este sea completado, y de ahi en adelante se emplearan de modo que se puedan ampliar los objetivos buscados con la realizacion del Proyecto. (b) Los bienes o servicios financiados bajo la Donacion, a menos que A.I.D. pudiera acordar de otro modo por escrito, no seran utilizados para promover o asistir a un proyecto de ayuda extranjera o actividad asociada con, o financiada por un MORDAZA que no este incluido en el Codigo 935 del Libro de Codigos Geograficos de A.I.D. vigente en la fecha de tal utilizacion. SECCION B.4. Impuestos. (a) Este Convenio y la Donacion estaran exentos de cualesquier derechos o gravamenes impuestos bajo las leyes vigentes en el Peru. (b) En el caso que (1) cualquier contratista, incluyendo personal de tal contratista financiando bajo la Donacion y cualquier propiedad o transaccion referente a tales contratistas, y (2) cualesquier transaccion para la adquisicion de bienes financiados bajo la Donacion, no esten exentos de impuestos, gravamenes, aranceles y otros tipos de contribuciones identificables impuestos por las leyes en vigencia en el Peru, el Peru debera, en la medida en que estuviera estipulado y de conformidad con Cartas de Ejecucion del Proyecto, pagar o reembolsar los mismos con fondos que no MORDAZA los suministrados bajo la Donacion. SECCION B.5. Inspecciones. (a) El Donatario proporcionara a la A.I.D. informacion y reportes relacionados con el Proyecto y con este Convenio cuando razonablemente lo solicite la A.I.D. (b) El Donatario mantendra libros de contabilidad, registros, documentos y cualquier otra evidencia relacionada con el proyecto y este Convenio, adecuados para mostrar sin limitacion, todos los gastos incurridos bajo la Donacion, la recepcion y uso de los bienes y servicios bajo la donacion, los costos del proyecto sufragados por otras MORDAZA, las naturaleza y el alcance de convocatorias a proveedores potenciales de bienes y servicios adquiridos, la base para la adjudicacion de contratos y pedidos, y el progreso general del proyecto hacia su terminacion ("Libros y Registros del Proyecto"). A solicitud del Donatario, y con la aprobacion de la A.I.D., los libros y registros del proyecto deben ser mantenidos de acuerdo con uno de los siguientes metodos: (1) principios de contabilidad generalmente aceptados prevalecientes en los Estados Unidos, (2) principios de contabilidad general-

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