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PÆg. 237448 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de enero de 2003 983/2002.TC-S2 de 6.12.02 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 10. CORINSER S.R.L., Suspensión de tres (3) meses en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por incumplimiento injustificado de obligaciones derivadas del contrato, según Resolución Nº1002/2002.TC-S2 de 12.12.02 que entrará en vigencia apartir del día siguiente de su notificación. 11. INDUSTRIAS ALIMENTARIAS IQUITOS S.R.L., Sus- pensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por incumplimiento injustificado de obligaciones derivadas del contrato, segúnResolución Nº 1003/2002.TC-S2 de 12.12.02 que entrará envigencia a partir del día siguiente de su notificación. 12. LARRY MIRANDA OJANAMA, Suspensión de tres (3) meses en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por incumplimiento injustificado de obligaciones derivadas del contrato, segúnResolución Nº 1004/2002.TC-S2 de 12.12.02 que entraráen vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 13. INPETEC E.I.R.L., Suspensión de un (01) mes en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de documentación falsa, según Resolución Nº 1008/2002.TC-S1 de 12.12.02 que entrará envigencia a partir del día siguiente de su notificación. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Re- gistros incorpore la relación de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de diciembre, a la página web de la entidad, www.consucode .gob.pe, donde se encuentran con- signados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SALAZAR CHÁVEZ Presidente 00722 INDECOPI Aprueban Arancel de Costas y Gastos aplicable a procedimientos de Ejecu-ción Coactiva de las resoluciones ex-pedidas por los órganos del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DEL INDECOPI Nº 003-2003-INDECOPI/DIR Lima, 8 de enero de 2003 CONSIDERANDO:Que la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecu- ción Coactiva, establece el marco legal de los actos de Ejecución Coactiva que ejercen las entidades de la Admi-nistración Pública Nacional en virtud de las facultades otor-gadas por las leyes de sus materias específicas; Que de conformidad con lo establecido en dicho marco normativo, constituye obligación exigible las costas y gas- tos incurridos en la tramitación de los procedimientos coac- tivos; Que resulta pertinente la modificación del arancel de costas y gastos aprobado por Resolución de la Presidenciadel Directorio del Indecopi Nº 025-94-INDECOPI/DIR; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio de la Institución; y, En uso de las facultades que confiere el artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Arancel de Costas y Gastos aplicable a los procedimientos de Ejecución Coactiva de las resoluciones expedidas por los órganos del Indecopi, elmismo que, como Anexo forma parte integrante de la pre-sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del DirectorioANEXO ARANCEL DE COSTAS Y GASTOS APLICABLE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA DEL INDECOPI CONCEPTO % de UIT Valor (*) en Nuevos Soles Por notificación de Resolución de Ejecución Coactiva (7 días) 0.60 18.60 Por diligencia de embargo en forma de intervención, el 1% del monto total adeudado. Con un máximo de: 20.60 638.60 Por diligencia de embargo en formade depósito o secuestro conservativo frustrado 1.50 46.50 Por solicitud de descerraje 0.90 27.90 Por diligencia de embargo en forma de depósito o secuestro conservativo, el 1% del monto adeudado. Con unmáximo de: 20.60 638.60 Por diligencia de embargo en forma deinscripción sobre bienes muebles e inmuebles 1.50 46.50 Por otras notificaciones 0.30 9.30 Por razón o informe 0.20 6.20 Por inspección ocular 1.00 31.00 Por acta de cambio de depositario 0.40 12.40 Por acta de remate de bienes muebles 0.40 12.40 Por acta de remate de bienes inmuebles 0.40 12.40 Por acta de remate frustrado 0.40 12.40 Por ordenar el levantamiento de captura e internamiento de vehículos 1.60 49.60 Por clausura de locales o servicios ycierre temporal de establecimientos 1.60 49.60 Por otros gastos (grúa, depósito, guardianía, publica- ciones en el Diario Oficial El Peruano, derechos registrales y otros), serán sufragados por el INDECOPI, los mismosque deberán ser reembolsados por el obligado previa liqui-dación de gastos, los cuales serán sustentados con loscomprobantes de pago correspondientes. Los gastos por actuaciones de Peritos, Martilleros Pú- blicos, Interventores, Recaudadores y otros que interven- gan en el procedimiento de Ejecución Coactiva serán su-fragados por el INDECOPI, los mismos que deberán serreembolsados por el obligado, previa liquidación de gas-tos, los cuales serán sustentados con los comprobantesde pago correspondientes. (*) UIT VIGENTE = S/. 3 100,00 00777 I N E I Aprueban Directiva "Normas TØcnicas para el Almacenamiento y Respaldo dela Información procesada por las Entida-des de la Administración Pœblica" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 386-2002-INEI Lima, 31 de diciembre del 2002 Visto el proyecto de Directiva: "Normas Técnicas para el Almacenamiento y Respaldo de la Información procesadapor las Entidades de la Administración Pública", propuestapor la Dirección Técnica de Normatividad y Promoción delInstituto Nacional de Estadística e Informática. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 604, el Instituto Nacional de Estadística e Informá-tica, es el organismo central y rector de los Sistemas Nacio- nales de Estadística e Informática, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades deestadística e informática oficiales del país; Que, las entidades del Estado que conforman el Siste- ma Nacional de Estadística e Informática en sus diferentesniveles, administran importantes volúmenes de información especializada que requiere ser almacenada utilizando pro-