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PÆg. 237497 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de enero de 2003 b) Autorización de la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos que indique el tiempo de serviciosque tiene el funcionario en el exterior o en la Cancilleríasegún el caso y si ha hecho o no uso de una beca anterior-mente, precisando el tiempo de duración de la misma. c) Cumplir con los requisitos exigidos por la beca. d) No estar sometido a Consejo de Investigación, ni te- ner anotación en su foja de servicios de sanciones discipli-narias graves. e) No haber hecho uso de una beca durante los cinco años anteriores a su postulación. 10.- Los Terceros Secretarios que hubieran ocupado los dos primeros puestos al egresar de la Academia Diplomáticagozarán, como premio, de las becas que ofrece la Cancille-ría. En el caso que se pueda disponer de una tercera beca,ésta se concederá a quien ocupó el tercer puesto. 11.- Con excepción de los Terceros Secretarios beca- dos como premio a su egreso de la Academia Diplomática, los funcionarios que estén sirviendo en la Cancillería quehagan uso de una beca, deberán permanecer en Lima,además del tiempo que fija el artículo 9º de la Ley del Ser-vicio Diplomático de la República, por lo menos un lapsoadicional igual al del tiempo de duración de la beca. 12.- Los funcionarios que se encuentran sirviendo en la Cancillería y que se hagan merecedores a una beca enel exterior, percibirán durante ese período las remunera-ciones de su categoría en Lima, en soles, y además unaasignación mensual no mayor de US$ 1000. Los funcionarios que se hagan acreedores a una beca prestando servicios en el exterior, no recibirán la asigna- ción mensual, percibiendo sus remuneraciones corres-pondientes, incluso el 50% de las remuneraciones por ser-vicio exterior. 13.- Todo funcionario que haga uso de una beca deberá presentar un informe sobre el curso y una monografía vincula- da al ámbito de su especialización. La monografía y el informe, que serán evaluados y anotados en su Foja de Servicios, de-berán ser presentados en un plazo máximo de 30 días conta-dos a partir del término de la beca. Asimismo, deberá acompa-ñar el certificado, diploma o documento que expida la entidadotorgante y acredite la realización de los estudios. 14.- Cuando el funcionario becado, sin razones justifica- das hubiera hecho abandono de la beca o no hubiera cumpli-do con los requisitos académicos exigidos deberá devol-ver al Estado la bonificación que en moneda extranjera sele haya otorgado, sin perjuicio de las sanciones a que hu-biere lugar conforme a las disposiciones legales vigentes. 15.- El funcionario becado que presta servicios en la Cancillería, a su regreso a Lima, no gozará de exoneraciónde derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 00940 Ratifican la adhesión del Perœ al "Convenio sobre Prevención de laContaminación del Mar por Vertimien-to de Desechos y Otras Materias" DECRETO SUPREMO Nº 003-2003-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el "Convenio sobre Prevención de la Contamina- ción del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Ma-terias", según acuerdo de la Comisión Consultiva Técnica Multisectorial sobre asuntos de la Organización MarítimaInternacional (OMI) en Acta Nº 04-2001, de fecha 9 de oc-El Decreto Supremo 009-84-RE, que norma el otorgamiento de Becas para los funcionarios del Servicio Diplomático; La importancia del aprovechamiento de las becas den- tro del perfeccionamiento profesional del funcionario y elénfasis que es necesario otorgar a las ramas del derecho,la economía y las relaciones internacionales; La conveniencia de actualizar el régimen legal para el otorgamiento de becas a los funcionarios del Servicio Di-plomático; DECRETA: Artículo Único.- Aprobar las siguientes disposiciones para el otorgamiento de becas a funcionarios del ServicioDiplomático de la República: 1.- Todos los funcionarios del Servicio Diplomático tie- nen igual derecho a aspirar a una beca. La Cancillería di- fundirá oportuna y adecuadamente entre todos los funcio- narios, tanto en Lima como en el Exterior, el ofrecimientode becas y cursos de perfeccionamiento así como las ba-ses específicas para concursar: a) mediante correo electrónico; b) mediante circulares; c) mediante afiches en la Cancillería y en las Misiones en el Exterior. Quincenalmente la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos comunicará, por los medios citados, a todos los funcionarios en Lima y en el exterior la relación de becas y cursos a que se pueden postular, así como losrequisitos exigibles. 2.- La Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos de la Cancillería tendrá a su cargo la coordinaciónde todo el proceso que comprende el otorgamiento y la utilización de becas que autoriza el Ministerio de Relacio- nes Exteriores. 3.- Se constituye la Comisión de Becas, conformada por el Viceministro Secretario General o su representante,quien la presidirá; el Subsecretario de Planeamiento Es-tratégico; el Director General de Desarrollo de Recursos Humanos y un funcionario de categoría entre Ministro y Primer Secretario, designado por la Superioridad. La Co-misión evaluará las solicitudes presentadas y selecciona-rá al candidato(a) o candidatos(as) más calificados (as). 4.- Para las becas de corta duración, que se extienden hasta los cinco meses, se constituye la Comisión de Be- cas de Corta Duración que estará integrada por el director de la Academia Diplomática, quien la presidirá; el Subse-cretario de Planeamiento Estratégico; el Director Generalde Desarrollo de Recursos Humanos y un representantedel Viceministro Secretario General. 5.- Las Comisiones no considerarán becas para las que se hayan presentado menos de cinco postulantes. De dar- se el caso, se efectuará una nueva convocatoria, luego dela cual las Comisiones podrán dar trámite a la beca con loscandidatos que se presenten. 6.- Además de examinar el cumplimiento por todos los can- didatos de los requisitos indispensables para postular a las becas, las comisiones correspondientes examinarán la mate- ria de la beca y las condiciones de los postulantes, evaluandosi su otorgamiento coadyuva o no al perfeccionamiento del fun-cionario y al cumplimiento de las metas y objetivos de la Políti-ca Exterior. Además, verán si el postulante accedió anterior-mente a una beca, dando preferencia a quien no accedió. 7.- Se otorgará prioridad a la asignación de becas que corresponden a estudios conducentes a la obtención deun grado académico, en el siguiente orden: a) Doctorado o PHD. b) Maestría, Master, DEA o DESS. 8.- Los funcionarios que se encuentran prestando servi- cios en el exterior solamente podrán hacer uso de becasdespués del primero y hasta el cuarto año de su perma-nencia en el exterior. 9.- Los requisitos indispensables para postular a una beca serán los siguientes: a) Contar con la autorización de la dependencia donde prestan servicios, que señale expresamente que su au-sencia no afectará el funcionamiento de dicha dependencia.