Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2003 (17/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 17 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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Selectiva de Bienes Nº 0040-2002-SUNAT, retrotrayendo dicho MORDAZA a la etapa de evaluacion de propuestas; Que de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 26º del Reglamento citado, la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad puede declarar la nulidad del MORDAZA de seleccion por cualquiera de las causales establecidas en el articulo 57º de dicho T.U.O de la Ley Nº 26850; Que, es de aplicacion a la presente resolucion lo dispuesto por el articulo 172º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, asi como lo previsto por el articulo 16º y siguientes de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; De conformidad con lo establecido en el articulo 166º del citado Texto y el literal m) del articulo 78º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar la NULIDAD de la Adjudicacion Directa Selectiva de Bienes Nº 0040-2002-SUNAT, debiendo retrotraerse el MORDAZA a la etapa de evaluacion de propuestas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NAPURI MORDAZA Intendente Nacional (e) Intendencia Nacional de Administracion 00910

Segunda.- Los sujetos que a la fecha de vigencia de la presente resolucion, se encuentren omisos a la MORDAZA del PDT Operaciones con Terceros, correspondiente a anos anteriores al 2002, deberan regularizar dicha MORDAZA utilizando el PDT Operaciones con Terceros version 3.1, no siendo necesaria mayor informacion que la solicitada por dicho PDT. Lo senalado en el parrafo anterior tambien sera de aplicacion a las Declaraciones modificatorias que correspondan a los ejercicios indicados. Tercera.- Para la MORDAZA del PDT Operaciones con Terceros correspondiente al ejercicio 2002, aquellos sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del articulo 3º de la Resolucion de Superintendencia Nº 0242002/SUNAT y normas modificatorias deberan presentar la Declaracion siempre que en dicho ejercicio el monto de sus ventas internas MORDAZA sido superior a S/. 216,000.00 (doscientos dieciseis mil y 00/100 Nuevos Soles). Para tal efecto se MORDAZA los montos que deben ser consignados en las casillas Nºs. 100, 105 y 160 del PDT IGV Renta Mensual - Formulario Nº 621, o en las casillas Nºs. 100 y 105 del Formulario Nº 119 - Regimen General. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- Apruebese el cronograma de vencimiento de la MORDAZA del PDT Operaciones con Terceros correspondiente al ejercicio 2002, de acuerdo a las fechas senaladas a continuacion: Ultimo digito del numero de RUC 0y1 2y3 4y5 6y7 8y9 Buenos Contribuyentes Vencimiento 25.02.2003 26.02.2003 27.02.2003 28.02.2003 03.03.2003 04.03.2003

Modifican el Reglamento para la MORDAZA de la Declaracion Anual de Operaciones con Terceros - DAOT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 008-2003/SUNAT MORDAZA, 14 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que por Resolucion de Superintendencia Nº 024-2002/ SUNAT se aprobo el Reglamento para la MORDAZA de la Declaracion Anual de Operaciones con Terceros (DAOT); Que a efecto de facilitar el cumplimiento y control de la MORDAZA del DAOT, resulta conveniente simplificar la elaboracion de dicha declaracion; En uso de las facultades conferidas por el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase el articulo 13º de la Resolucion de Superintendencia Nº 024-2002/SUNAT y normas modificatorias, por el siguiente texto: "Articulo 13º.- DISTRIBUCION DEL PDT OPERACIONES CON TERCEROS Y DEL FORMATO DE LA "CONSTANCIA DE NO TENER INFORMACION A DECLARAR" El PDT Operaciones con Terceros y el formato denominado "Constancia de no tener informacion a declarar" estaran a disposicion del Declarante en el MORDAZA Tributario de la SUNAT, cuya direccion es: http://www.sunat.gob.pe." Articulo 2º.- Deroguense el articulo 9º y la MORDAZA Disposicion Final de la Resolucion de Superintendencia Nº 024-2002/SUNAT y normas modificatorias. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Apruebese la nueva version del PDT Operaciones con Terceros version 3.1.

Tratandose de la MORDAZA del PDT Operaciones con Terceros a traves de Internet, esta podra efectuarse a partir del 3 de febrero del ano 2003. Segunda.- No se configurara la infraccion establecida en el numeral 2 del articulo 176º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, siempre que habiendo vencido el plazo de MORDAZA del PDT Operaciones con Terceros del ejercicio 2002, los sujetos obligados efectuen dicha MORDAZA a traves de Internet hasta el 4.3.2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 00878

Establecen disposiciones para la MORDAZA de la Declaracion Anual de Notarios a traves de Internet
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 009-2003/SUNAT MORDAZA, 14 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que por Resolucion de Superintendencia Nº 138-99/ SUNAT se aprobo el Reglamento para la MORDAZA de la Declaracion Anual de Notarios; Que el citado Reglamento dispuso que la declaracion se presentara utilizando el PDT de Notarios; Que por Resolucion de Superintendencia Nº 109-2000/ SUNAT y sus normas modificatorias se MORDAZA la forma y condiciones en que los deudores tributarios podran realizar diversas operaciones a traves de Internet mediante el sistema SUNAT Operaciones en Linea; Que a efecto de facilitar el cumplimiento de la obligacion de presentar la Declaracion Anual de Notarios, re-

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