Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2003 (30/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de enero de 2003

Articulo 4º.- Deroguese el articulo 47º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG. Articulo 5º.- Modifiquese el articulo 311º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, en los siguientes terminos: "Articulo 311º.- Prohibicion del uso de MORDAZA de cadena (motosierra). Esta prohibido el uso de MORDAZA de cadena (motosierra), asi como cualquier herramienta o equipo de efectos similares a esta, para el aserrio longitudinal de todas las especies forestales, con fines comerciales e industriales. Se permitira el empleo de la MORDAZA de cadena con equipos accesorios a esta, y herramientas de efectos similares, exclusivamente en los siguientes casos y siempre que no se trate de especies en situacion de vulnerabilidad: a. Al otorgarse concesiones, permisos y autorizaciones que impliquen el aprovechamiento de productos forestales maderables, cuando las condiciones fisiograficas del area a intervenir MORDAZA comprobadamente dificultosas y el Plan de Manejo Forestal MORDAZA dado cuenta de ello. b. En el aprovechamiento de especies forestales provenientes de plantaciones forestales, cuando su plan de establecimiento y manejo lo MORDAZA contemplado. El INRENA registrara las sierras de cadena (motosierras) con equipos accesorios a esta, o herramientas similares de uso permitido". Articulo 6º.- Precisese que la calidad de MORDAZA oficial del Patrimonio Forestal Nacional reconocida a los titulares de las concesiones forestales a que se refiere el Articulo 360º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG los faculta a ejercer, directa o indirectamente, las funciones autorizadas. En ese sentido, los titulares de las concesiones deberan comunicar por escrito al INRENA la designacion de las personas naturales que podran ejercer dichas funciones. El numero de personas designadas por concesion se determinara en funcion a la extension del area de la concesion. Facultese al INRENA para dictar las disposiciones complementarias para la implementacion de este articulo. Articulo 7º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de enero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 01830

Que, el senor MORDAZA Bellino en su calidad de representante en el Peru de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO), ha desempenado su labor con esfuerzo, dedicacion y tenacidad por hacer del agro una actividad moderna y rentable; Que, en tal virtud el Consejo de la Orden ha acordado premiar por meritos excepcionales y servicios muy importantes a la Nacion al senor MORDAZA Bellino, con la condecoracion de la Orden en grado de Comendador; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1, Decreto Supremo Nº 30 y Decreto Supremo Nº 31; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar la Condecoracion "ORDEN DEL MERITO AGRICOLA" en el grado de "Comendador" al senor MORDAZA Bellino, por el permanente esfuerzo que ha desarrollado en el Peru, coadyuvando a hacer de la agricultura una actividad moderna y rentable. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 01832

Aceptan renuncia de Directores Generales de Asuntos Ambientales y de Aguas y Suelos del INRENA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 027-2003-AG
MORDAZA, 14 de enero de 2003 VISTA: La renuncia presentada por el Director General de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 346-2001-AG de fecha 28 de diciembre de 2001 se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA Millones MORDAZA en el cargo de Director General de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura; Que, el indicado funcionario ha presentado su renuncia al cargo mencionado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el Ing. MORDAZA MORDAZA Millones MORDAZA al cargo de Director General de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 01777

Otorgan Condecoracion "Orden del Merito Agricola" en el grado de "Comendador"
RESOLUCION SUPREMA Nº 003-2003-AG
MORDAZA, 21 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 1 de fecha 5 de enero de 1948, modificado por Decreto Supremo Nº 30 de 2 de MORDAZA de 1953, se creo la condecoracion denominada "ORDEN DEL MERITO AGRICOLA" destinada a premiar a aquellas personas que hayan prestado importantes servicios a la Nacion en los MORDAZA de la agricultura, ganaderia y actividades conexas; Que, por Decreto Supremo Nº 30 de 2 de MORDAZA de 1953, se modifico el articulo 3º del precitado Decreto Supremo, disponiendo que la Orden en mencion se concede mediante Resolucion Suprema; Que, de acuerdo al Reglamento establecido, el Consejo de la Orden ha facultado al Presidente de la Republica para entregar la insignia de la orden en fecha distinta al Dia de la Agricultura, con cargo a dar cuenta en la proxima sesion;

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 028-2003-AG
MORDAZA, 14 de enero de 2003 VISTA: La renuncia presentada por el Director General de la Direccion General de Aguas y Suelos del Instituto Nacio-

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