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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2003 (30/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 238156 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de enero de 2003 Artículo 4º.- Deróguese el artículo 47º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre aprobado por De-creto Supremo Nº 014-2001-AG. Artículo 5º.- Modifíquese el artículo 311º del Regla- mento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobadopor Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, en los siguientestérminos: "Artículo 311º.- Prohibición del uso de sierra de cadena (motosierra). Esta prohibido el uso de sierra de cadena (motosierra), así como cualquier herramienta o equipo de efectos simi-lares a ésta, para el aserrío longitudinal de todas las espe-cies forestales, con fines comerciales e industriales. Se permitirá el empleo de la sierra de cadena con equi- pos accesorios a ésta, y herramientas de efectos simila-res, exclusivamente en los siguientes casos y siempre queno se trate de especies en situación de vulnerabilidad: a. Al otorgarse concesiones, permisos y autorizacio- nes que impliquen el aprovechamiento de productos foresta-les maderables, cuando las condiciones fisiográficas delárea a intervenir sean comprobadamente dificultosas y elPlan de Manejo Forestal haya dado cuenta de ello. b. En el aprovechamiento de especies forestales prove- nientes de plantaciones forestales, cuando su plan de es-tablecimiento y manejo lo haya contemplado. El INRENA registrará las sierras de cadena (motosie- rras) con equipos accesorios a esta, o herramientas simi-lares de uso permitido". Artículo 6º.- Precísese que la calidad de custodio oficial del Patrimonio Forestal Nacional reconocida a los titularesde las concesiones forestales a que se refiere el Artículo360º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestreaprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG los facultaa ejercer, directa o indirectamente, las funciones autoriza-das. En ese sentido, los titulares de las concesiones debe-rán comunicar por escrito al INRENA la designación de laspersonas naturales que podrán ejercer dichas funciones. Elnúmero de personas designadas por concesión se determi-nará en función a la extensión del área de la concesión. Fa-cúltese al INRENA para dictar las disposiciones complemen-tarias para la implementación de este artículo. Artículo 7º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de enero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 01830 Otorgan Condecoración "Orden del MØ- rito Agrícola" en el grado de "Comen- dador" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2003-AG Lima, 21 de enero de 2003 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 1 de fecha 5 de enero de 1948, modificado por Decreto Supremo Nº 30 de 2 de mayo de1953, se creó la condecoración denominada "ORDEN DELMÉRITO AGRÍCOLA" destinada a premiar a aquellas perso-nas que hayan prestado importantes servicios a la Nación enlos ramos de la agricultura, ganadería y actividades conexas; Que, por Decreto Supremo Nº 30 de 2 de mayo de 1953, se modificó el artículo 3º del precitado Decreto Supremo,disponiendo que la Orden en mención se concede medianteResolución Suprema; Que, de acuerdo al Reglamento establecido, el Conse- jo de la Orden ha facultado al Presidente de la Repúblicapara entregar la insignia de la orden en fecha distinta alDía de la Agricultura, con cargo a dar cuenta en la próximasesión;Que, el señor Norman Bellino en su calidad de repre- sentante en el Perú de la Organización de las NacionesUnidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), ha des-empeñado su labor con esfuerzo, dedicación y tenacidadpor hacer del agro una actividad moderna y rentable; Que, en tal virtud el Consejo de la Orden ha acordado premiar por méritos excepcionales y servicios muy impor-tantes a la Nación al señor Norman Bellino, con la conde-coración de la Orden en grado de Comendador; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1, Decreto Supremo Nº 30 y Decreto Supremo Nº 31; SE RESUELVE:Artículo Único.- Otorgar la Condecoración "ORDEN DEL MÉRITO AGRÍCOLA" en el grado de "Comendador"al señor Norman Bellino, por el permanente esfuerzo queha desarrollado en el Perú, coadyuvando a hacer de la agri-cultura una actividad moderna y rentable. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 01832 Aceptan renuncia de Directores Genera- les de Asuntos Ambientales y de Aguas y Suelos del INRENA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 027-2003-AG Lima, 14 de enero de 2003 VISTA:La renuncia presentada por el Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales del InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministeriode Agricultura; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 346-2001-AG de fecha 28 de diciembre de 2001 se designó al Ing. Jorge Eduar-do Millones Olano en el cargo de Director General de la Direc-ción General de Asuntos Ambientales del Instituto Nacional deRecursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura; Que, el indicado funcionario ha presentado su renuncia al cargo mencionado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgáni-ca del Ministerio de Agricultura, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renun- cia presentada por el Ing. Jorge Eduardo Millones Olano alcargo de Director General de la Dirección General de Asun-tos Ambientales del Instituto Nacional de Recursos Natu-rales - INRENA, del Ministerio de Agricultura, dándoselelas gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 01777 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2003-AG Lima, 14 de enero de 2003 VISTA: La renuncia presentada por el Director General de la Dirección General de Aguas y Suelos del Instituto Nacio-