Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2003 (31/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 238220 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de enero de 2003 CAPÍTULO XIV DEL CONTROL DE CALIDAD Y LA RESPON- SABILIDAD CAPÍTULO XV DE LAS CONSIDERACIONES SOCIALES EN LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA CAPÍTULO XVI DE LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUC- TOS ORGÁNICOS CAPÍTULO XVII GLOSARIO DE TÉRMINOSCAPÍTULO XVIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ANEXOS 1. PRODUCTOS PARA LA FERTILIZACIÓN DEL SUELO2. PRODUCTOS PARA EL MANEJO FITOSANITARIO 3. PRODUCTOS PARA EL MANEJO ANIMAL 4. INGREDIENTES PERMITIDOS EN LA TRANSFORMA- CIÓN DE LOS ALIMENTOS REGLAMENTO TÉCNICO PARA LOS PRODUCTOS ORGÁNICOS CAPÍTULO I DEL OBJETO Artículo 1º- El presente Reglamento Técnico define y norma la producción, transformación, etiquetado, certificación y comercialización de los productos denominados ORGÁNI-CO, ECOLÓGICO, BIOLÓGICO, así como todas sus inflexio- nes y derivaciones, las que de aquí en adelante se denomina- rán de forma genérica PRODUCTOS ORGÁNICOS. Las disposiciones del presente Reglamento Técnico, para efectos de la comercialización de los productos como Orgánicos, deben ser cumplidas de manera obligatoria portodos los agentes de la producción, transformación, etique- tado, certificación y comercialización de dichos productos. CAPÍTULO II DEL CONCEPTO Y LOS PRINCIPIOS Artículo 2º.- Considérese PRODUCTO ORGÁNICO a todo aquel producto originado en un sistema de produc-ción agrícola o que en su transformación emplee tecnolo- gías que, en armonía con el medio ambiente, y respetando la integridad cultural, optimicen el uso de los recursos na-turales y socio-económicos, con el objetivo de garantizar una producción agrícola sostenible. Se fundamenta en los siguientes principios: a) Interactuar armoniosamente con los sistemas y ciclos naturales respetando la vida en todas sus expresiones. b) Fomentar e intensificar la dinámica de los ciclos bioló- gicos en el sistema agrícola, manteniendo o incrementando la fertilidad de los suelos; incluido el aprovechamiento soste-nible de los microorganismos, flora y fauna que lo conforman y de las plantas y los animales que en él se sustentan. c) Promover la producción de alimentos sanos e ino- cuos, obtenidos en sistemas sostenibles que, además de optimizar su calidad nutritiva, guarden coherencia con los postulados de responsabilidad social. d) Promover y mantener la diversidad genética en el sistema productivo y en su entorno, incluyendo para ello la protección de los hábitat de plantas y animales silvestres. e) Emplear, siempre que sea posible, recursos renova- bles, de sistemas agrícolas locales. f) Minimizar todas las formas de contaminación y pro- mover el uso responsable y apropiado del agua, los recur- sos acuáticos y la vida que sostienen. g) Crear un equilibrio armónico entre la producción agrí- cola y la crianza animal, proporcionando al animal condi- ciones de vida que tomen en consideración las funciones de su comportamiento innato. h) Procesar los productos orgánicos utilizando siempre que sea posible, recursos renovables; y considerar el impacto so- cial y ecológico de los sistemas de producción y procesamien-to. i) Promover que todas las personas involucradas en la pro- ducción agrícola y su procesamiento orgánico accedan a unamejor calidad de vida, con ingresos que les permitan cubrir sus necesidades básicas en un entorno laboral seguro. j) Progresar hacia un sistema de producción, procesa- miento y distribución que sea socialmente justo y ecológi- camente responsable. CAPÍTULO III DE LA FINALIDAD Artículo 3º.- El presente Reglamento Técnico tiene por finalidad:a) Establecer lineamientos que orienten e incentiven la producción, transformación, etiquetado, certificación y co- mercialización de productos, alimenticios y no alimenticios, cultivados, criados y procesados orgánicamente. b) Garantizar a los consumidores que los productos denominados PRODUCTOS ORGÁNICOS , cumplan con lo establecido en este Reglamento Técnico. c) Garantizar la idoneidad y transparencia, de todos los agentes, en los procesos de certificación de PRODUCTOS ORGÁNICOS . d) Promover y garantizar el comercio justo y transpa- rente de PRODUCTOS ORGÁNICOS . CAPÍTULO IV DEL CAMPO DE APLICACIÓN Artículo 4º.- El presente Reglamento Técnico, que será aplicado en todo el territorio nacional, establece los requisitosmínimos que deben cumplir los operadores en la producción, transformación y comercialización de productos orgánicos, así como, los organismos de certificación de dichos produc-tos, siendo también de aplicación a los productos Biodinámi- cos, en tanto constituyen Productos Orgánicos. CAPÍTULO V DE LA TRANSICIÓN A LA AGRICULTURA ORGÁNICA Artículo 5º.- La transición hacia la agricultura orgánica es un proceso planificado y dinámico hacia el logro de un agroecosistema sostenible. Se denomina período de transición o conversión, al tiem- po que transcurre desde que se deja de utilizar productos prohibidos, y se inicia el trabajo con técnicas de produc- ción orgánica, hasta lograr la certificación correspondienteen cumplimiento con el presente Reglamento Técnico. La Unidad Productiva que inicie un proceso de certifi- cación deberá buscar, en función a sus condiciones am-bientales y del uso anterior de la tierra, convertirse en or- gánica, en un plazo determinado no mayor de 5 años y de acuerdo a un plan que debe ser actualizado regularmentey verificado por el organismo de certificación. Artículo 6º.- Cuando una unidad productiva no sea convertida total o íntegramente a la producción orgánicadesde el inicio del proceso de certificación, deberán ser respetados los siguientes requerimientos: a) Las áreas sometidas a certificación orgánica que se inicien o se encuentren en el período de transición o con- versión, deberán cumplir todos los requerimientos del pre-sente Reglamento Técnico. b) El programa de certificación deberá asegurar que, los sistemas de producción orgánico y convencional, es-tén claramente separados, tanto en lo relativo a la produc- ción como a la documentación. Cada unidad productiva debe contar con directivas internas propias, que determi-narán cómo prevenir la mezcla de insumos y productos (orgánicos y convencionales), en cada una de las etapas del proceso productivo, así como, en el uso de equipos,documentación y mecanismos de gestión y control. Estas directivas deberán ser presentadas a la certificadora quien supervisará y evaluará su aplicación en cada inspección. c) No está permitida la producción simultánea de las mis- mas especies vegetales y animales, en una propiedad donde se realice producción paralela (orgánicos y convencionales). d) La producción paralela (producción orgánica y con- vencional), de diferentes especies de vegetales y anima- les en áreas orgánicas, no será aceptada después de 5años de iniciado el proceso de transición. e) Para que los productos obtengan la certificación orgáni- ca es necesario que su proceso de producción haya sido ins-peccionado desde el inicio del período de transición. El inicio del período de transición puede ser calculado a partir de la fecha de inicio en el programa de certificación o desde la fechade la última aplicación de insumos prohibidos, siempre que se pueda demostrar que los requerimientos del Reglamento Téc- nico se hayan cumplido desde esa fecha. Artículo 7º.- El período de transición dependerá del tipo de producto: a) Tratándose de cultivos anuales y perennes, el perío- do de transición para que el producto sea considerado or- gánico, es de 24 meses para cultivos anuales y 36 meses para cultivos perennes. Este período podrá ser ampliado o reducido en base a consideraciones técnicas objetivas hasta un mínimo de 12 meses en todos los casos.