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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (08/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 238813 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de febrero de 2003 De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Richard Díaz González, Viceministro de Transportes del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santa Cruz, Bolivia, durante los días 9 y 10 de febrero de 2003, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuarán con cargo alPliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos : US$ 400,00 - Tarifa CORPAC : US$ 28,00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el funcionario mencio- nado en el artículo 1º, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resulta- dos obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de- rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 02476 Otorgan a empresa permiso de opera- ción de servicio de transporte aØreo internacional regular de carga RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 028-2003-MTC/12 Lima, 29 de enero de 2003Vista la solicitud de GEMINI AIR CARGO, INC., sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte AéreoInternacional Regular de carga. CONSIDERANDO:Que, con Solicitud de Registro Nº 2002-007794 del 18 de julio del 2002, GEMINI AIR CARGO, INC., requiere elotorgamiento de un Permiso de Operación para prestar un Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de car- ga; Que, según los términos del Memorándum Nº 0306- 2002-MTC/15.16.02 emitido por la Oficina de Asesoría Le- gal, Memorándum Nº 1657-2002-MTC/15.16.06 y Memo-rándum Nº 1986-2002-MTC/12.04 emitidos por la Direc- ción de Seguridad Aérea; y, Memorándum Nº 446-2002- MTC/15.16.03 y Memorándum Nº 531-2002-MTC/12.OPAemitidos por la Oficina de Asesoría de Política Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumpli- do la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 -Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás dispo- siciones legales vigentes; Que, el Departamento de Transporte Aéreo de los Es- tados Unidos de América, ha designado a GEMINI AIR CARGO, INC., para realizar Servicios de Transporte Aéreo Regular Internacional de carga; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "La Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocarlos Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resol- viendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado,tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la vali- dez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aero- náutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a GEMINI AIR CARGO, INC., de conformidad a los instrumentos internacionales vigentes, Permiso de Operación por el plazo de cuatro (4) años con-tado a partir del día siguiente a la publicación de la presen- te Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular de carga. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Internacional.RUTAS Y FRECUENCIAS: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - MIAMI – LIMA Y VV hasta dos (2) frecuencias sema- nales. Asimismo, de acuerdo a requerimientos, los vuelos po- drán originarse o dirigirse hacia las siguientes ciudades en los Estados Unidos de América: JFK – New York, John F. Kennedy ATL- Atlanta IAH- Houston, Bush IntercontinentalLAX- Los Angeles ORD- Chicago, O´Hare DFW- Dallas Fort WorthMSP- Minneapolis CON DERECHOS DE TRÁFICO DE QUINTA LIBER- TAD DEL AIRE: Como puntos intermedios y/o más allá con derechos de tráfico, pudiendo operar dichos puntos de acuerdo arequerimientos de tráfico. CCS – Caracas, Venezuela MAR – Maracaibo, Venezuela BOG – Bogotá, Colombia MDE – Río Negro / Medellín, ColombiaCLO – Cali, Colombia BAQ – Barranquilla, Colombia UIO – Quito, EcuadorGYE – Guayaquil, Ecuador MAO – Manaus, Brasil VCP – Viracopos, BrasilBEL – Belem, Brasil FOR – Fortaleza, Brasil REC – Recife, BrasilBHZ – Bello Horizonte, Brasil POA – Porto Alegre, Brasil MVD – Montevideo, UruguayEZE – Buenos Aires, Argentina SCL – Santiago, Chile AGT – Ciudad del Este, ParaguayPTY – Ciudad de Panamá, Panamá SJO – San José, Costa Rica MGA – Managua, NicaraguaGUA – Ciudad de Guatemala, Guatemala POS – Port of Spain, Trinidad and Tobago SAL – San Salvador, El SalvadorMEX – México D.F., México GDL – Guadalajara, México MATERIAL AERONÁUTICO: - MD-11F. - DC-10-30F BASE DE OPERACIONES:- Aeropuerto Internacional de Miami, Estados Unidos de América.