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PÆg. 238828 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de febrero de 2003 VISTO: el Oficio Nº 006-2003-AG-PRONAMACHCS-CE, del Comité Especial y los documentos que lo sustentan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial Nº 013-2003-AG-PRO- NAMACHCS-GG, se designó al Comité Especial encargado de llevar a cabo el Concurso Público de Méritos para la contra- tación de la Firma Auditora que formulará el Examen Financie-ro y Operativo del Proyecto "Manejo de los Recursos Naturales para el Alivio a la Pobreza en la Sierra III" Convenio de Présta- mo JBIC PE P27 - Ejercicio Setiembre - Diciembre 2001; Que, el artículo 33º del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría aprobada por Resolución de Contraloría Nº 162-93-CG, establece que la contratacióndirecta de las Sociedades de Auditoría se sujetará a la supervisión de la Contraloría General y a lo dispuesto en el Reglamento de Designación de Sociedades de Audito-ría, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad; Que, conforme al cronograma establecido y aprobado por Resolución Gerencial Nº 017-2003-AG-PRONAMACHCS-GG,el Comité Especial llevó a cabo el Concurso Público de Méri- tos Nº 001-2003-AG-PRONAMACHCS el mismo que ha cum- plido con remitir las actas correspondientes, en las que sedetallan la calificación de las propuestas técnica y económica y el resultado final del mismo, precisando que, la Sociedad Auditora "VENERO & ASOCIADOS CONTADORES PÚBLI-COS S.C.", obtuvo en la evaluación de la propuesta técnica el puntaje más alto: 92.5 puntos y su propuesta económica as- cendió a US$ 6,221.95, incluido el IGV; por lo que, al encon-trarse tales propuestas acorde a las bases del Concurso en referencia, el Comité Especial ha remitido el oficio de vistos para la designación correspondiente; Que, en tal sentido es necesario aprobar la designación de la Sociedad Auditora "VENERO & ASOCIADOS CON- TADORES PÚBLICOS S.C.", en su calidad de ganadoradel Concurso Público de Méritos Nº 002-2003-AG-PRONA- MACHCS, para efectuar el Examen Financiero y Operativo del Proyecto "Manejo de los Recursos Naturales para elAlivio a la Pobreza en la Sierra III" Convenio de Préstamo JBIC PE P27 - Ejercicio Setiembre - Diciembre 2001, así como autorizar la suscripción del contrato respectivo; En uso de las atribuciones conferidas en el literal e) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hi-drográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS aprobada por Decreto Supremo Nº 016-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la Sociedad Auditora "VENE- RO & ASOCIADOS CONTADORES PÚBLICOS S.C.", para realizar el Examen Financiero y Operativo del Proyecto "Ma-nejo de Recursos Naturales para el Alivio a la Pobreza en la Sierra III" Convenio de Préstamo JBIC PE P27 Ejercicio Setiembre - Diciembre 2001, efectuada mediante ConcursoPúblico de Méritos Nº 001-2003-AG-PRONAMACHCS. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración a contratar los servicios profesionales de la Sociedad Au-ditora "VENERO & ASOCIADOS CONTADORES PÚBLI- COS", con sujeción a los requisitos y formalidades esta- blecidas en la Bases del Concurso y en el Reglamento deDesignación de Sociedades de Auditoría. Artículo 3º.- Notifíquese la presente Resolución a la Sociedad Auditora ganadora para los trámites corres-pondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVANOE VEGA GATTI Gerente General 02461 SUNARP Ordenan archivamiento de queja inter- puesta por usuaria del Registro Pœbli-co de Propiedad Inmueble OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO ZONA REGISTRAL Nº IX - SEDE LIMA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1908-2002-ORLC/JE Lima, 13 de diciembre de 2002VISTO, la Queja presentada por NADIA DE LA CRUZ CASAS mediante Hoja de Trámite Nº 2002-049852-ORLC/ GAF-TD de fecha 5 de diciembre de 2002 y el Memorándum Nº 111-2002-GPI/SPR-III de fecha 6 de diciembre de 2002; CONSIDERANDO: Primero.- Que, el Artículo 137º del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado mediante Resolucióndel Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 195-2001-SUNARP/SN establece que los certificados se expedirán dentro de los tres días de solicitados, salvo aque-llos que por su extensión u otra causa justificada requieran de un mayor plazo para su expedición, en cuyo caso, el Re- gistrador deberá dar cuenta al superior jerárquico. Segundo.- Que, mediante Memorándum Nº 109-2002- GPI/SPR-III, el Registrador Público, Dr. Néstor Wilfredo Castro Robles informó a la Gerencia de Propiedad Inmue-ble de la necesidad de contar con un mayor plazo para la expedición de certificado positivo solicitado por la usuaria, dado su extensión y complejidad. Tercero.- Que, en la actualidad el certificado positivo so- licitado por la usuaria ha sido despachado, dando por resul- tado la certificación de dominio de cuatro propiedades de laCía. Constructora Industrial y Comercial Vulcano S.A. Cuarto.- El Artículo 6.1.7. de la Directiva Nº 015-2002- SUNARP/SN aprobada mediante Resolución del Superin-tendente Nacional de los Registros Públicos Nº 498-2002- SUNARP/SN establece que se dispondrá el archivamiento de la queja si es que deviene en imposible ordenar la sub-sanación de la deficiencia reclamada, sin perjuicio de pro- seguirse con la determinación de responsabilidades fun- cionales a que hubiere lugar, de ser el caso. Quinto.- En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 86º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi-cos, aprobada por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS y el Artículo 32º del Estatuto de la Superintendencia Na- cional de los Registros Públicos, aprobado por Resolu-ción Suprema Nº 135-2002-JUS. SE RESUELVE: Artículo Único.- Ordenar el ARCHIVAMIENTO de la queja por sustracción de la materia, debido a que deviene en imposible ordenar la subsanación de la deficiencia re- clamada. Regístrese y comuníquese. C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES Jefe 02521 Inician procedimiento administrativo disciplinario a registrador pœblico SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS ZONA REGISTRAL Nº IX - SEDE LIMA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-2003-SUNARP-Z.R.Nº IX/JEF Lima, 8 de enero de 2003 VISTAS, las denuncias formuladas por la EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS SANTA BARBARA DEATACOCHA, mediante Hoja de Trámite Documentario Nº 2002-047995-ORLC/GAF-TD de fecha 26 de noviembre de 2002 y escrito del 5 de noviembre de 2002 presenta-do ante el Ministerio de Justicia, contra el Registrador Público, Dr. MARIO ANDRÉS ROMÁN CAVERO, respec- to de la inscripción del Título Nº 141776 y el Oficio Nº203-2002-SUNARP-Z.R.Nº IX/GR de fecha 9 de diciem- bre de 2002, emitido por la Gerencia Registral; CONSIDERANDO: Primero: El Artículo 105.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todo administrado está facultado para comunicar a la autori-dad competente aquellos hechos que conociera contra- rios al ordenamiento, sin necesidad de sustentar la afec-