Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2003 (08/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 8 de febrero de 2003 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Por resolucion administrativa de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autoriza la participacion de Jueces de Paz Letrados que desempenan funciones en sede de provincia de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, en los Jurados de Honor que se conformaran en todas las provincias del MORDAZA, durante los dias 12, 15 y 18 de febrero del presente ano, para la eleccion de los delegados de los Alcaldes Distritales, que elegiran a su representante ante el Consejo Nacional de Descentralizacion; concediendoseles licencia con goce de haber por dichos dias; Asimismo, dispone que los Presidentes de las Cortes designen a un Juez de Paz Letrado de cada sede de provincia, para que integre dicho Jurado; Que, en lo que atane a esta Corte Superior de Justicia, son dos las provincias que comprenden el Distrito Judicial: MORDAZA y Huarochiri; por tanto, dando cumplimiento a las disposiciones impartidas por el organo de gobierno, corresponde la designacion de dos Jueces de Paz Letrados que desempenen funciones en las sedes mencionadas, para los fines a que se contrae la resolucion de vista; Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Dra. MORDAZA MORDAZA HERENCIA MORDAZA, Juez de Paz Letrado de La MORDAZA - Cieneguilla y Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA EUFRACIO, Juez de Paz Letrado de Huarochiri - Matucana, quienes desempenan funciones en la sede de las provincias de MORDAZA y Huarochiri, respectivamente, como integrantes del MORDAZA de Honor a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de Descentralizacion, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina de Administracion Distrital, Imagen y Decanato de Jueces de Primera Instancia, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 02626

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicios de transporte y traslado aereo de pasajeros de la Contraloria General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 020-2003-CG MORDAZA, 4 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 014-2003CG expedida el 27.ENE.2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01.FEB.2003, se declaro la nulidad del MORDAZA del Concurso Publico Nº 003-2002-CG, "Contratacion de los Servicios de Transporte y Traslado Aereo de Pasajeros de la Contraloria General de la Republica" - MORDAZA Convocatoria, retrotrayendose el MORDAZA hasta la etapa de la convocatoria, previa reformulacion y correccion de las Bases; Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, contempla en su inciso c) el supuesto de exoneracion de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, cuando se trata de situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la referida Ley, procediendo su

contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme a lo establecido por el articulo 20º de la misma; Que, el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM establece las condiciones que debe reunir la contratacion para poder acceder a la causal de exoneracion por situacion de urgencia, senalando que la misma debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones y adquisiciones respectivas; Que, los articulos 105º y 116º del citado Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion precisando que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, el Departamento de Logistica ha emitido el Informe Tecnico Nº 004-2003 CG/AD-LO, de fecha 03.FEB.2003, a que se refiere el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 113º de su Reglamento, en el que senala los criterios de costo y oportunidad, asi como la necesidad del servicio a contratar manifestando que al haberse declarado la nulidad del Concurso Publico Nº 003-2002-CG - MORDAZA Convocatoria, corresponde evaluar y reformular las Bases y proceder a realizar nuevamente la MORDAZA convocatoria, lo cual tendra una duracion aproximada de 120 dias calendario hasta el otorgamiento de la Buena Pro y su consentimiento, dado los plazos formales de cumplimiento obligatorio que preve la MORDAZA de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia, el Departamento de Logistica concluye, a traves de su Informe, que es tecnicamente procedente que se declare la situacion de urgencia, estableciendo que se ha dado una situacion imprevista lo que ha ocasionado la imposibilidad de contratar el servicio de transporte y traslado aereo de pasajeros de la Contraloria General de la Republica, por lo que a fin de no entorpecer las acciones de control realizadas por la Entidad y salvaguardar el objetivo fiscalizador y la continuidad de los servicios que presta la Institucion, es necesario contratar los servicios MORDAZA descritos, durante el periodo que dure el MORDAZA de seleccion a que se refiere el considerando precedente, hasta por un valor referencial de S/ . 95 574,00 ( Noventa y Cinco Mil Quinientos Setenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV; Que, asimismo, mediante el Informe Legal Nº 0032003-CG/AL, la Gerencia Central de Asesoria Legal ha cumplido con emitir el informe legal de acuerdo a lo establecido en los articulos 20º y 113º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en su Reglamento, respectivamente; Que, en consecuencia, al producirse una situacion enmarcada en los terminos del inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y 108º de su Reglamento, resulta procedente declarar en situacion de urgencia la contratacion de los "Servicios de Transporte y Traslado Aereo de Pasajeros de la Contraloria General de la Republica - MORDAZA Convocatoria", hasta por un valor referencial de S/. 95 574,00 ( Noventa y Cinco Mil Quinientos Setenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado, y tal como lo establece el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion 118-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la contratacion de los Servicios de Transporte y Traslado Aereo de Pasajeros de la Contraloria General de la Republica.

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