Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2003 (08/02/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 238816

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de febrero de 2003

Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa publica, para la contratacion de los servicios a que se refiere el articulo precedente; y consecuentemente, autorizar a la Gerencia Central de Administracion realice dicha contratacion mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, por un periodo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario y hasta por un valor referencial de S/. 95 574,00 ( Noventa y Cinco Mil Quinientos Setenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV. Articulo 3º.- La contratacion que se efectua en virtud de la autorizacion otorgada por la presente Resolucion se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y normas complementarias. Articulo 4º.- El egreso que irrogue la contratacion objeto de la exoneracion a que se refiere los articulos precedentes sera con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios, Funcion: 03, Actividad: 1.00267 y 1.00252, Categoria del Gasto: 5, Modalidades de Aplicacion:11, Grupo Generico de Gasto: 03, Especifica del Gasto: 32 , del Pliego 019 Contraloria General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 02519

Autorizan contratacion de emisora para prestar servicios de radiodifusion y conduccion de espacio radial, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 023-2003-CG MORDAZA, 4 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, contempla en su inciso h) el supuesto de exoneracion de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, cuando se trata de contrataciones de servicios personalisimos, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme a lo establecido por el articulo 20º de dicha Ley; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las condiciones que debe reunir la contratacion para poder acceder a la causal de exoneracion por servicios personalisimos, senalando que la misma esta referida a los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales, o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, estableciendo el tramite y procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 071-2001PCM adiciono al primer parrafo del articulo 111º descrito en el considerando precedente, la precision respecto a que se encuentran expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distingue; Que, los articulos 105º y 116º del citado Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion precisando que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Ba-

ses, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, el Departamento de Logistica ha emitido el Informe Tecnico Nº 001-2003-CG/AD-LO, de fecha 9 de enero de 2003, a que se refiere el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y articulo 113º de su Reglamento, en el que se senala los criterios de costo y oportunidad, asi como la necesidad del servicio a contratar con el fin de publicitar e informar a la ciudadania en general respecto de las actividades que realiza la Contraloria General de la Republica, dando a conocer sus funciones y atribuciones, como uno de los principales mecanismos de defensa contra la corrupcion en el Sector Publico, concluyendo que es tecnicamente procedente la contratacion de la emisora Cadena Peruana de Noticias - CPN, de propiedad de la Corporacion Gestion S.A., para prestar los servicios de radiodifusion y conduccion de un espacio radial en el programa "En defensa del Consumidor", a transmitirse los dias miercoles de 12:00 a 12:30 horas, en una cantidad MORDAZA de 52 programas por el periodo de once (11) meses y quince (15) dias; Que, asimismo, mediante el Informe Legal Nº 0022003-CG/AL, la Gerencia Central de Asesoria Legal ha cumplido con emitir el informe legal de acuerdo a lo establecido en los articulos 20º y 113º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en su Reglamento, respectivamente; Que, en consecuencia, al producirse una situacion enmarcada en los terminos del inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y articulo 111º de su Reglamento, resulta procedente exonerar del MORDAZA de seleccion que corresponda la contratacion de los servicios de radiodifusion y conduccion en la emisora Cadena Peruana de Noticias - CPN, propiedad de la Corporacion Gestion S.A., por tratarse de servicios personalisimos y autorizar la contratacion de los referidos servicios hasta por un valor referencial de S/. 134 992,00 (Ciento Treinta y Cuatro Mil Novecientos Noventa y Dos y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado, y tal como lo establece el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar como servicios personalisimos, la contratacion de la emisora Cadena Peruana de Noticias - CPN, propiedad de la Corporacion Gestion S.A., para prestar los servicios de radiodifusion y conduccion de un espacio radial en el programa "En defensa del Consumidor", a transmitirse los dias miercoles de 12:00 a 12:30 horas, en una cantidad MORDAZA de 52 programas por el periodo de once (11) meses y quince (15) dias. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa publica, la contratacion de la emisora Cadena Peruana de Noticias - CPN, propiedad de la Corporacion Gestion S.A., autorizando a la Gerencia Central de Administracion realice dicha contratacion mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia hasta por un valor referencial de S/. 134 992,00 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) incluido IGV. Articulo 3º.- La contratacion que se efectua en virtud de la autorizacion otorgada por la presente Resolucion se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y normas complementarias. Articulo 4º.- El egreso que irrogue la contratacion objeto de la exoneracion a que se refieren los articulos precedentes sera con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, Funcion: 03, Programa: 006, Subprograma: 0005, Actividad: 1.00110, Categoria del Gasto: 5, Modalidades de Aplicacion:11, Grupo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.