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PÆg. 238934 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de febrero de 2003 DEFENSA Otorgan facultades relativas a adminis- tración del pliego presupuestal, adquisi-ciones y contrataciones a ComandanteGeneral de la Marina, Jefe del Coman-do Conjunto de las FF .AA. y Co-mandante General del EjØrcito RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 094-DE/SG Lima, 24 de enero de 2003 Visto, el Oficio G.100-0049 del Comandante General de la Marina de fecha 21 enero 2003; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 6º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, el Ministro de Defensa es lamáxima autoridad del Ministerio y Titular del Pliego delSector, y su artículo 5º considera dentro de la estructuracomo Órganos de Ejecución del Ministerio al Ejército delPerú, Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú; Que, el artículo 26º de la Ley antes citada señala que la Marina de Guerra del Perú es el órgano del Ministerio deDefensa que tiene por función la preparación, organización,mantenimiento y equipamiento del componente Naval delas Fuerzas Armadas. Participa en la ejecución de la políti-ca de Defensa Nacional y en la defensa del patrimoniomarítimo, fluvial y lacustre del país. Contribuye a garanti-zar, en forma permanente, la integridad territorial y el man-tenimiento de la soberanía del país; Que, la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, pertenece al Pliego 026: Ministerio de Defensa, y para la ejecu-ción del presupuesto asignado tiene una organización descon-centrada a través de Subunidades Ejecutoras, las cuales para elcumplimiento de las metas requieren de la adquisición de diver-sos bienes y servicios, así como la contratación de obras; Que, es necesario que el Ministro de Defensa precise las facultades de la máxima autoridad administrativa de laUnidad Ejecutora Nº 004 Marina de Guerra del Perú, ejerci-da por el Comandante General de la Marina, y de los Jefesde las Subunidades Ejecutoras de dicha Unidad Ejecutora,con relación a los procesos de selección regulados por elTexto Único Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001 de fecha 12 febrero 2001, y su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCMde fecha 12 febrero 2001, con sus modificatorias; Que, el artículo 4º del mencionado Reglamento faculta al Titular del Pliego para que mediante Resolución puedadesignar a los funcionarios y dependencias de la Entidadencargados de los diferentes aspectos de las adquisicio-nes y contrataciones, delegándoles los distintos niveles dedecisión y autoridad, bajo responsabilidad, salvo en aque-llos asuntos que, por indicación expresa de dicho Regla-mento, sean indelegables; Que, el artículo 7º del mencionado Texto Único Ordena- do de la Ley Nº 26850, dispone que el Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones será aprobado por el Titular delPliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, el artículo 23º del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, establece que para cada proceso de se-lección la Entidad designará un Comité Especial que debe-rá llevar adelante el proceso; así como podrá designar unComité Especial Permanente para los casos previstos enel artículo 17º del mencionado Texto Único Ordenado; Que, el artículo 36º del referido Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, dispone que el contrato deberá cele-brarse por escrito y se ajustará a la proforma incluida enlas Bases con las modificaciones aprobadas por la Entidaddurante el proceso de selección; asimismo, el artículo 118ºdel citado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, en el primer párrafo dispone quelos contratos serán suscritos por el funcionario que cuentecon las facultades suficientes para ello; Que, el artículo 25º del mencionado Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850, establece que las Bases de unaLicitación Pública o Concurso Público serán aprobadas porel Titular del Pliego que lo convoca o por el funcionario de-signado por éste último; y el artículo 37º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, enel tercer párrafo, dispone que elaboradas las Bases por elComité Especial, éste las elevará a la autoridad competen- te para su aprobación; Que, el artículo 42º del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, dispone que la Entidad podrá ordenar y pagardirectamente la ejecución de prestaciones adicionales hastapor el quince por ciento de su monto, siempre que sean indis-pensables para alcanzar la finalidad del contrato; asimismo,podrá reducir servicios u obras hasta por el mismo porcentaje; Que, el artículo 135º del referido Reglamento de la Ley Nº 26850, norma que para alcanzar la finalidad del contrato ymediante Resolución previa, el Titular del Pliego o la máximaautoridad administrativa de la Entidad, según corresponda,podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales, paralo cual deberá contar con la asignación presupuestal necesa-ria u ordenar la reducción de dichas prestaciones; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y su Reglamento, así como sus normas complementarias ymodificatorias, establecen mecanismos administrativos parala solución de controversias e impugnaciones durante eldesarrollo de los procesos de selección; Que, de acuerdo con el Principio de Economía estable- cido en el artículo 3º del Reglamento de Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Prin-cipio de Simplicidad establecido en el artículo IV del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Ad-ministrativo General, los trámites establecidos por la auto-ridad administrativa deben ser sencillos, debiendo eliminar-se toda complejidad innecesaria; De conformidad con la Ley Nº 27860, Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,y el Reglamento de dicho Texto, aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM, con sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Facultar al Comandante General de la Marina, máxima autoridad administrativa de la Unidad Eje-cutora 004: Marina de Guerra del Perú del Pliego 026: Mi-nisterio de Defensa, a ejercer las funciones siguientes: a) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones de carácter Público y sus modificaciones por inclusio-nes y exclusiones al citado Plan Anual. b) Nombrar los Comités Especiales de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudi-cación Directa Pública. c) Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de selección antes indicados. d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales o su reducción hasta el límite establecido en la normatividadvigente. e) Cancelar los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa Pública,en los casos que corresponda. f) Suscribir los contratos derivados de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudi-cación Directa Pública. g) Designar a los funcionarios y Dependencias de la Enti- dad encargados de los diferentes aspectos de las adquisicionesy contrataciones, delegándoles los distintos niveles de deci-sión y autoridad, bajo responsabilidad, a fin que realicen losactos administrativos señalados en el presente artículo. Artículo 2º.- Facultar a los Jefes de las Subunidades Ejecutoras, Unidades y Dependencias de la Unidad Ejecu-tora 004: Marina de Guerra del Perú del Pliego 026: Minis-terio de Defensa, a ejercer las funciones siguientes: a) Nombrar los Comités Especiales Permanentes de los procesos de Selección de Adjudicación Directa Selectiva yAdjudicación de Menor Cuantía. b) Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de selección antes indicados. c) Suscribir los contratos derivados de los procesos de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de MenorCuantía. d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales o su reducción hasta el límite establecido en la normatividadvigente. c) Cancelar los procesos de Selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía, en loscasos que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 02738