Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2003 (21/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 21 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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SALUD
Exoneran del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para el Instituto de Oftalmologia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 165-2003-SA/DM MORDAZA, 19 de febrero del 2003 VISTOS: El Oficio Nº 0152-2003-DG/INO, el Informe Nº 0062003-LOG-INO, el Memorandum Nº 042-2003-LOGINO, el Informe Nº 001-2003-AL-INO, la Carta s/n del 10.2.03 de TAURUS SERVICE SRL, publicacion del aviso de convocatoria del Concurso Publico Nacional Nº 0001-2003-INO-MINSA en el Diario Oficial El Peruano del 12.2.03, Memorandum Nº 075-2003-LOG-INO y el Memorandum Nº 066-2003-OPLAN-INO del Instituto de Oftalmologia; y el Oficio Nº 335-2003-OGAJ e Informe Nº 161-2003-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del Articulo 20º del mismo cuerpo legal se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que los documentos de vistos del Instituto de Oftalmologia-INO exponen la necesidad tecnica de exonerar la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para el Instituto del respectivo MORDAZA de seleccion, por situacion de urgencia y por un valor referencial total de S/. 45,138.98 por el plazo de 2 meses (el cual solo puede correr luego de la emision de la resolucion exonerativa), en tanto el INO necesita seguir contando con el servicio de seguridad y vigilancia en forma ininterrumpida, pues la ausencia de este servicio pone en riesgo y peligro la seguridad en los diferentes servicios y oficinas del Instituto, en cuanto a la perdida y/o robo de los bienes patrimoniales del INO (equipos medicos, medicamentos y otros) mas aun teniendo en cuenta que es una institucion que brinda servicios de salud y que debe velar ademas por la integridad de sus pacientes y personal, por lo que se ve comprometido el normal desarrollo de las atenciones de salud que el INO tiene a su cargo; Que, en este sentido el Instituto de Oftalmologia informa que el servicio de seguridad y vigilancia que recibe tiene cobertura contractual hasta las 19:00 horas del 15 de febrero del 2003, no pudiendose acordar mayor ampliacion contractual a la ya dada en base al articulo 141º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a razon que la empresa que viene prestando el servicio, TAURUS SERVICE SRL., se encuentra en MORDAZA de reestructuracion lo que impide extender mas sus servicios, y que con fecha 12 de fe-

brero del 2003 ha sido convocado el MORDAZA regular para la contratacion del servicio en cuestion, Concurso Publico Nacional Nº 0001-2003-INO-MINSA, cuyo otorgamiento de buena pro se encuentra programado para el 18 de marzo del 2003, por lo que solicitan la exoneracion mencionada por 2 meses, en tanto se culmine el Concurso Publico Nacional Nº 0001-2003-INO-MINSA que viene desarrollandose, asimismo senala que existe la disponibilidad presupuestal para la exoneracion solicitada en la fuente de financiamiento de recursos ordinarios; Con la visacion de la Direccion General del Instituto de Oftalmologia y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud y de conformidad con el Articulo 8º literales d) y l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para el Instituto de Oftalmologia, por un periodo de 2 meses, por un valor referencial total de S/. 45,138.98 (Cuarenta y seis mil ciento treinta y ocho y 98/ 100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y de los documentos de vistos que la sustentan, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion Ejecutiva de Administracion del Instituto de Oftalmologia se encargue de realizar la contratacion exonerada por la presente resolucion con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios del Instituto de Oftalmologia, conforme a lo dispuesto en el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 03319

Aceptan renuncia del Director de la Oficina de Logistica del Instituto Especializado de Enfermedades Neoplasicas "Dr. MORDAZA MORDAZA Graziani"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 166-2003-SA/DM MORDAZA, 19 de febrero del 2003 Visto el Memorandum Nº 076-2003-DL-INEN, mediante el cual don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta su renuncia al cargo de Director de la Oficina de Logistica del Instituto Especializado de Enfermedades Neoplasicas "Dr. MORDAZA MORDAZA Graziani"; De conformidad con lo previsto en el Articulo 7º de la Ley Nº 27594 y el inciso L) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha de la presente resolucion, la renuncia formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director de la Oficina de Logistica, Nivel F-3, del Instituto Especializado de Enfermedades Neoplasicas "Dr. MORDAZA MORDAZA Graziani", dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 03320

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