TEXTO PAGINA: 37
PÆg. 239527 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de febrero de 2003 SALUD Exoneran del proceso de adjudicación directa selectiva la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para el Instituto de Oftalmología RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2003-SA/DM Lima, 19 de febrero del 2003VISTOS: El Oficio Nº 0152-2003-DG/INO, el Informe Nº 006- 2003-LOG-INO, el Memorándum Nº 042-2003-LOG- INO, el Informe Nº 001-2003-AL-INO, la Carta s/n del 10.2.03 de TAURUS SERVICE SRL, publicación del avi-so de convocatoria del Concurso Público Nacional Nº 0001-2003-INO-MINSA en el Diario Oficial El Peruano del 12.2.03, Memorándum Nº 075-2003-LOG-INO y elMemorándum Nº 066-2003-OPLAN-INO del Instituto de Oftalmología; y el Oficio Nº 335-2003-OGAJ e Informe Nº 161-2003-OGAJ de la Oficina General de AsesoríaJurídica del Ministerio de Salud. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Artículo 19º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los pro- cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-cación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia declaradas de conformidad con dicha norma legal, con-trataciones que en virtud del Artículo 20º del mismo cuer- po legal se realizarán mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinariae imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servi- cios esenciales o de las operaciones productivas que laEntidad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la adquisición de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario parallevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, asimismo el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta-blece que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar loindispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que los documentos de vistos del Instituto de Oftalmo- logía-INO exponen la necesidad técnica de exonerar la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para elInstituto del respectivo proceso de selección, por situación de urgencia y por un valor referencial total de S/. 45,138.98 por el plazo de 2 meses (el cual sólo puede correr luego dela emisión de la resolución exonerativa), en tanto el INO necesita seguir contando con el servicio de seguridad y vigilancia en forma ininterrumpida, pues la ausencia de esteservicio pone en riesgo y peligro la seguridad en los dife- rentes servicios y oficinas del Instituto, en cuanto a la pér- dida y/o robo de los bienes patrimoniales del INO (equiposmédicos, medicamentos y otros) más aún teniendo en cuen- ta que es una institución que brinda servicios de salud y que debe velar además por la integridad de sus pacientesy personal, por lo que se ve comprometido el normal desa- rrollo de las atenciones de salud que el INO tiene a su cargo; Que, en este sentido el Instituto de Oftalmología in- forma que el servicio de seguridad y vigilancia que reci- be tiene cobertura contractual hasta las 19:00 horas del15 de febrero del 2003, no pudiéndose acordar mayor ampliación contractual a la ya dada en base al artículo 141º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, a razón que la empresa que viene prestando el servicio, TAURUS SERVICE SRL., se en- cuentra en proceso de reestructuración lo que impideextender más sus servicios, y que con fecha 12 de fe-brero del 2003 ha sido convocado el proceso regular para la contratación del servicio en cuestión, Concurso Público Nacional Nº 0001-2003-INO-MINSA, cuyo otor- gamiento de buena pro se encuentra programado parael 18 de marzo del 2003, por lo que solicitan la exo- neración mencionada por 2 meses, en tanto se culmine el Concurso Público Nacional Nº 0001-2003-INO-MIN-SA que viene desarrollándose, asimismo señala que existe la disponibilidad presupuestal para la exoneración solicitada en la fuente de financiamiento de recursosordinarios; Con la visación de la Dirección General del Instituto de Oftalmología y la Oficina General de Asesoría Jurí-dica del Ministerio de Salud y de conformidad con el Artículo 8º literales d) y l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de Adjudicación Directa Selectiva la contratación del servicio de seguri- dad y vigilancia para el Instituto de Oftalmología, por unperíodo de 2 meses, por un valor referencial total de S/. 45,138.98 (Cuarenta y seis mil ciento treinta y ocho y 98/ 100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de su emisión, así como la remisión a laContraloría General de la República de copia de la mis- ma y de los documentos de vistos que la sustentan, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha deaprobación. Artículo 3º.- Disponer que la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto de Oftalmología se encarguede realizar la contratación exonerada por la presente resolución con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios del Instituto de Oftalmología, con-forme a lo dispuesto en el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 03319 Aceptan renuncia del Director de la Oficina de Logística del Instituto Espe-cializado de Enfermedades NeoplÆsicas"Dr. Eduardo CÆceres Graziani" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 166-2003-SA/DM Lima, 19 de febrero del 2003 Visto el Memorándum Nº 076-2003-DL-INEN, me- diante el cual don LUIS ALBERTO ROMANÍ SEMINA- RIO presenta su renuncia al cargo de Director de laOficina de Logística del Instituto Especializado de Enfermedades Neoplásicas "Dr. Eduardo Cáceres Gra- ziani"; De conformidad con lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27594 y el inciso L) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha de la presente resolución, la renuncia formulada por don LUISALBERTO ROMANÍ SEMINARIO, al cargo de Director de la Oficina de Logística, Nivel F-3, del Instituto Espe- cializado de Enfermedades Neoplásicas "Dr. EduardoCáceres Graziani", dándosele las gracias por los servi- cios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 03320