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PÆg. 239688 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de febrero de 2003 nos deberán ser debidamente visados por el Instituto Geográfico Nacional -IGN y la Municipalidad Provincialrespectiva. d) Los documentos cartográficos (mapas temáticos, planos urbanos, etc.), elaborados sobre la base de laCarta Nacional, estarán representados en coordenadas UTM. CAPÍTULO III DE LAS ACCIONES DE FORMALIZACIÓN Artículo 12º.- De las creaciones de distritos. Son requisitos para la creación de distritos los si- guientes: a) En cuanto a la Población: a.1. Opinión mayoritaria de la población involucrada, según lo establecido en el Artículo 20 º del presente Re- glamento. a.2. El volumen de la población total del ámbito pro- puesto estará asociado a las perspectivas de desarrollo regional, que involucren un adecuado manejo de los re-cursos, así como a la tasa de crecimiento poblacional. Se considerarán como volúmenes mínimos según la región natural: Para la Costa mayor a 12,000 habitantes. Para la Sierra mayor a 3,800 habitantes.Para la Selva mayor a 4,000 habitantes. El volumen poblacional del distrito o distritos origen de la propuesta, no deberá resultar por debajo de los mínimos establecidos para el distrito según la región natural. a.3. La tasa de crecimiento poblacional de los dos últimos períodos intercensales o del último período inter- censal del distrito o distritos orígenes deberá ser positi-va. a.4. La existencia de identidad cultural e histórica (identificación de grupos etnolingüísticos, comunales, an-cestrales, etc.) o de un mínimo nivel de cohesión interna entre los pobladores del ámbito propuesto, que garanti- ce la posibilidad de implementar proyectos comunita-rios; así como, la organización de la población para la prestación de servicios sociales. a.5. La necesidad de una adecuada prestación de servicios administrativos y sociales, considerando la de- manda y la accesibilidad de los mismos. b) En cuanto al ámbito geográfico : b.1. La unidad geográfica del ámbito propuesto, debe expresar homogeneidad o complementariedad (cuenca, subcuenca, valles, pisos ecológicos, etc.), favorecer el desarrollo de los procesos productivos y coadyuvar alproceso de desarrollo económico. b.2. Las rentas generadas del distrito del cual se des- agrega la nueva circunscripción territorial no deberánverse mermadas en más del 50% respecto a la nueva creación distrital.b.3. Los límites estarán referidos a accidentes geo- gráficos y/o elementos urbanos de fácil identificación enel terreno y serán susceptibles de trazo sobre la carto- grafía respectiva, de acuerdo a lo establecido en los requisitos técnicos del presente Reglamento. b.4. La adecuación a los estudios de diagnóstico y zonificación para la organización del territorio del nivel provincial. b.5. La superficie no será mayor al 50% de la super- ficie de la circunscripción o circunscripciones de las cua- les se desagrega la propuesta. b.6. La denominación del distrito propuesto corres- ponderá a un vocablo que conserve topónimos aboríge- nes, referencias geográficas, históricas o folklóricas en-tre otros, conforme lo dispone el numeral 4.1 del Artículo 4º de la Ley Nº 27795. c) En cuanto al centro poblado propuesto como capital. Se cumplirá con los siguientes requisitos: c.1. Una población total mínima según la región na- tural: 2,500 habitantes para la Costa. 1,500 habitantes para la Sierra. 1,800 habitantes para la Selva. c.2. Tasa de crecimiento poblacional de los dos últi- mos períodos intercensales o del último período inter-censal deberá ser positiva. c.3. Ubicación estratégica y equidistante respecto a los centros poblados involucrados y a las capitalesdistritales. Así mismo de fácil accesibilidad para los moradores de los centros poblados involucrados en el ámbito. c.4. Reunir condiciones de seguridad física respecto a fenómenos de geodinámica o climatológicos (huaycos, deslizamientos, inundaciones, aluviones, fallas geológi-cas, etc.). c.5. Plan de Ordenamiento o Plan Director, de acuer- do al nivel que corresponda, aprobado por la Municipali-dad Provincial respectiva. c.6. Configuración urbana mediante el cual las vi- viendas deberán estar agrupadas en forma contigua ycontinuada, con una disposición tal que conformen ca- lles y plazas de acuerdo con los Planes Urbanos res- pectivos. c.7. Servicio de Educación: infraestructura, equipa- miento y personal para los niveles de primaria y de se- cundaria. c.8. Servicio de Salud: infraestructura, equipamiento y personal para un puesto de salud. c.10. Otros servicios de acuerdo con los requeri- mientos planteados en los Planes Urbanos como: mer- cado de abastos, cementerios, comisaría, juzgados de paz etc. c.11. Servicios de correo, telefonía pública, entre otros. c.12. No deberá estar ubicado dentro del ámbito de influencia de otra capital distrital o provincial ni cercana a ella.