TEXTO PAGINA: 9
PÆg. 239691 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de febrero de 2003 lizar las consultas respectivas y/o brindar apoyo técnico a los gobiernos regionales a solicitud expresa de la Pre-sidencia del Consejo de Ministros. Los requisitos y procedimientos específicos para la realización de las encuestas técnicas y de las consultaspoblacionales referidas en el presente artículo serán aprobadas mediante las correspondientes directivas de la DNTDT. El procedimiento para las consultas vecina-les se regirá por lo establecido en los artículos siguien- tes. Artículo 21º.- De la Consulta Vecinal Para efectos de la consulta vecinal, el Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil - RENIEC elabora-rá la relación de votantes para cada proceso de consul- ta vecinal, previo informe de la DNTDT, en el cual se determine con precisión el ámbito involucrado; asimis-mo, determinará los mecanismos para la inscripción res- pectiva a dicha consulta. Artículo 22º.- De las condiciones para la inscrip- ción en la Consulta Los vecinos, a fin de participar en la consulta vecinal deberán acreditar las siguientes condiciones: a) Ser mayor de dieciocho (18) años de edad. b) Acreditar su residencia en el ámbito involucrado por lo menos dos (2) años continuos previos a la fecha de la convocatoria. El Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil - RENIEC determinará la forma de la referida acreditación. Artículo 23º.- De los Plazos El procedimiento de consulta vecinal se regirá por los siguientes plazos: a) Dentro de los veinticinco (25) días posteriores a la fecha de la convocatoria, los vecinos podrán inscribirsepara participar en la consulta vecinal. b) Dentro de los cinco (5) días posteriores al venci- miento del plazo indicado en el inciso precedente, el Re-gistro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC remitirá la relación de votantes al Jurado Nacional deElecciones. c) Dentro de los cinco días (5) siguientes a su remi- sión, efectuada la fiscalización de la relación de votan-tes, el Jurado Nacional de Elecciones - JNE, aprobará su uso. d) Dentro de los ciento veinte (120) días posteriores a la remisión de la relación de votantes, la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales -ONPE, procederá a reali- zar la consulta vecinal. Las controversias que se generen durante el desa- rrollo de la consulta vecinal o como consecuencia deeste proceso, serán resueltas en instancia definitiva por el Jurado Nacional de Elecciones. TÍTULO VI DE LOS PROCEDIMIENTOS CAPÍTULO I DE LAS ACCIONES TÉCNICAS DE DEMARCACIÓN TERRITORIAL Artículo 24º.- Procedimiento de las acciones de normalización a) Categorización y recategorización de centros poblados y cambios de nombre. Los petitorios sobre categorización y recategoriza- ción de centros poblados y cambios de nombre cumpli- rán el siguiente procedimiento: a.1. Los interesados presentarán su solicitud acom- pañada de la documentación sustentatoria, a la Presi-dencia Regional correspondiente, la cual la derivará al Órgano Técnico de Demarcación Territorial. a.2. El Órgano Técnico de Demarcación Territorial, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, verifi- cará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 36º del presente Reglamento. De proceder, se INSTITUTO PERUANO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO TRIBUTARIO I P I D E T “CIERRE FISCAL 2002 Y MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA” Lugar : Salón Alameda, - Pardo Hotel Dirección : Jr. Independencia 141, piso 2, Miraflores Fecha : Jueves 06 de marzo de 2003 Horario : De 18:00 a 21:00 horas Expositores Rubén Del Rosario Goytizolo, Socio del Estudio Del Rosario, Urbano y Asociados S. Civ. R.L. Arturo Tuesta Madueño , Gerente de Impuestos de PricewaterhouseCoopers Fernando Castro Kahn , Socio del Estudio Muñiz, Forsyth, Ramírez, Pérez-Taiman & Luna-Victoria, Abogados Estando próxima la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2002, resulta indispensable que los profesionales involucrados conel quehacer contable y tributario tengan presente la normatividad vigente a fin de efectuar un adecuado cierre y planeamiento fiscal en la determinación del Impuesto a la Renta de dicho ejercicio. Por otro lado, recientemente se han aprobado las normas reglamentarias del Impuestoa la Renta que regulan las modificaciones e innovaciones que entraron en vigencia en el 2003, tales como el tratamiento a la distribución de dividendos, la deducibilidad de las donaciones, el anticipo adicional del Impuesto a la Renta, las deducciones de vehículos automotores, normassobre la operaciones de fideicomiso, entre otras; así como la existencia de disposiciones finales que han efectuado importantes precisiones en temas como el arrastre de pérdidas tributarias y los acuerdos de distribución de utilidades adoptados a diciembre de 2002. Derechos de Inscripción: Asociados: US$ 40.00 No Asociados: US$ 80.00. (Los costos incluyen el IGV). Informes e inscripciones: Av. José Gálvez Barrenechea 592, Of. 202, San Isidro Lunes a viernes de 09:00 a 18:30 horas. Teléfono: 226-2356. Fax: 226-2357. Celular: 940-0969 - 8596042 e-mail: ipidet@terra.com.pe