Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2003 (25/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 25 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 076-2003, se constituyo la Comision de Alto Nivel, denominada Comision Especial para la Desocupacion y Reubicacion de los Comerciantes del ex MORDAZA Ferial Las Malvinas y el Desarrollo Comercial de la MORDAZA, en adelante "CEDES"; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 19338 que crea el Sistema de Defensa Civil y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 00588-SGMD, en la provincia de MORDAZA el Comite de Defensa Civil esta presidido por el MORDAZA Metropolitano; En uso de las facultades otorgadas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y, la Ordenanza Nº 201 - Plan Maestro de Lima; DECRETA: Articulo Primero.- Declarar en EMERGENCIA la MORDAZA de alto riesgo, comprendida por la berma central de la Av. MORDAZA entre las cuadras 1 a 6, y su MORDAZA de influencia delimitada por el cuadrante siguiente: Av. MORDAZA Ugarte, Av. Colonial, Av. Trenemann y Av. E. Meiggs - Cercado de Lima. La situacion de emergencia se mantendra hasta que el Comite Provincial de Defensa Civil determine su levantamiento, siempre y cuando hayan desaparecido las condiciones que la originaron. Articulo Segundo.- Encargar a la "CEDES", la realizacion de las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente Decreto. Articulo Tercero.- Solicitar al Ministerio del Interior Policia Nacional del Peru y demas autoridades pertinentes, el apoyo necesario que permitan el cumplimiento de la presente norma. Articulo Cuarto.- Solicitar el apoyo de los poderes del Estado a fin de implementar las recomendaciones que formule el Comite Provincial de Defensa Civil y la "CEDES". Articulo Quinto.- Toda MORDAZA municipal cuyos efectos MORDAZA complementarios a las disposiciones del presente Decreto continuan vigentes. Articulo Sexto.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 03575

menes Nºs. 006-2003-CEPP/MSS y 011-2003-CAL/MSS de las Comisiones de Economia, Planificacion y Presupuesto y de Asuntos Legales, respectivamente; 03596

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA
Fijan monto de dieta de regidores por asistencia efectiva a sesiones de concejo
RESOLUCION MUNICIPAL Nº 002-2003-MPH Huancabamba, 22 de enero del 2003 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de enero del 2003, la Mocion de Orden del Dia para establecer el monto de la Dieta que percibiran los senores Regidores durante el presente ejercicio presupuestal, y para determinar el numero de sesiones con percepcion de dieta durante un mes; CONSIDERANDO: Que el Articulo 3º de la Ley Nº 26317, que modifica la Ley Nº 23853 - "Organica de Municipalidades", y que establece que el monto que percibiran los Regidores por asistencia efectiva a la correspondiente Sesion de Concejo, debe ser acordado por el Concejo Municipal; y que este monto se abonara proporcionalmente hasta por un MORDAZA de cuatro (4) sesiones al mes, acuerdo que debe ser adoptado una vez al ano hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal; Que, en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de enero del 2003, los senores Regidores sometieron a debate la Mocion de Orden del Dia, referente al monto por concepto de Dieta que percibiran en su calidad de miembros de este Concejo Municipal Provincial para el ejercicio presupuestal del 2003; asi como el numero de Sesiones que realizaran durante el mes con percepcion de dieta; Que, la labor que desempenan los senores Regidores no solo es asistir a las Sesiones de Concejo, sino que esta es producto del trabajo que desarrollan en las Comisiones Permanentes y Especiales; asi como de las actividades que devienen de los Acuerdos de Comisiones y de la propia Sesion de Concejo; De conformidad con el Articulo 3º de la Ley Nº 26317, con el MORDAZA mayoritario de los Miembros del Concejo; y, En uso de las facultades y atribuciones legales conferidas por la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FIJAR la suma de S/. 800.00 (OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), como Dieta por la asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, retribucion que se MORDAZA efectiva hasta un MORDAZA de tres (3) sesiones al mes. Articulo Segundo.- Las demas Sesiones de Concejo que se realicen durante el mes, no seran computables para la percepcion de la dieta fijada segun el articulo precedente. Articulo Tercero.- La presente Resolucion entra en vigencia a partir del primer dia del mes de enero del ano en curso, publicandose en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo dispone el Art. 3º de la Ley Nº 26317. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03600

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 14-2003-ACSS Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 14-2003ACSS, publicado en nuestra edicion del 22 de febrero de 2003, en la pagina 239599. DICE: POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, en atencion a los Dictamenes Nºs. 006-2003-CEPP/MSS y 011-2003-CAL/MSS de las Comisiones de Economia, Planificacion y Presupuesto y de Asuntos Leales, respectivamente; DEBE DECIR: POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, en atencion a los Dicta-

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