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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (25/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 239766 NORMAS LEGALES Lima, martes 25 de febrero de 2003 forma la aceptación del doctor Juan Velit Granda como participante en el Seminario "Modalidades y procedimien- tos de la cooperación japonesa" que tendrá lugar en Japón del 20 de febrero y el 6 de marzo de 2003, y para lo cual cuenta con el auspicio del Gobierno del Japón; Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacio- nal - APCI, es un organismo público descentralizado adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores de con- formidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI, responsable, como ente rector de la cooperación técnica internacional, de conducir, progra- mar, organizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable en función de la política nacional de desarrollo; Que, es propósito del Gobierno peruano fomentar un mayor conocimiento de las modalidades y esquemas que informan las actuales tendencias de la cooperación internacional, e impulsar una estrecha colaboración con las fuentes cooperantes, por lo que resulta de particular interés para el Perú la visita al Japón del doctor Juan Velit Granda, Director Ejecutivo de la APCI, atendiendo la invitación del Gobierno del Japón; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley 27619 - Ley de Creación de la APCI; la Resolución Ministerial Nº 661-2002-RE, Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la APCI; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Juan Velit Granda, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, al Japón del 20 de febrero al 6 de marzo de 2003 para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasaje y viáticos que irrogue la participación del representante peruano en el citado seminario serán asumidos por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón. Artículo 3º.- El funcionario de la APCI antes mencio- nado, presentará un informe detallado describiendo las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos en la mencionada visita dentro de los quince (15) días ca- lendario contados a partir de su retorno al país. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 03586 Designan agregada civil en el Consula- do General del Perú en Denver, EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0170-2003-RE Lima, 21 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que para el ejercicio de ciertas funciones especia- lizadas el Ministerio de Relaciones Exteriores puede designar agregados a sus Oficinas Consulares en el Exterior, dentro de los límites que establece el Decreto Ley Nº 25957; Que los agregados, cualquiera que sea su natura- leza, dependerán del Jefe de Misión y actuarán como asesores de éste en toda negociación y gestión que competa a su especialización y deben cumplir además las instrucciones que les impartan; Que el Consulado General del Perú en Denver, Esta- dos Unidos de América, requiere, para el mejor cumplimiento de sus funciones, contar con los servicios de un especialista en el área administrativa; Teniendo en cuenta la opinión favorable de la Subse- cretaría de Administración;De conformidad con los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcio- narios públicos; el Decreto Ley Nº 25957, y la Resolu- ción Suprema Nº 0269-RE, de 28 de junio de 1995; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar en el cargo de confian- za de Agregada Civil, Nivel F-3 a la señora María Isabel Salazar Sánchez viuda de Vargas, en el Consulado Ge- neral del Perú en Denver, Estados Unidos de América. Artículo Segundo.- La citada funcionaria percibirá por concepto de remuneración por servicio exterior el correspondiente a su nivel en la sede donde desempeña sus funciones. Artículo Tercero.- La fecha en que deberá asumir funciones la citada funcionaria, será fijada por Resolu- ción Viceministerial. Artículo Cuarto.- Aplicar el egreso que origina la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 03587 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican conformación de Comisión Multisectorial encargada de implemen- tar medidas destinadas a la lucha con- tra el uso criminal de las tecnologías de la información RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2003-MTC Lima, 21 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 026-2002- MTC, se constituye una Comisión Multisectorial encar- gada de elaborar y proponer las acciones necesarias para la implementación de las medidas recomendadas en la Resolución Nº 55/63 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, destinadas a la lucha contra el uso criminal de las tecnologías de la información; Que, de acuerdo a lo establecido en la referida Resolu- ción Suprema, la Comisión Multisectorial, estará integra- da por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien la presidirá, un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, un represen- tante del Ministerio de Justicia, un representante del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Tele- comunicaciones, un representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática y un representante de la Defensoría del Pueblo; Que, la Defensoría del Pueblo con Carta Nº DP-2002- 053 del 22 de enero del 2003, manifiesta que en virtud de lo establecido en los artículos 9º y 26º de la Ley Nº 26520 - Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, realiza una labor de defensa de los derechos fundamen- tales y de supervisión, la misma que se expresa, a tra- vés de recomendaciones, sugerencias o recordatorios de los deberes legales de la administración pública, a fin de que se corrijan los actos o resoluciones de las autoridades o funcionarios públicos que impliquen una actuación irregular, morosa, negligente o arbitraria; ta- rea que exige independencia y que a su vez hace in- compatible su participación en Comisiones Multisecto- riales, como la constituida mediante la Resolución Su- prema Nº 026-2002-MTC, por lo que se ven precisados a solicitar se les exima de tal responsabilidad;