Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2003 (25/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 25 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo 2º.- La calificacion a las entidades sin fines de lucro como entidades perceptoras de donaciones para los fines dispuestos en el inciso x) del articulo 37º y el MORDAZA parrafo del articulo 49º de la Ley, sera otorgada mediante Resolucion Ministerial, para tal efecto dichas entidades deberan cumplir con presentar: a) Testimonio de la Escritura Publica de Constitucion donde figure su objeto social y fines, debidamente inscrito en los Registros Publicos. b) MORDAZA del estatuto en el cual se establezca que su patrimonio, en caso de disolucion, se destinara a fines iguales o semejantes a los establecidos en el inciso x) del articulo 37º de la Ley. La disposicion estatutaria a que se refiere el parrafo precedente no sera exigible a las Entidades e Instituciones de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX) constituidas en el extranjero. c) Documento con caracter de declaracion jurada emitida por el representante legal de la entidad sin fines de lucro en la cual declare que no distribuye directa o indirectamente las rentas generadas por la entidad, las mismas que deben ser destinadas a sus fines especificos. Articulo 3º.- Las entidades y dependencias del Sector Publico Nacional, excepto empresas, comprendidas dentro del inciso a) del articulo 18º de la Ley, se encuentran calificadas mediante la presente Resolucion Ministerial como entidades perceptoras de donaciones para los fines dispuesto en el inciso x) del articulo 37º y el MORDAZA parrafo del articulo 49º de la Ley. Articulo 4º.- La calificacion senalada en el articulo 2º sera por un periodo de 3 anos, pudiendo solicitarse la renovacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 03608

Que la Secretaria de Estado de Deportes, Educacion Fisica y Recreacion de MORDAZA MORDAZA curso invitacion al Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD), doctor MORDAZA Schiantarelli Sormani, para que asista a la "II Cumbre de Ministro de Deportes de Las Americas", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, del 23 al 25 de febrero; Que, asimismo el Presidente del Consejo Iberoamericano del Deporte ha convocado al Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano del Deporte a la "IX Asamblea General Ordinaria", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, del 25 de febrero al 2 de marzo de 2003; Que, de otro lado, en la Asamblea del Consejo Sudamericano del Deporte (CONSUDE) llevada a cabo en noviembre de 2002, en la MORDAZA de Talca, MORDAZA, se acordo convocar a una reunion extraordinaria del CONSUDE, en el MORDAZA de la reunion del Consejo Iberoamericano del Deporte en MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, a fin de definir la sede de los Juegos Sudamericanos Escolares 2003, sus bases y reglamentos, reunion que tendra lugar el 28 de febrero de 2003; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA Schiantarelli Sormani, Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD), a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, del 23 de febrero al 2 de marzo de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran sufragados con cargo al Presupuesto del Instituto Peruano del Deporte, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos : US$ 600.00 - Tarifa Corpac : US$ 25.00

EDUCACION
Autorizan viajes de representantes del IPD a Republica Dominicana y Dinamarca, para participar en eventos del CID, CONSUDE, AMA y en reunion de ministros de deportes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0294-2003-ED MORDAZA, 21 de febrero de 2003 Visto el Oficio Nº 187-2003-PE/IPD y demas documentos que se adjuntan;

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho de exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacion o clase a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 03589

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