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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2003 (02/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 247318 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de julio de 2003 Sustituyen Anexo de resolución mediante el cual se aceptaron dona-ciones de vehículos a favor del CuerpoGeneral de Bomberos Voluntarios del Perœ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 138-2003-EF Lima, 1 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 449-99-EF se aceptó y aprobó las donaciones realizadas por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios de Glashütten/Ts. de Alemania y Japan Firefighters Association de Japón a fa- vor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú consistentes en vehículos usados con sus accesorios; Que, las características de los 23 vehículos donados por Japan Firefighters Association de Japón fueron se- ñaladas en el Anexo de la Resolución Suprema Nº 449- 99-EF, no coincidiendo las características de uno de los vehículos con las consignadas en la Declaración Única de Importación Nº 118-98-10-026396-1, en consecuen- cia es necesario modificar el citado Anexo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi- ficatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Sustituir en el Anexo de la Resolución Suprema Nº 449-99-EF las características del vehícu- lo marca Nissan, Tipo Motobomba, Modelo Safari, Año 1981, Nº de Motor PF-3936 y con valor aproximado de¥ 300 000,00 por las siguientes: "... Marca Tipo Modelo Año Nº de Motor Valor Aproximado ¥ Nissan Camión de Safari 1982PF-017794 300 000,00 ..." Bombero Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 12477 Aprueban donaciones efectuadas a fa- vor del Despacho Presidencial y deINDECI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 139-2003-EF Lima, 1 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Fundación Educacional Satoe Gakuen e Ins- tituto Tecnológico de Saitama, de Japón han efectuadouna donación a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial consistente en un vehículo usado; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Or- denado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el De- creto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi- ficatorias; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, la donación efectuada por la Fundación Educacio- nal Satoe Gakuen e Instituto Tecnológico de Saitama de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presi- dencial, consistente en 1 automóvil usado, marca Maz- da, clase Station Wagon, modelo Demio, motor Nº B3707597, chasis Nº DW3W-388260 y año 1999, con un valor aproximado de ¥ 400 000,00 (Cuatrocientos Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 20 de mayo de 2002. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 12478 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 140-2003-EF Lima, 1 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Embajada del Perú en Canadá, Sección Con- sular y el Consulado General del Perú en Montreal han efectuado una donación, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- consistente en ropa usada que será destinada a los damnificados por la ola del frío en el sur del Perú; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi- ficatorias; y, Estando a lo acordado;