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PÆg. 247326 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de julio de 2003 bada por el Congreso de la República, mediante Resolu- ción Legislativa Nº 27998, de 2 de junio de 2003 con la siguiente declaración: 1.1 "De conformidad con el Artículo 103º de su Consti- tución Política, el Estado Peruano se adhiere a la "Con- vención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad", adop- tada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 26 de noviembre de 1968, para los crímenes que consa- gra la convención, cometidos con posterioridad a su en- trada en vigor para el Perú"; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase la "Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad" , adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 26 de no- viembre de 1968 y aprobada por el Congreso de la Repú- blica, mediante Resolución Legislativa Nº 27998, de 2 de junio de 2003 con la siguiente declaración: 1.1 "De conformidad con el Artículo 103º de su Consti- tución Política, el Estado Peruano se adhiere a la "Con- vención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad", adop- tada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 26 de noviembre de 1968, para los crímenes que consa- gra la convención, cometidos con posterioridad a su en- trada en vigor para el Perú". Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de julio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 12475 Nombran Cónsul General del Perœ en Londres, Reino Unido de Gran Bretaæae Irlanda del Norte RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 156-2003-RE Lima, 1 de julio de 2003 Considerando que el Consulado General del Perú en Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Nor- te, se encuentra vacante; De conformidad con los artículos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el artículo 121º inciso b) del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modifica- do por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85- RE, de 12 de marzo de 1985; y los artículos 131º y 132º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, Reglamento Con- sular de la República, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al Consejero en el Servi- cio Diplomático de la República, Luis Armando Montea- gudo Pacheco, Cónsul General del Perú en Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, a partir de la fecha. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0172-RE, de 28 de abril de 1988.Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 12481 Modifican la R.S. N” 0172-88-RE, en lo referido a jurisdicción y categoría deoficinas consulares del Perœ en CanadÆ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 157-2003-RE Lima, 1 de julio de 2003 Vista la Resolución Suprema Nº 0172-88-RE de fe- cha 28 de abril de 1988, que establece las jurisdicciones de las oficinas consulares del Perú en el exterior; Vistos los mensajes (SCP-DGC) 253 y 290 de fechas 8 de agosto y 7 de setiembre del 2002, dirigidos a la Embajada del Perú en Canadá, mediante los cuales se propone las nuevas jurisdicciones consulares en Cana- dá; Visto el mensaje 652 de fecha 9 de setiembre de 2002, en el que la Embajada del Perú en Canadá manifiesta su conformidad a la referida propuesta de nuevas jurisdic- ciones consulares; Vistos los mensajes 164 de fecha 9 de setiembre de 2002 y 293 de fecha 11 de setiembre de 2002, en que los Consulados del Perú en Vancouver y Montreal respecti- vamente, se pronuncian sobre la propuesta de nuevas jurisdicciones consulares en Canadá; Vistos el Facsímil 43 de fecha 6 de mayo de 2003 y el mensaje 357 de fecha 5 de mayo del 2003, mediante los cuales la Embajada del Perú en Canadá informa que la Cancillería Canadiense en su Nota Nº XDC-0899 del 29 de abril del 2003 ha tomado nota de las nuevas jurisdicciones consulares propuestas y que han efec- tuado las rectificaciones correspondientes en sus re- gistros; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Co- munidades Peruanas en el Exterior; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; y en los Artículos 16º, 17º y 18º del Reglamento Consular del Perú, así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares aprobada por el Decreto Ley Nº 21999; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Modificar la Resolución Suprema Nº 0172-88-RE de fecha 28 de abril de 1988, en lo que se refiere a la juris- dicción y categoría de las oficinas consulares del Perú en Canadá, de la siguiente manera: C A N A D Á MONTREAL Consulado General En las provincias de Quebec, (con excepción de las ciudades de Hull, Gatineau, Aylmer, Chel- sea, Maniwaki, Wakefield y Papineau), de Nue- va Brunswick, Nueva Escocia, Isla Príncipe Eduardo y Terranova. TORONTO Consulado General En la provincia de Ontario (con excepción de Jefatura de Servicios las ciudades de Kingston, Smith Falls, Thousand Consulares de la Zona Islands, Perth y Cornwell). Este JEFATURA DE SERVICIOS CONSULARES ZONA ESTE: Con jurisdicción para efectos de organización interna en las provincias de Que- bec, Nueva Brunswick, Nueva Escocia, Isla Prín- cipe Eduardo, Terranova, Ontario, Manitoba y Saskatchewan.