Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2003 (02/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 247327 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de julio de 2003 OTTAWA Sección Consular En Ottawa; en las ciudades de Kingston, Smith Falls, Thousand Islands, Perth y Cornwell en la provincia de Ontario; en las ciudades de Hull, Gatineau, Aylmer, Chelsea, Maniwaki, Wakefield y Papineau en la provincia de Quebec. WINNIPEG Consulado a cargo de En Winnipeg, Manitoba y Saskatchewan Cónsul Honorario QUEBEC Consulado a cargo de En la localidad Cónsul Honorario VANCOUVER Consulado General En las provincias de Columbia Británica, Alber- ta y los territorios del Nor-oeste, Yukon y Nuna- vut. Jefatura de Servicios JEFATURA DE LOS SERVICIOS CONSULA Consulares de la Zona RES ZONA OESTE: Con jurisdicción para efec- Oeste tos de organización interna en las provincias de Columbia Británica, Alberta y los Territorios del Noroeste, Yukon y Nunavut. CALGARY Consulado a cargo de En la localidad. Cónsul Honorario Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 12482 Autorizan al Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones y a la SUNAT elpago de cuotas a organismos interna-cionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 158-2003-RE Lima, 1 de julio de 2003 VISTO:El Oficio Nº 298-2003-MTC/09.01 de 20 de mayo del 2003, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice efec- tuar un pago adicional de la cuota del año 2003 a la Unión Postal Universal (UPU); CONSIDERANDO:Que el artículo 27º numeral 27.2 de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2003, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos interna- cionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negocia- ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene- ficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica in- ternacional; Que el monto autorizado con Resolución Suprema Nº 036-2003-RE de 4 de febrero de 2003, debido a la reva- lorización del franco suizo frente al dólar, ha devenido insuficiente; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago adicional de la cuota del año 2003 al mencionado orga- nismo internacional, con cargo al presupuesto del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones; Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el pago de UN MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 1 000,00), correspondiente al pago adicional de la cuota del año 2003 a la Unión Postal Universal (UPU). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 12483 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 159-2003-RE Lima, 1 de julio de 2003 VISTO:El Oficio Nº 091-2003-1A0000 de 30 de mayo de 2003, de la Superintendencia Nacional de Administración Tri- butaria (SUNAT), en el que solicita al Ministerio de Rela- ciones Exteriores la expedición de la Resolución Supre- ma que autorice el pago de cuotas al Centro Interameri- cano de Administración Tributaria (CIAT) y a la Organiza- ción Mundial de Aduanas (OMA); CONSIDERANDO: Que el artículo 27º numeral 27.2 de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2003, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos interna- cionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negocia- ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene- ficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica in- ternacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas a los mencionados organismos internacio- nales, con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria (SUNAT) efectuar el pago de cuotas a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO IMPORTE CENTRO INTERAMERICANO DE 35 736,00 (dólares americanos) ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS (CIAT) Pago de la cuota correspondiente al período 1 de julio 2003 - 30 de junio 2004 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE 17 941,29 (euros) ADUANAS (OMA) Pago de la cuota correspondiente al período 1 de julio 2003 - 30 de junio 2004 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Admi- nistración Tributaria (SUNAT).