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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2003 (02/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 247330 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de julio de 2003 mericano de Periodoncia", evento que se realizará en la ciudad de Lima, del 22 al 24 de octubre de 2003. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irro- ga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 12424 SALUD Autorizan adquisición de medicamen- tos para la Dirección de Salud II - LimaSur mediante proceso de adjudicaciónde menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 786-2003-SA/DM Lima, 26 de junio del 2003 VISTOS: El Oficio Nº 171-2003-DISA-II-LS-D.I.LOG.DEAA-DG, el Oficio Nº 299-03-DISA-II-LS-DG; el Informe Técnico Nº 029-2003-DI.LOG; los Oficios Núms. 1438-2003-OGAJ y 1648-2003-OGAJ e Informes Núms. 708-2003-OGAJ y 791-2003- OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica del Ministerio de Salud. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Artículo 19º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los pro- cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi- cación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia declaradas de conformidad con dicha norma legal, contrataciones que en virtud del Artículo 20º del mismo cuerpo legal se realizarán mediante proceso de Adju- dicación de Menor Cuantía; Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servi- cios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la adquisición de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, asimismo el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta- blece que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Informe Técnico Nº 029-2003-DI.LOG, elabo- rado la Dirección de Logística de la Dirección DISA II- LIMA SUR expone la necesidad técnica de exonerar la adquisición de 66 ítems de medicamentos contenidos en el Requerimiento de Urgencia elaborado por la Jefatura de Unidad de Farmacia, agregando que dicha Unidad sustentó, mediante informe técnico adjunto al requeri- miento, que cada uno de los medicamentos del requeri- miento de urgencia tiene la calidad de medicamentos in- dispensables para paliar el tiempo que dure la situación de urgencia e informando que se ha producido la ausen- cia extraordinaria e imprevisible de dichos medicamentos (su desabastecimiento) y precisando el tiempo que dura- rá el stock de cada uno de los medicamentos del reque- rimiento de urgencia, que tiene el almacén total de la DISA II- Lima Sur; Que, asimismo el Informe Técnico de la Dirección de Logística agrega que la adquisición de los medicamen-tos objeto del requerimiento de urgencia, se encuentra en trámite a través de la Licitación Pública Nº 003-2003- MINSA -Centralizada MINSA 2003, cuyo otorgamiento de la Buena Pro, de acuerdo al cronograma se encuentra programado para el 27 de junio del 2003, y teniendo en cuenta la fecha programada para el Otorgamiento de la Buena Pro de dicha licitación y que los plazos para la primera entrega es de 30 días desde la entrega de la orden de compra, calculando el ingreso de productos a la DISA para el mes de agosto aproximadamente; asimis- mo agrega dicho informe que en atención a la fecha de entrega proyectada en mención y al Informe Técnico de la Jefatura de Farmacia, se configurará una situación de urgencia y de desabastecimiento a partir del presente mes de junio hasta el mes de setiembre del 2003, perío- do que le fue informado a la Jefatura de Farmacia en virtud del cual, dicha área formuló el requerimiento de urgencia; Que, asimismo, dicho Informe Técnico señala que la situación de urgencia se fundamenta en que se ha denunciado la insuficiente disponibilidad de los medicamentos del requerimiento de urgencia, el cual es por las magnitudes mínimamente necesarias para paliar la urgencia, en tanto tiene como destino cubrir el período que demore la recepción de los medica- mentos provenientes del proceso de selección regu- lar en curso; agregando que se ha justificado cada uno de los ítems solicitados en cuanto a su objetivo y cantidad, demostrándose su necesidad para cubrir las atenciones en los establecimientos de salud de la DISA, por lo que considera necesaria la aprobación por el Ministerio de la exoneración por urgencia que se sustenta, a razón que su ausencia compromete en forma directa e inminente la continuidad de la aten- ción integral de salud; Que, el Informe Técnico indica que en cuanto a la imprevisibilidad de la necesidad y su carácter extraordi- nario, se tiene que la L.P Nº 001-2003-DISA II-LS-SIS- MED convocada el 08.04.03 para la Adquisición de Me- dicamentos y Material Médico y Odontológico (adqui- sición que comprendía los medicamentos del requeri- miento de urgencia y que cubriría su necesidad hasta por un período de 2 meses), se declaró nula por R.D. Nº 437-03-DISA II-LS/DG el 9.5.03, ante observacio- nes formuladas por el Consejo Superior de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado; que mediante R.D. Nº 0456-03-DISA-II-LS/DG del 15.5.03 se aprobó erró- neamente una exoneración por Situación de Urgencia por la misma DISA, la cual fue declarada Nula de Ofi- cio mediante R.D. Nº 0478-03-DISA-II-LS/DG del 26.5.03; y que la L.P Nº 003-2003-MINSA, ha sido con- vocada recién con fecha 18.5.03, esperándose que en virtud de la misma se cubran los requerimientos necesarios para un período de 12 meses; Que, de otro lado, el Informe Técnico Nº029-2003-DI- LOG no ha recurrido a las ampliaciones de contrato pre- vistas en el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que el Informe Nº 271-2003-DISA II-LS-OPLAN se sustenta la existencia de disponibilidad presupuestal por el valor referencial total solicitado (S/. 931 798.00 Nue- vos Soles) con fuente de financiamiento de recursos di- rectamente recaudados SISMED-2003; Con la visación de la Dirección General de la Direc- ción de Salud II- Lima Sur y la Oficina General de Aseso- ría Jurídica del Ministerio de Salud y de conformidad con el Artículo 8º literales d) y l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia la adquisición de medicamentos contenidos en el requeri- miento de urgencia anexo para la Dirección de Salud II - Lima Sur por el período comprendido desde 27.6.03 hasta el 31.8.03, por un valor referencial total de S/. 931 798.00 (novecientos treinta y un mil setecien- tos noventa y ocho y 00/100 Nuevos Soles). Dicha adquisición se realizará mediante proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía, con cargo a la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados SISMED 2003, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado.