Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2003 (02/07/2003)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

Que, mediante el Acta Presidencial de Brasilia, los gobiernos del Peru y Ecuador suscribieron entre otros instrumentos bilaterales, el Acuerdo Amplio Peruano Ecuatoriano de Integracion Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, que contempla el Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza, asi como sus mecanismos de financiamiento; Que el Plan Binacional se compone de cuatro Programas, que tienen como objetivo lograr el desarrollo de la region fronteriza de ambos paises. De ellos, el Programa "A" corresponde a los programas binacionales, en cuyo contexto se ubica el manejo de cuencas transfronterizas, una de las cuales es la MORDAZA MORDAZA - Chira; Que la mision tecnica espanola convocada por la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional - AECI, en coordinacion con los Capitulos Peruano y Ecuatoriano del Plan Binacional trabajo en el MORDAZA de identificacion y formulacion del Proyecto considerado en el Titulo V, Anexo 5 del Plan Binacional denominado Manejo de la MORDAZA Hidrografica MORDAZA - Chira; Que en MORDAZA del 2001 se constituyo la Unidad de Gestion del Proyecto, integrada por una Codirectora de designada por la AECI, un Codirector designado por el Peru y un Codirector designado por Ecuador y que esta instancia depende de un Directorio del Proyecto, compuesto por los Directores Ejecutivos de los Capitulos Peruano y Ecuatoriano y los representantes de la AECI en MORDAZA y Quito; Que los Capitulos Peruano y Ecuatoriano del Plan Binacional y la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional, suscribieron el 19 de noviembre de 2001 el Acta de Aprobacion del Documento Definitivo para la ejecucion del Proyecto de Desarrollo de la MORDAZA MORDAZA Chira para el periodo 2002 - 2006; el mismo que el dia 12 de diciembre de 2001 fuera ratificado por los Ministros de Relaciones Exteriores del Peru, Ecuador, y los Embajadores de Espana en el Peru y Ecuador; Que el Proyecto Binacional de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de la MORDAZA MORDAZA - Chira plantea el manejo binacional de los recursos de la MORDAZA, entre los cuales, el primero y principal, es el manejo del agua; Que, el mencionado Proyecto incluye diversas lineas tematicas que se encuentran bajo la responsabilidad de diversas dependencias del Estado, por lo que resulta conveniente la participacion de diversos sectores, segun su atribucion y competencias, requiriendose, en consecuencia, de un esfuerzo de coordinacion interinstitucional a fin de garantizar resultados tecnicos optimos; Que el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, organismo publico que integraba la Comision Nacional de Fronteras, y que tenia competencia en todos los proyectos que se ejecuten en su ambito, suscribio un Convenio con el Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru - Ecuador para la ejecucion nacional de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de la MORDAZA MORDAZA Chira, el 27 de marzo de 2002; Que el Gobierno Regional de MORDAZA, en virtud de la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, del 6 de marzo de 2002; la Ley de Bases de la Regionalizacion Ley Nº 27783 del 16 de MORDAZA, y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 del 8 de noviembre de 2002, que la constituye y otorga facultades para la ejecucion del Presupuesto Regional-, suscribio un Addendum con el Plan Binacional ratificando los compromisos anteriormente contraidos por el ex CTAR MORDAZA con el Capitulo Peruano del Plan Binacional Peru Ecuador; Que, en tal sentido resulta conveniente conformar un Comite Tecnico Multisectorial que tendra como mision proveer a la Direccion Ejecutiva del Plan Binacional de elementos que apoyen el MORDAZA de toma de decisiones en la ejecucion del Proyecto, y que permitan se efectue un seguimiento sistematico del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 1), 3) y 8) del Art. 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Constituir un Comite Tecnico Multisectorial Nacional peruano para el Proyecto Binacional de

Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de la MORDAZA MORDAZA - Chira. Articulo 2º.- El Comite Tecnico Multisectorial Nacional, en adelante Comite Tecnico, estara conformado por un representante de: - La Direccion Ejecutiva Nacional del Capitulo Peruano del Plan Binacional, quien lo preside. - Ministerio de Agricultura. - Ministerio de Educacion. - Gobierno Regional de Piura. - Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. - Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. - Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA. Articulo 3º.- Las Instituciones citadas en el articulo precedente deberan designar ante la Direccion Ejecutiva Nacional del Plan Binacional, Capitulo Peru, a sus representantes titular y alterno ante el Comite Tecnico Multisectorial en un plazo no mayor de cinco (cinco) dias utiles, contados a partir del siguiente dia de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA QUIJANDRIA Ministro de Agricultura 12472

Modifican decreto supremo que creo la Oficina Nacional de Desarrollo Fronterizo
DECRETO SUPREMO Nº 080-2003-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el articulo 5º de la Ley Nº 26222, Ley MORDAZA de Descentralizacion, dispone que los ministerios estableceran su organizacion y funciones tomando en cuenta la organizacion y competencias de las instancias descentralizadas del Estado; Que los articulos 1º y 4º de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion con la finalidad de construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano, asi como establece como uno de los objetivos de este MORDAZA el alcanzar un Estado descentralizado y desconcentrado; Que en ese MORDAZA normativo, se crean mediante Decreto Supremo Nº 020-2002-RE de 7 de marzo del 2002, las Oficinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores, como organos de linea de la Direccion General de Coordinacion, las cuales tienen relacion funcional con la Oficina Nacional del Desarrollo Fronterizo para los asuntos que atanen a los temas de su competencia; Que las Oficinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones tienen por objeto, impulsar la ejecucion de la estrategia de desarrollo fronterizo del MORDAZA, la insercion de capacidades locales en la economia regional y mundial y el aprovechamiento eficiente, en las zonas concernidas, de los acuerdos binacionales y regionales de integracion y cooperacion en los que participa el Peru, apoyando el MORDAZA de descentralizacion del pais; Que el Decreto Supremo Nº 072-2001-RE de 24 de setiembre de 2001, crea como organo de linea, la Ofici-

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