Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2003 (05/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 247534

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

Articulo 19º.- Los Comites Tecnicos de Programa estan integrados adicionalmente por representantes de organismos publicos y de la sociedad civil vinculados con los MORDAZA de la UNESCO, propuestos por cada Comite y ratificados por el Comite Ejecutivo. Articulo 20º.- Son funciones de los Comites Tecnicos de Programa: a) Analizar y estudiar el Proyecto de Programa y Presupuesto de la UNESCO. b) Elaborar propuestas para ser presentadas al Comite Ejecutivo. c) Mantener informado al Comite Ejecutivo de la ejecucion de las acciones realizadas. d) Crear los Subcomites que consideren necesario. e) Elaborar un informe anual de las acciones realizadas. f) Implementar y evaluar las actividades que le derive y encargue el Comite Ejecutivo. Articulo 21º.- Son funciones de los Coordinadores de los Comites Tecnicos de Programa: a) Convocar y dirigir las sesiones de los Comites Tecnicos de Programa. b) Convocar a expertos en los temas de su competencia. Articulo 22º.- Sesiones de los Comites Tecnicos de Programa: Los Comites Tecnicos de Programa sesionaran por lo menos seis veces al ano, convocados por el coordinador respectivo. Adicionalmente sesionaran cuando MORDAZA convocados por un MORDAZA de sus miembros. Articulo 23º.- Quorum: El quorum requerido para sesionar en los Comites Tecnicos de Programa es la mayoria simple de sus miembros y las decisiones se adoptaran por mayoria simple de los presentes en cada sesion.

evaluara las propuestas y las presentara al Comite Ejecutivo. Posteriormente se encargara del monitoreo y de la verificacion de la rendicion de cuentas de los proyectos ejecutados. Articulo 26º.- Son funciones del Secretario General: a) Integrar el Comite Ejecutivo de la Comision Nacional, con voz y sin voto. b) Dirigir la Secretaria General y todo lo relacionado a la organizacion administrativa y presupuestal de la "Comision Nacional". c) Informar al Presidente de la "Comision Nacional" y al Presidente del Comite Ejecutivo sobre el funcionamiento de la Secretaria General. d) Suscribir convenios, contratos y acuerdos delegados por el Presidente de la "Comision Nacional", previo pronunciamiento del Comite Ejecutivo. Articulo 27º.- La Secretaria General de la "Comision Nacional" cuenta con un equipo de profesionales y personal administrativo necesario. Funciona en las instalaciones del Ministerio de Educacion, quien le asignara los recursos logisticos y presupuestarios en funcion a sus posibilidades.

Disposiciones Finales
Articulo Primero.- El reglamento elaborado por la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO, segun lo facultado por el articulo 4º del D.S. Nº 037-2002ED y sus modificaciones, sera refrendado por Resolucion Ministerial del Sector Educacion. MORDAZA, 18 de junio de 2003 12608 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0751-2003-ED Mediante Oficio Nº 760-2003-ME/SG, el Ministerio de Educacion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 0751-2003-ED, publicada en nuestra edicion del 26 de junio de 2003, en la pagina 246666. DICE: "... al senor MORDAZA Ismodes Cayro." DEBE DECIR: "... al senor MORDAZA Ismodes Cairo." 12610

Capitulo VI Secretaria General
Articulo 24º.- La Secretaria General es el organo tecnico-administrativo de la "Comision Nacional". Esta a cargo de la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio de Educacion. El Secretario General es el Jefe de la Oficina de Cooperacion Internacional, designado para dicho efecto mediante Resolucion Ministerial. Articulo 25º.- Son funciones de la Secretaria General: a) Velar por la marcha tecnico-administrativa de la "Comision Nacional". b) Mantener coordinacion permanente con los Comites Tecnicos de Programa. c) Coordinar la participacion y el aporte de los sectores nacionales pertinentes en la elaboracion, ejecucion y evaluacion del programa y presupuesto de la organizacion. d) Presentar al Comite Ejecutivo la propuesta de presupuesto de la "Comision Nacional". e) Fomentar la participacion de la sociedad civil en las actividades de la "Comision Nacional". f) Difundir las actividades de la "Comision Nacional". g) Llevar un registro de Clubes y Escuelas Asociadas de la UNESCO. h) Encargarse del Centro de Documentacion. i) Mantener la relacion con Comisiones Nacionales de otros paises a fin de fortalecer la accion de la Comision Nacional Peruana, en funcion de estrategias regionales y subregionales. j) Fortalecer la relacion con las Comisiones Nacionales en funcion de estrategias regionales. k) Mantener una fluida coordinacion con la delegacion permanente del Peru ante la UNESCO, asi como con la oficina encargada de UNESCO en el Ministerio de Relaciones Exteriores. l) Fortalecer la relacion entre la Secretaria General, los Centros y Oficinas Regionales de la UNESCO. m) Propiciar, apoyar acciones y promover la suscripcion de convenios que reafirmen las relaciones nacionales e internacionales en los MORDAZA de interes de la UNESCO. n) Llevar el archivo documentario de la "Comision Nacional". o) En el MORDAZA del Programa de Participacion, la Secretaria General convocara a la MORDAZA de proyectos,

ENERGIA Y MINAS
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 023-2003-EM Mediante Oficio Nº 549-2003-EM/SG, el Ministerio de Energia y Minas solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 023-2003-EM, publicado en la edicion del 27 de junio de 2003, en la pagina 246730. Articulo 2º.- Autorizacion de adquirir acciones y derechos. En los numerales 7 y 8. DICE: 7. CIRROSIS 7 8. CIRROSIS 8 DEBE DECIR: 7. CIRROSIS 7 8. CIRROSIS 8 12789 01-00714-02 01-01008-02 422.67 1000.0000 01-00714-01 01-01008-01 500.0000 1000.0000

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.