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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2003 (05/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 247542 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, y la Ter-cera Disposición Transitoria, Complementaria y Final de laLey Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regiona-les, modificada por el artículo 7º de la Ley Nº 27902, esta-blece que en el año 2003 se inicia el proceso de transfe-rencia a los Gobiernos Regionales y Locales, según co-rresponda, de los fondos y proyectos sociales, programassociales de lucha contra la pobreza y proyectos de inver-sión de infraestructura productiva de alcance regional, enfunción de las capacidades de gestión de cada gobiernoregional y local; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM se aprueba el cronograma de transferencias para el Año 2003a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos yProyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contrala Pobreza, y Proyectos de Inversión en Infraestructura Pro-ductiva de alcance Regional, entre los cuales se encuentrael Proyecto Especial Olmos Tinajones, a cargo del InstitutoNacional de Desarrollo; Que, en virtud de lo antes señalado y a efectos concre- tar la mencionada transferencia y de que el Gobierno Re-gional Lambayeque continúe con la ejecución de accionesy obras previstas en el presupuesto del presente año fis-cal, es necesario efectuar una Transferencia de Partidasdel Instituto Nacional de Desarrollo (Unidad Ejecutora Ol-mos-Tinajones) al citado Gobierno Regional; Que, en el actual contexto y por acuerdo entre el Go- bierno Regional Lambayeque y del Gobierno Nacional, através del Instituto Nacional de Desarrollo, resulta conve-niente modificar el Reglamento de Organización y Funcio-nes del Proyecto Especial Olmos Tinajones, aprobado me-diante Resolución Jefatural Nº 165-2001-INADE-1100, conel objeto de constituir un órgano de dirección en el que par-ticipen representantes del Gobierno Regional, GobiernoNacional y de la Sociedad Civil a través de la Junta de Usua-rios de Riego; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y de con-formidad con lo dispuesto en el artículo 38º de la Ley Nº27209 – Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, QuintaDisposición Transitoria de la Ley Nº 27783 - Ley de Basesde la Descentralización y de la Cuarta Disposición Com-plementaria Transitoria de la Ley Nº 27879 – Ley de Presu-puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Concretar la Transferencia del Proyec- to Especial Olmos Tinajones al Gobierno Regional Lam-bayeque Considérese efectuada la transferencia del Proyecto Especial Olmos Tinajones al Gobierno Regional Lambaye-que, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCMdesde la fecha de suscripción de las Actas de Entrega yRecepción al que se refiere el numeral 6.3.6 de la DirectivaNº 002-CND-P-2003, aprobada mediante Resolución Pre-sidencial Nº 070-CND-P-2003. Artículo 2º.- Autorización de Transferencias de Par- tidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, hastapor DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS NOVENTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SO-LES (S/.2 822 798,00) , por toda fuente de financiamiento, de acuerdo al siguiente detalle: DE (En nuevos soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPLIEGO 313 : Instituto Nacional de Desarrollo 2 822 798,00 Unidad Ejecutora 004 : Olmos Tinajones 2 822 798,00 Fuente de Financiamiento 09 : Rec. Directamente Recaudados 460 689,00 14 : Rec. por Privatización y Concesiones 2 362 109,00 A SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPLIEGOS 452 : Gobierno Regional Lambayeque 2 822 798,00Unidad Ejecutora 002 : Proyecto Especial Olmos Tinajones 2 822 798,00 Fuente de Financiamiento 09 : Rec. Directamente Recaudados 460 689,00 14 : Rec. por Privatización y Concesiones 2 362 109,00 Artículo 3º.- Obligación de desagregar las Transfe- rencias de Partidas El Pliego Habilitador y el Pliego Habilitado comprendido en el presente dispositivo desagregan, en anexos, el deta-lle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo precedente, a nivel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenéricadel Ingreso y Específica del ingreso. Los citados anexos son presentados a la Dirección Na- cional del Presupuesto Público dentro de los cinco (5) díassiguientes de la aprobación del presente dispositivo. Artículo 4º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del PresupuestoPúblico las codificaciones que se requieran como conse- cuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingre- sos, así como Componentes, Finalidades de Meta y Unida-des de Medida. Artículo 5º.- Notas de Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas paraModificación Presupuestaria” que se requieran, como con- secuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 6º .- Creación de Consejo Directivo en el Pro- yecto Especial Olmos Tinajones Constitúyase un Consejo Directivo en el Proyecto Es- pecial Olmos Tinajones, como máximo órgano de la enti- dad, encargado de establecer las políticas, planes, activi- dades, metas y estrategias de la Institución. Asimismo, su-pervisa la administración general y marcha institucional. El Consejo Directivo estará conformado por: - Tres (03) representantes del Gobierno Regional, entre los cuales estará el Presidente del Gobierno Regional o su representante, quien lo presidirá; - Dos (02) representantes del Instituto Nacional de De- sarrollo como parte del Gobierno Nacional, entre los cua- les el Gobierno Regional designará al Director Ejecutivo; - Un (01) representante del Ministerio de Agricultura; - Un (01) representante de la(s) Junta(s) de Usuarios de Riego. El cargo de miembro del Consejo Directivo es personal e indelegable y su designación es por el plazo de 2 años,pudiendo ser renovado por una vez. Mediante Resolución de Consejo Regional del Gobier- no Regional Lambayeque, se emitirán las disposicionescomplementarias y necesarias para adecuar el Reglamen- to de Organización y Funciones del Proyecto Especial Ol- mos Tinajones a los alcances de la presente norma, asícomo para modificar en adelante dicho instrumento de ges- tión. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivien-da, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Econo- mía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas