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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2003 (05/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 247549 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de julio de 2003 RESOLUCIÓN SBS Nº 968-2003 Lima, 30 de junio de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por la EDPYME EDYFICAR, para que se le autorice la apertura de 4 Oficinas Especiales ubi-cadas en: - Av. Ramón Castilla 398, distrito de Chulucanas, pro- vincia de Morropón, departamento de Piura, - Jr. Sucre 1210, distrito de Caraz, provincia de Hua- ylas, departamento de Ancash, - Jr. 2 de Mayo 560, distrito de Celendín, provincia de Celendín, departamento de Cajamarca, y - Av. Luis Ormeño Mz. J Lt. E 12, distrito de Casma, provincia de Casma, departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO:Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero "E" medianteInforme Nº DESF "E" 034-2003/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros, Ley Nº 26702, la Resolución SBS Nº 1276-2002,la Circular SBS Nº EDYPYME 13-97, y el procedimiento Nº11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos apro-bado mediante Resolución SBS Nº 131-2002; y en virtudde la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME EDYFICAR la apertura de 4 Oficinas Especiales ubicadas en: - Av. Ramón Castilla 398, distrito de Chulucanas, pro- vincia de Morropón, departamento de Piura, - Jr. Sucre 1210, distrito de Caraz, provincia de Hua- ylas, departamento de Ancash, - Jr. 2 de Mayo 560, distrito de Celendín, provincia de Celendín, departamento de Cajamarca, y - Av. Luis Ormeño Mz. J Lt. E 12, distrito de Casma, provincia de Casma, departamento de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 12633 UNIVERSIDADES Autorizan contratar servicios de publicidad para el Segundo Semestre2003 del Centro de Estudios Preuni-versitarios de la Universidad Nacionalde Ingeniería, mediante adjudicación demenor cuantía UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0754 Lima, 3 de julio de 2003 Visto el Oficio Nº 402-2003-OCL-ABAST de fecha 27 de junio de 2003 del Jefe (e) de la Oficina Central de Logís-tica solicitando la Exoneración del Proceso de Adjudica-ción Directa por el Servicio de Publicidad, para el SegundoSemestre 2003, del Centro de Estudios Pre-Universitariosde la Universidad Nacional de Ingeniería (CEPRE-UNI); CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 0594-2003/CEPREUNI el Di- rector del CEPRE-UNI, solicita exoneración al proceso deAdjudicación Directa por el servicio de publicidad a través de medios de comunicación radial, televisiva y escrita, dedifusión masiva, para atender los requerimientos de publi-cidad del Centro de Estudios Pre-Universitarios de la Uni-versidad Nacional de Ingeniería (CEPRE-UNI), para el se-gundo semestre del 2003; Que, sustenta su pedido en el Informe Técnico que acompaña al referido oficio, en el que se señala, que luegode efectuado el análisis de mercado, resulta procedente lacontratación de los servicios de publicidad en radio, televi-sión y prensa, por los siguientes medios, Radio Progra-mas, Radio Studio 92, Radio Okey, Panamericana Televi-sión, América Televisión, La República y Revista ETECE,respectivamente, por un monto referencial de US$20,364.59 (Veinte Mil Trescientos Sesenta y Cuatro y 59/100 Dólares Americanos); Que, mediante Informe Legal Nº 205-OCAL, la Oficina Central de Asesoría Legal, ha cumplido con emitir el Infor-me Legal de acuerdo a lo establecido en los artículos 20º y113º Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - "Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado" y en su Regla-mento, aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, respectivamente; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta-blece que se encuentran exonerados de los procesos de Lici-tación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, alos procesos de selección para la concentración de serviciospersonalísimos, procediendo su contratación conforme lo dis-puesto por el artículo 20º de dicho texto, concordante con elartículo 113º de su Reglamento, mediante una Adjudicaciónde Menor Cuantía, debiendo aprobarse tales exoneracionesa través de resolución del Titular del Pliego; Que, el artículo 111º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, modificado por Decretos Supremos Nº 125-2002-PCM y Nº 041-2003-PCM, establece que de conformidadcon el inciso h) del artículo 19º de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados delproceso de selección, los servicios de publicidad que pres-tan al Estado los medios de comunicación televisiva, ra-dial, escrita o cualquier otro medio, en atención a las ca-racterísticas particulares que los distinguen; Que, los artículos 105º y 116º del referido Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, establecen los procedimientos aque deben ceñirse las contrataciones de menor cuantía, conla indicación de que la autoridad competente que aprueba laexoneración, deberá indicar el órgano o dependencia quese encargará de llevar a cabo la Adquisición requerida; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, su Reglamento, y el artículo 33º, Inc. b), de la LeyUniversitaria Nº 23733, concordante con el artículo 52º, Inc.c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adju- dicación Directa para la contratación de medios de comunica-ción radial, televisiva y escrita, de difusión masiva, por losServicios de Publicidad, para el Segundo Semestre 2003, delCentro de Estudios Pre-Universitarios de la Universidad Na-cional de Ingeniería (CEPRE-UNI), por un monto referencialde US$ 20,364.59 (Veinte Mil Trescientos Sesenta y Cuatro y59/100 Dólares Americanos), según detalle: Radio Programas : US$ 2761.20 Radio Studio 92 : US$ 2867.40Radio Okey : US$ 2867.40Panamericana Televisión : US$ 4885.20América Televisión : US$ 4130.00La República : US$ 1983.39Revista ETECE : US$ 870.00TOTAL : US$ 20,364.59 Artículo 2º.- Autorícese la contratación del referido Servicio de Publicidad, mediante un Proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía con cargo a la fuente de financia-miento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- La adquisición que se efectuará en virtud de la presente Resolución Rectoral, está a cargo de la Ofi-cina Central de Logística de la Universidad Nacional de In-geniería. Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución Rectoral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asi-mismo que se remita copia de la presente Resolución Rec-