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PÆg. 247540 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de julio de 2003 De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º in- ciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo entre la Repúbli- ca del Perú y la República de Colombia para combatirel Tráfico de Aeronaves presuntamente comprometidasen el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Delitos Co-nexos", suscrito en la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia, el 11 de octubre de 2002 y aprobado por elCongreso de la República, mediante Resolución Legisla-tiva Nº 27966, de 24 de abril de 2003. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, el primer día del mes de julio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 12808 Ratifican Acuerdo suscrito con el Minis- terio de Defensa Nacional de la Repœbli-ca de Colombia para combatir las Activi-dades Ilícitas en los Ríos FronterizosComunes DECRETO SUPREMO Nº 086-2003-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo entre el Ministerio de Defensa de la República del Perú y el Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia para combatir las ActividadesIlícitas en los Ríos Fronterizos Comunes", fue suscrito en la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia, el 11 de octu-bre de 2002 y aprobado por el Congreso de la República, me-diante Resolución Legislativa Nº 27967, de 24 de abril de 2003; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artí-culo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo entre el Ministe- rio de Defensa de la República del Perú y el Ministeriode Defensa Nacional de la República de Colombia paracombatir las Actividades Ilícitas en los Ríos Fronteri-zos Comunes", suscrito en la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia, el 11 de octubre de 2002 y apro-bado por el Congreso de la República, mediante Resolu-ción Legislativa Nº 27967, de 24 de abril de 2003. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, el primer día del mes de julio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 12809 Ratifican Acuerdo de Sede suscrito con el Instituto para la Democracia yAsistencia Electoral acerca de su Esta- tus Legal en la Repœblica del Perœ DECRETO SUPREMO Nº 087-2003-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que con fecha 12 de febrero de 2003, fue suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú el "Acuerdo de Sede entre la República del Perú y el Instituto para la Demo- cracia y la Asistencia Electoral acerca de su Estatus Legal en la República del Perú"; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presi-dente de la República para celebrar, ratificar o adherirse a éstos, sin el requisito de la aprobación previa del Con- greso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Sede entre la República del Perú y el Instituto para la Democracia y la Asistencia Electoral acerca de su Estatus Legal en laRepública del Perú" , suscrito en la ciudad de Lima, Repú- blica del Perú, el 12 de febrero de 2003. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de julio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 12810 Ratifican Convenio de Cooperación en Materia de Salud suscrito con laRepœblica Argentina DECRETO SUPREMO Nº 088-2003-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 19 de mayo de 2003, fue suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú el "Convenio de Co- operación en Materia de Salud entre la República del Perú y la República Argentina" ; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículo 57º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presi- dente de la República para celebrar, ratificar o adherirsea éstos, sin el requisito de la aprobación previa del Con- greso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Convenio de Cooperación en Materia de Salud entre la República del Perú y la República Argentina" , suscrito en la ciudad de Lima, Re- pública del Perú, el 19 de mayo de 2003. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de julio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 12811