Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2003 (10/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA - PAMPAS VISTO: El Informe Nº 010-ENAP/DPP/MPT-P-2003, presentado por la Oficina de Planificacion y Presupuesto, en la que propone la aprobacion de la distribucion de recursos asignados por el Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) fuente de financiamiento 07; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27209 de Gestion Presupuestaria del Estado, se establecen las Normas y Procedimientos que rigen las distintas fases del MORDAZA presupuestario y los mecanismos operativos que permiten optimizar la Gestion Administrativa y Financiera del Estado; Que, mediante Acuerdo de Concejo de fecha 15 de diciembre del ano 2002 y Resolucion de Alcaldia Nº 0932002-MPT-P de la misma fecha, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Provincial de Tayacaja - Pampas para el ejercicio fiscal (PIA) 2003; Que, de acuerdo al Articulo 47º de la Ley Nº 27783, establece que a partir del ejercicio presupuestal 2003, los recursos que perciban las Municipalidades del Fondo de Compensacion Municipal, seran utilizados para los fines que acuerde el Concejo Municipal respectivo, determinandose los porcentajes de aplicacion para gastos corrientes y de capital; Con el MORDAZA unanime de sus miembros y en aplicacion a lo dispuesto en los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, en concordancia con el Reglamento Interno del Concejo; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la distribucion para el ejercicio fiscal 2003, de los recursos asignados por el Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) en un 45% para gastos corrientes y un 55% para gastos de capital, respectivamente. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Planificacion y Presupuesto la modificacion presupuestaria para el ejercicio fiscal 2003, por la fuente de financiamiento 07 - Fondo de Compensacion Municipal, contemplado en el presente Acuerdo de Concejo. Articulo Tercero.- ORDENAR su cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, a la Direccion Municipal y demas Unidades Organicas que por su naturaleza de sus funciones tengan injerencia con el presente. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MACISTE A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12916

bre las Dietas de los senores Regidores por asistencia a las sesiones de Concejo y MORDAZA del Alcalde; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que los Alcaldes y Regidores son rentados conforme lo permite el presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad previo Acuerdo del Concejo Municipal, aplicandose los montos que determinan o autorizan las normas sobre remuneraciones para sus respectivos rangos; Que, conforme se establece en el primer parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 26317, el Concejo Municipal debe sesionar ordinariamente cuando menos una vez por quince dias y los Regidores pueden percibir Dietas hasta por un MORDAZA de cuatro (4) sesiones al mes; Que, el monto mensual de las Dietas ha sido previsto en el presupuesto de la Municipalidad Provincial de Tayacaja - Pampas, aprobado mediante Acuerdo de Concejo y Resolucion de Alcaldia Nº 093-2002-MPT-P de fecha 15 de diciembre del 2002, para el presente ano fiscal; Que, el Articulo 3º de la Ley Nº 26317 establece que el acuerdo para fijar el monto de la Dieta se adopta una vez por ano hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal; Con el MORDAZA unanime de sus miembros, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en concordancia con el Reglamento Interno del Concejo y de conformidad con la Ley Nº 26317; SE RESUELVE: Primero.- FIJAR en 0.322583 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Provincial de Tayacaja - Pampas, durante el Ejercicio Presupuestal 2003, por su asistencia efectiva a Sesion de Concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de dos sesiones al mes. Segundo.- FIJAR en 1.68 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) el monto de la remuneracion del senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Tayacaja - Pampas, durante el Ejercicio Presupuestal 2003. Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion y Unidad de Recursos Humanos e Informatica, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo en cuanto les corresponda. Dado en el Palacio Municipal, en Pampas, a los veinte dias del mes de marzo del ano dos mil tres. Registrese, publiquese, comuniquese, cumplase y archivese. MACISTE A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12917

Establecen montos de dieta de regidores y de remuneracion del MORDAZA de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-MPT-2003

Pampas, 20 de marzo del 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA - PAMPAS VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 19.MAR.2003, la propuesta del Pleno de Concejo, so-

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio anual 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 035-MPT-2003

Pampas, 9 de MORDAZA del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA - PAMPAS

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