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PÆg. 247931 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de julio de 2003 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Establecen requisitos y derechos para obtención del Certificado de numera-ción de finca ORDENANZA Nº 046-2003-MDI Independencia, 30 de junio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Independencia, en Sesión Or- dinaria celebrada el día treinta de junio del dos mil tres,vistos los Informes Nº 290-2003/SGCCU/GDU/MDI sobre Implementación del Programa de Catastro; Nº 036-2003- GDU/MDI, Nº 051-2003-GDU-MDI y Nº 333-2003-SGCCU-MDI/MDI sobre el Programa de Nomenclatura Vial y Nume- ración de Predios; Nº 056-2003-SGPPR/GG/MDI sobre Cobertura Presupuestal y Nº 562-SGCCU/GDU/MDI sobreProyecto de Ordenanza sobre certificado de numeración. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 192º de la Consti- tución Política del Perú, las municipalidades tienen com- petencia para administrar sus bienes y rentas así como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi-trios, licencias y derechos municipales; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú y el numeral 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, consagran la competencia de lasMunicipalidades para crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar del D.S. Nº 135- 99-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario, esta- blece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanzapueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante la Ordenanza Nº 030-2002-MDI de fecha 19 de agosto de 2002 se aprobó el TUPA de la Municipalidad Distrital de Independencia, cuyo ítem 5de la Subgerencia de Catastro y Control Urbano recoge el procedimiento denominado Certificado de numeración de finca, asignación y registro y establece los requisitosy derechos que le corresponden; Que, mediante Informe Nº 333-2003-SGCCU-GDU/ MDI de fecha 4 de abril del 2003 la mencionada Subge-rencia de Catastro y Control Urbano sustentó la conve- niencia de reducir el monto correspondiente a este de- recho, por considerar que no existe un manual de códi-go de vías del distrito que permita la implementación del catastro urbano integral; Estando a lo dispuesto por el numeral 4) del artículo 192º de la Constitución Política del Perú y de conformi- dad con el numeral 5. del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; APROBÓ LA SIGUIENTE: ORDENANZA REDUCEN MONTO DEL DERECHO CORRESPONDIENTE A LA OBTENCIÓN DE LA CONSTANCIA DEL CERTIFICADO DE NUMERACIÓN DE FINCA PARA TODO EL DISTRITO Artículo Primero.- Establecer como requisitos y de- rechos correspondientes a la obtención del Certificadode numeración de finca, asignación y registro, recogido por el ítem 5 del rubro correspondiente a la Subgeren-cia de Catastro y Control Urbano de la Gerencia de Desarrollo Urbano del TUPA, los siguientes: Formulario S/. 6.00 0.19% UIT Pago Puerta Principal S/. 25.00 0.81% UIT Pago por Puerta Adicional S/. 20.00 0.65% UIT TOTAL: S/. 51.00 (Costo según TUPA con descuento de la Inspección Técnica) TOTAL: S/. 50.00 (Para predios con dos o más puertas) TOTAL: S/. 31.00 (Para predios con una sola puerta) Artículo Segundo.- El presente beneficio entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su publi-cación en el Diario Oficial El Peruano y se extenderá hasta el último día hábil del mes de setiembre del presente año. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para dictar las disposi- ciones complementarias que sean necesarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza. Dado en el Local Municipal, a los treinta días del mes de junio del año dos mil tres. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 12913 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Disponen el embanderamiento general de predios del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2003 La Molina, 7 de julio de 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA;CONSIDERANDO: Que, el 28 de Julio próximo se celebrará el Centési- mo Octogésimo Segundo Aniversario de la Independen- cia del Perú; Que, ante este magno acontecimiento, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica del ve- cindario, resaltando los valores nacionales, el respeto yveneración a los Símbolos de la Patria; Estando al mérito de lo expuesto y en uso de las fa- cultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 20º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento general de los predios del distrito de La Molina, des-de el 15 hasta el 30 de julio del 2003 , con motivo de conmemorarse el Centésimo Octogésimo Segundo Ani- versario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- Recomendar, a los vecinos del distrito de La Molina, la limpieza y embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respetoa nuestro aniversario patrio.