Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2003 (26/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 248813

Que, en la Carta CI-LIM/VP 174-2002 el Vicepresidente Residente de Conservacion Internacional en Peru, detalla los equipos de computo que su representada entrega para ser destinado al MORDAZA Nacional Bahuaja Sonene y a la Reserva Nacional Tambopata en calidad de donacion; Que, mediante Acta de Entrega - Recepcion, de fecha 17 de octubre de 2002, Conservacion Internacional en Peru hace entrega de dos (2) equipos de computo, valorizados en Ochocientos y 00/100 Dolares Americanos (US$ 800.00); De conformidad con el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Resolucion Nº 031-2002-SBN que aprueba la Directiva Nº 009-2002-SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar y aceptar en via de regularizacion la donacion efectuada por la ONG Conservacion Internacional a favor del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, consistente en dos (2) equipos de computo por un valor de Ochocientos y 00/100 Dolares Americanos (US$ 800.00) que se detallan en el acta de entrega - recepcion de fecha 17 de octubre de 2002 y que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion Ministerial dentro de los veinte (20) dias siguientes a su emision, a la Superintendencia de Bienes Nacionales, Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, Contraloria General de la Republica y a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores para los fines pertinentes. Articulo 3º.- Dichos equipos donados seran destinados para su utilizacion en el MORDAZA Nacional Bahuaja Sonene y en la Reserva Nacional de Tambopata. Articulo 4º.- Incorporar los bienes donados al patrimonio del INRENA, de conformidad con la Directiva Nº 004-2002/SBN, aprobada mediante Resolucion Nº 0212002-SBN, que regula el procedimiento para la Alta y Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal y su Recepcion por la Superintendencia de Bienes Nacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 14109 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0627-2003-AG MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003

establece que las donaciones de bienes muebles que se efectue a favor del Estado, sera aceptada por Resolucion del titular de la entidad publica donataria; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y el articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion efectuada por el Gobierno del Japon a traves de la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon - JICA, a favor del Ministerio de Agricultura para el Proyecto de Cooperacion de Seguimiento al Curso Especial para el Peru en Desarrollo MORDAZA Regional para el reforzamiento de las Agencias Agrarias, consistente en dos (2) Impresoras Laser Jet HP 2200D Duplex, veintiun (21) Impresoras EPSON modelo FX-980, diecisiete (17) Estabilizadores de voltaje POWER control MICROPOWER de 1000VA, treinta y dos (32) Computadoras modelo NETVISTA PV y treinta y dos (32) Monitores de 15" por un monto ascendente a US$ 49, 933.04 (Cuarenta y nueve mil novecientos treinta y tres y 04/100 dolares americanos). Articulo 2º.- Incorporar los bienes donados al patrimonio del Ministerio de Agricultura, de conformidad a la Directiva Nº 004-2002/SBN, aprobada mediante Resolucion Nº 021-2002/SBN, que regula los procedimientos para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal y su Recepcion por la Superintendencia de Bienes Nacionales. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales, Contraloria General de la Republica y a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI del Ministerio de Relaciones Exteriores, dentro de los plazos fijados por Ley, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 14110

Establecen requisitos fitosanitarios especificos necesarios para la importacion de estacas de vid sin enraizar procedentes de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 250-2003-AG-SENASA-DGSV MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2003

CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon - JICA, mediante Carta Nº JP-D-2003/001 de fecha 14 de MORDAZA de 2003, manifiesta que el Gobierno del Japon, a traves de la Agencia a su cargo, ha decidido donar al Ministerio de Agricultura para el Proyecto de Cooperacion de Seguimiento al Curso Especial para el Peru en Desarrollo MORDAZA Regional para el reforzamiento de las Agencias Agrarias, los equipos siguientes: dos (2) Impresoras Laser Jet HP 2200D Duplex, segun Factura 001 Nº 000244, de fecha 31 de marzo de 2003, por un valor de US$ 1, 820.00 (Mil ochocientos veinte y 00/100 dolares americanos), veintiun (21) Impresoras EPSON modelo FX-980 y diecisiete (17) Estabilizadores de voltaje POWER control MICROPOWER de 1000VA, segun Factura 001 Nº 0713, de fecha 31 de marzo de 2003, por un valor US$ 11, 146.00 (Once mil ciento cuarenta y seis y 00/100 dolares americanos), treinta y dos (32) Computadoras modelo NETVISTA PV y treinta y dos (32) Monitores de 15", segun Factura 002 Nº 0058598, de fecha 28 de marzo de 2003, por un valor US$ 36, 967.04 (Treinta y seis mil novecientos sesenta y siete y 04/100 dolares americanos); Que, el articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Que, por Ley Nº 27322 - "Ley MORDAZA de Sanidad Agraria", se establece que la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados capaces de introducir o propagar plagas, deberan sujetarse a las disposiciones que establezca el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, como Autoridad Competente; Que, de conformidad con el articulo 36º del Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, del 29 de MORDAZA del 2001, Reglamento General de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, los requisitos fitosanitarios aplicables a la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, deberan ser aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea correspondiente; Que, a solicitud de importadores interesados en la importacion de estacas de vid procedente de MORDAZA y contando con la informacion tecnica enviada por el SENASA MORDAZA, la Unidad de Analisis del Riesgo de Plagas inicio el respectivo estudio, con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios de importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio, se han establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion de riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias al pais;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.