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PÆg. 248813 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de julio de 2003 Que, en la Carta CI-LIM/VP 174-2002 el Vicepresi- dente Residente de Conservación Internacional en Perú, detalla los equipos de cómputo que su representada en- trega para ser destinado al Parque Nacional Bahuaja Sonene y a la Reserva Nacional Tambopata en calidad de donación; Que, mediante Acta de Entrega - Recepción, de fe- cha 17 de octubre de 2002, Conservación Internacional en Perú hace entrega de dos (2) equipos de cómputo, valorizados en Ochocientos y 00/100 Dólares America- nos (US$ 800.00); De conformidad con el Reglamento General de Proce- dimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Resolución Nº 031-2002-SBN que aprueba la Direc- tiva Nº 009-2002-SBN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar y aceptar en vía de regulariza- ción la donación efectuada por la ONG Conservación In- ternacional a favor del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, consistente en dos (2) equipos de cómputo por un valor de Ochocientos y 00/100 Dólares Americanos (US$ 800.00) que se detallan en el acta de entrega - recepción de fecha 17 de octubre de 2002 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución Ministe- rial dentro de los veinte (20) días siguientes a su emi- sión, a la Superintendencia de Bienes Nacionales, Su- perintendencia Nacional de Administración Tributaria, Contraloría General de la República y a la Agencia Pe- ruana de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores para los fines pertinentes. Artículo 3º.- Dichos equipos donados serán destina- dos para su utilización en el Parque Nacional Bahuaja Sonene y en la Reserva Nacional de Tambopata. Artículo 4º.- Incorporar los bienes donados al patri- monio del INRENA, de conformidad con la Directiva Nº 004-2002/SBN, aprobada mediante Resolución Nº 021- 2002-SBN, que regula el procedimiento para la Alta y Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal y su Recep- ción por la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura 14109 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0627-2003-AG Lima, 25 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Agencia de Cooperación Internacional del Japón - JICA, mediante Carta Nº JP-D-2003/001 de fe- cha 14 de abril de 2003, manifiesta que el Gobierno del Japón, a través de la Agencia a su cargo, ha decidido donar al Ministerio de Agricultura para el Proyecto de Cooperación de Seguimiento al Curso Especial para el Perú en Desarrollo Agrícola Regional para el reforzamiento de las Agencias Agrarias, los equipos siguientes: dos (2) Impresoras Laser Jet HP 2200D Duplex, según Factura 001 Nº 000244, de fecha 31 de marzo de 2003, por un valor de US$ 1, 820.00 (Mil ochocientos veinte y 00/100 dólares americanos), veintiún (21) Impresoras EPSON modelo FX-980 y diecisiete (17) Estabilizadores de vol- taje POWER control MICROPOWER de 1000VA, según Factura 001 Nº 0713, de fecha 31 de marzo de 2003, por un valor US$ 11, 146.00 (Once mil ciento cuarenta y seis y 00/100 dólares americanos), treinta y dos (32) Compu- tadoras modelo NETVISTA PV y treinta y dos (32) Moni- tores de 15", según Factura 002 Nº 0058598, de fecha 28 de marzo de 2003, por un valor US$ 36, 967.04 (Treinta y seis mil novecientos sesenta y siete y 04/100 dólares americanos); Que, el artículo 172º del Reglamento General de Pro- cedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF,establece que las donaciones de bienes muebles que se efectúe a favor del Estado, será aceptada por Resolución del titular de la entidad pública donataria; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el artículo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administra- tivos de Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Gobierno del Japón a través de la Agencia de Coopera- ción Internacional del Japón - JICA, a favor del Ministerio de Agricultura para el Proyecto de Cooperación de Se- guimiento al Curso Especial para el Perú en Desarrollo Agrícola Regional para el reforzamiento de las Agencias Agrarias, consistente en dos (2) Impresoras Laser Jet HP 2200D Duplex, veintiún (21) Impresoras EPSON mo- delo FX-980, diecisiete (17) Estabilizadores de voltaje POWER control MICROPOWER de 1000VA, treinta y dos (32) Computadoras modelo NETVISTA PV y treinta y dos (32) Monitores de 15" por un monto ascendente a US$ 49, 933.04 (Cuarenta y nueve mil novecientos treinta y tres y 04/100 dólares americanos). Artículo 2º.- Incorporar los bienes donados al patri- monio del Ministerio de Agricultura, de conformidad a la Directiva Nº 004-2002/SBN, aprobada mediante Resolu- ción Nº 021-2002/SBN, que regula los procedimientos para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propie- dad Estatal y su Recepción por la Superintendencia de Bienes Nacionales. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Superintendencia de Bienes Nacionales, Contraloría General de la República y a la Agencia Pe- ruana de Cooperación Internacional - APCI del Ministe- rio de Relaciones Exteriores, dentro de los plazos fijados por Ley, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura 14110 Establecen requisitos fitosanitarios es- pecíficos necesarios para la importaciónde estacas de vid sin enraizar pro-cedentes de Argentina RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 250-2003-AG-SENASA-DGSV Lima, 22 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27322 - "Ley Marco de Sanidad Agra- ria", se establece que la importación de plantas, produc- tos vegetales y otros artículos reglamentados capaces de introducir o propagar plagas, deberán sujetarse a las dis- posiciones que establezca el Servicio Nacional de Sani- dad Agraria - SENASA, como Autoridad Competente; Que, de conformidad con el artículo 36º del Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, del 29 de julio del 2001, Re- glamento General de la Ley Marco de Sanidad Agraria, los requisitos fitosanitarios aplicables a la importación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamen- tados, deberán ser aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea correspondiente; Que, a solicitud de importadores interesados en la importación de estacas de vid procedente de Argentina y contando con la información técnica enviada por el SE- NASA Argentina, la Unidad de Análisis del Riesgo de Pla- gas inició el respectivo estudio, con la finalidad de esta- blecer los requisitos fitosanitarios de importación del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio, se han estable- cido los requisitos fitosanitarios necesarios para garanti- zar un nivel adecuado de protección de riesgos en el in- greso de plagas cuarentenarias al país;