Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2003 (26/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

capacidades de gestion de los gobiernos regionales y locales. Decreto Supremo Nº 060-2003-PCM.- Aprueba la fusion por absorcion de COOPOP, INABIF, PAR y FONCODES, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. 3.- AMBITO DE APLICACION: La presente Directiva es de aplicacion para los proyectos y programas correspondientes a FONCODES y PRONAA, comprendidos en el Cronograma de Transferencia Ano 2003, aprobado por Decreto Supremo Nº 0362003-PCM, que son: FONCODES: Proyectos de Infraestructura social de nivel local PRONAA: Programa de Complementacion Alimentaria de nivel local La Comision Sectorial de Transferencia designada por Resolucion Ministerial Nº 282 -2003-MIMDES, dirige y monitorea la ejecucion del MORDAZA de transferencia efectiva de los mencionados proyectos y programas, con observancia del procedimiento y mecanismos de verificacion normados por el Consejo Nacional de Descentralizacion-CND, y aplicacion de los criterios basicos contenidos en la presente Directiva. 4.- DEL MORDAZA DE TRANSFERENCIA: La transferencia efectiva de los proyectos y programas a que se refiere la presente Directiva, se concreta a partir del 1º de octubre de 2003 a las municipalidades provinciales y distritales, segun corresponda, conforme al Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, segun el ambito de intervencion y/o ejecucion de los mismos, previo cumplimiento de los mecanismos de verificacion establecidos en la Directiva Nº 003- CND-P-2003 aprobada por el Consejo Nacional de Descentralizacion, en la forma siguiente: CASO FONCODES: 4.1. En el caso de FONCODES, seran transferidos los proyectos de infraestructura social a las Municipalidades Distritales en las que se ha ejecutado o este programado ejecutar los proyectos y obras de esa naturaleza y finalidad. 4.2. Los proyectos y obras culminados hasta el 30 de septiembre del ano 2003, se transfieren conforme a las valorizaciones y liquidaciones tecnico-administrativas de cada proyecto, debidamente aprobadas por FONCODES. 4.3. Los proyectos en ejecucion e iniciados hasta el 30 de septiembre del ano 2003, se transfieren una vez concluidos, segun lo senalado en el numeral precedente. 4.4. Los proyectos programados para iniciarse a partir del 1º de octubre de 2003, se transfieren a nivel de expedientes tecnicos y solicitudes presentadas, mas los recursos financieros ordinarios consignados en el Presupuesto de FONCODES, debiendo las municipalidades distritales receptoras iniciar su ejecucion durante el presente ejercicio presupuestal. El financiamiento de los proyectos transferidos y los nuevos, se supeditara a las asignaciones presupuestales del ejercicio siguiente. Solo se consideraran como proyectos nuevos los que cuenten con expediente tecnico aprobado, y se encuentren dentro del Plan de Desarrollo Local concertado y aprobado por cada municipalidad, de acuerdo a Ley. 4.5. FONCODES brindara la asistencia tecnica y apoyo que requieran las municipalidades receptoras para la ejecucion y liquidacion de los proyectos transferidos, prosiguiendo con las funciones de supervision de los mismos, conforme a la normatividad y sistemas administrativos vigentes. CASO PRONAA: 4.6. En el caso del PRONAA, sera transferido el programa de complementacion alimentaria, a las municipalidades en las que viene funcionando actualmente dicho programa social, correspondiendo la adquisicion de ali-

mentos a las municipalidades provinciales y la distribucion de los mismos a las municipalidades distritales. La transferencia comprende los stocks de alimentos existentes, y/o los recursos financieros para las adquisiciones de alimentos del programa previstas a partir del 1º de octubre de 2003, segun los inventarios y presupuesto correspondientes. 4.7. A efecto de garantizar la correcta y permanente atencion a los beneficiarios, a partir del 1º de octubre de 2003, el PRONAA apoyara a las municipalidades provinciales de cada region, en los procesos de adquisicion de alimentos del programa, y con las municipalidades distritales la distribucion y entrega de los mismos a los beneficiarios de su jurisdiccion. En ambos casos el PRONAA brindara la asistencia tecnica y apoyo que requieran las municipalidades receptoras de los programas transferidos, conforme a la normatividad y sistemas administrativos vigentes. CRITERIOS COMUNES PARA AMBOS CASOS: 4.8. A fin de promover el exito del MORDAZA de transferencia, y el adecuado funcionamiento de los proyectos y programas transferidos, el MIMDES suscribira con las municipalidades receptoras, convenios de cooperacion y apoyo a la gestion de los mismos, por un plazo no mayor de un ano prorrogable, hasta que se MORDAZA alcanzado un manejo operativo transparente y eficiente. 4.9 Para los efectos del cumplimiento de los mecanismos de verificacion para la transferencia senalados en la Directiva Nº 003-CND-P-2003 aprobada por el Consejo Nacional de Descentralizacion, las municipalidades podran suscribir convenios de colaboracion y coordinacion, entre si, con el Sector, o con otras instituciones publicas o privadas, que contribuyan al proposito del MORDAZA de transferencia. Dichos convenios podran ser presentados en el expediente tecnico descrito en la fase de preparacion como parte de los requisitos exigidos por el CND. 4.10 El MIMDES velara por el cumplimiento de los mecanismos de transparencia y participacion en la gestion de los programas sociales transferidos, a traves de los espacios de concertacion local y Comites de Gestion y Fiscalizacion para el caso del programa transferido de PRONAA, que establezcan las municipalidades conforme a Ley. 5.- DE LAS COMPETENCIAS Y CRITERIOS BASICOS PARA LA GESTION DE LOS PROYECTOS Y PROGRAMAS SOCIALES TRANSFERIDOS: Del MIMDES: 5.1 El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, como ente rector del desarrollo social y las estrategias de lucha contra la pobreza, formula las politicas y metas nacionales de inversion social, asistencia y seguridad alimentaria para la lucha contra la pobreza, los indicadores e indices de asignacion de los fondos del Estado para el funcionamiento de los programas sociales que seran transferidos, y los criterios para la supervision y control del uso de los recursos financieros asignados para dicho fin. 5.2 La asignacion y transferencia de recursos a las municipalidades, correspondientes a los programas sociales transferidos, se realiza en base a indicadores que recojan las politicas sectoriales, para cuyo efecto en coordinacion con el Consejo Nacional de Descentralizacion y el Ministerio de Economia y Finanzas, aprobara los Indices de Asignacion Referencial (IAR), que seran actualizados cada ano. 5.3 El MIMDES formula y aprueba Directivas de caracter tecnico para la identificacion ejecucion, supervision y control de proyectos de infraestructura e inversion social y seguridad alimentaria, el sistema de compras de alimentos y su distribucion, la identificacion y prioridades de la poblacion beneficiaria, concertacion, participacion, transparencia y vigilancia de los programas sociales, para cuyo fin coordina con los gobiernos regionales y las municipalidades. Con dicho objeto promueve igualmente la organizacion y realizacion de eventos de capacitacion y adiestramiento del personal involucrado en los programas transferidos.

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