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PÆg. 248821 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de julio de 2003 5.4 El MIMDES coordina con los demás sectores del gobierno nacional, los gobiernos regionales y las munici-palidades, las estrategias, planes y programas naciona- les de lucha contra la pobreza, con el objetivo de cons- truir un modelo de gestión descentralizada de los progra-mas sociales. En este campo recoge también los apor- tes y sugerencias que brinden las instituciones y organi- zaciones de la sociedad civil, como la Mesa de Concer-tación de Lucha Contra la Pobreza y otros espacios de concertación local. De los GOBIERNOS REGIONALES: 5.5 En el marco de las políticas nacionales y regiona- les de lucha contra la pobreza, los gobiernos regionales coordinan y brindan apoyo a las municipalidades recep- toras de los programas sociales transferidos por el MI-MDES. 5.6 El MIMDES coordinará con los gobiernos regiona- les la asistencia técnica y apoyo hacia las municipalida-des para asegurar el buen funcionamiento de los progra- mas sociales transferidos. 5.7 Los gobiernos regionales a través de los planes de desarrollo regional fijan los ejes prioritarios de la in- versión social y la canasta básica alimentaria regional, que servirán a las municipalidades para las compras dealimentos originarios para sus programas sociales pro- pios y transferidos. De las MUNICIPALIDADES: 5.8 Las municipalidades provinciales y distritales asu- men la gestión y administración de los programas socia- les transferidos por el MIMDES, una vez formalizada la suscripción de las respectivas actas de transferencia yrecepción de los mismos, debiendo prever las acciones que permitan asegurar la continuidad y calidad de los servicios a la población beneficiaria, con sujeción a lasnormas de ejecución, evaluación, control y vigilancia co- rrespondientes. 5.9. Los recursos financieros asignados a las municipalidades para la gestión de los programas so- ciales de lucha contra la pobreza transferidos, serán destinados exclusivamente para la atención de los mis-mos, con observancia de los procedimientos y siste- mas administrativos vigentes. En ningún caso habrá lugar a mayores asignaciones ni regularizaciones so-bre el uso de dichos recursos para fines distintos a su naturaleza. 5.10 Para el caso de los proyectos de inversión so- cial, las municipalidades a través del Consejo de Coordinación Local deciden los proyectos y obras por ejecutar, de acuerdo a los techos presupuestales asig-nados y las prioridades establecidas en el Plan de Desa- rrollo Local. 5.11 Para el caso de las adquisiciones de alimentos las municipalidades provinciales podrán acogerse a la normatividad legal y técnica aplicable al PRONAA, a efec- to de garantizar el abastecimiento regular del programade complementación alimentaria, priorizando las compras regionales y locales en estrecha coordinación con los productores locales, Clubes de Madres y ComedoresPopulares de su jurisdicción. Asimismo para la distribución de alimentos las munici- palidades distritales podrán aplicar las normas estable-cidas para PRONAA, en tanto aprueben sus propias nor- mas que garanticen el buen uso y destino de dichos ali- mentos. 5.12. Las municipalidades colaboran y facilitan la or- ganización y ejecución de los programas nacionales de capacitación del MIMDES, pudiendo suscribir en formaindividual o asociada convenios de cooperación con di- cho objeto. 6.- DE LAS ACCIONES PREVIAS Y COMPLEMEN- TARIAS: 6.1 El MIMDES a través de la Comisión Sectorial de Transferencia, prepara y previa aprobación de la Titular del MIMDES, desarrolla las acciones inherentes y com-plementarias al proceso de transferencia, que contiene cinco componentes a ejecutarse entre los meses de ju- nio a diciembre del 2003, los cuales son:1) DIFUSIÓN Y CONSULTA. 2) FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL. 3) DISEÑO DE INSTRUMENTOS; 4) CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES 5) MONITOREO Y EVALUACIÓN; Para dicho efecto la mencionada Comisión Sectorial: a) Informará periódicamente de sus actividades a la Titular del MIMDES, quien decidirá la forma como cada una de las dependencias del MIMDES y OPDs involucra- dos en la transferencia implementarán las acciones co- rrespondientes. b) Propondrá a la titular del MIMDES las Subcomi- siones responsables de ejecutar dicha transferencia tan- to para el caso de FONCODES como para PRONAA, cuya conformación se determinará mediante Resolución Mi- nisterial. 6.2 Las dependencias del MIMDES brindarán a las municipalidades toda la información que soliciten sobre los proyectos y programas objeto de transferencia, así como de las acciones conjuntas a desarrollarse con tal objeto. 6.3 Los convenios de cooperación institucional y de apoyo a la gestión de los programas sociales transferi- dos, serán suscritos por la Titular del MIMDES o el fun- cionario que ella delegue, y por los Alcaldes de las muni- cipalidades correspondientes. 13990 PRODUCE Aprueban continuación del Programa "Implementación de un Sistema de Cap-tación de Datos sobre el Desembarquede la Pesca Artesanal" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 269-2003-PRODUCE Lima, 23 de julio del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 415-2001- PE, del 11 de diciembre de 2001, se aprobó el Programa "Implementación de un Sistema de Captación de Datos sobre el Desembarque de la Pesca Artesanal", autorizán- dose para tal efecto la asignación de recursos presupues- tales por la suma de Sesenta y un Mil Cuatrocientos Cua- renta y 00/100 Nuevos Soles (61 440,00), con cargo al Pliego 018: Ministerio de Pesquería, Fuente de Financia- miento: Recursos Directamente Recaudados, Ejercicio Fiscal 2001; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 061-2002- PE, del 12 de febrero de 2002, se dispuso la ejecución del Programa "Implementación de un Sistema de Capta- ción de Datos sobre el Desembarque de la Pesca Arte- sanal", asignándose los recursos presupuestales por la suma de Sesenta y un Mil Cuatrocientos Cuarenta y 00/ 100 Nuevos Soles (61 440,00), con cargo al Pliego 018: Ministerio de Pesquería, Fuente de Financiamiento: Re- cursos Directamente Recaudados, Ejercicio Fiscal 2002; Que, por razones de carácter presupuestario debido a la fusión del ex Ministerio de Pesquería y del Viceminis- terio de Industria del ex Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y la creación del Ministerio de la Producción no fue posi- ble continuar con el desarrollo de las actividades del indi- cado Programa, manteniéndose la necesidad institucio- nal de culminar las acciones aprobadas por los dispositi- vos legales antes señalados en los considerandos anterio- res, por el saldo pendiente de Treinta y Siete Mil Quinien- tos Treinta y un y 00/100 Nuevos Soles (S/. 37 531,00); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2003, Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funcio- nes del Ministerio de la Producción y Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y Contraloría