Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2003 (26/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
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5.4 El MIMDES coordina con los demas sectores del gobierno nacional, los gobiernos regionales y las municipalidades, las estrategias, planes y programas nacionales de lucha contra la pobreza, con el objetivo de construir un modelo de gestion descentralizada de los programas sociales. En este MORDAZA recoge tambien los aportes y sugerencias que brinden las instituciones y organizaciones de la sociedad civil, como la Mesa de Concertacion de Lucha Contra la Pobreza y otros espacios de concertacion local. De los GOBIERNOS REGIONALES: 5.5 En el MORDAZA de las politicas nacionales y regionales de lucha contra la pobreza, los gobiernos regionales coordinan y brindan apoyo a las municipalidades receptoras de los programas sociales transferidos por el MIMDES. 5.6 El MIMDES coordinara con los gobiernos regionales la asistencia tecnica y apoyo hacia las municipalidades para asegurar el buen funcionamiento de los programas sociales transferidos. 5.7 Los gobiernos regionales a traves de los planes de desarrollo regional fijan los ejes prioritarios de la inversion social y la canasta basica alimentaria regional, que serviran a las municipalidades para las compras de alimentos originarios para sus programas sociales propios y transferidos. De las MUNICIPALIDADES: 5.8 Las municipalidades provinciales y distritales asumen la gestion y administracion de los programas sociales transferidos por el MIMDES, una vez formalizada la suscripcion de las respectivas actas de transferencia y recepcion de los mismos, debiendo prever las acciones que permitan asegurar la continuidad y calidad de los servicios a la poblacion beneficiaria, con sujecion a las normas de ejecucion, evaluacion, control y vigilancia correspondientes. 5.9. Los recursos financieros asignados a las municipalidades para la gestion de los programas sociales de lucha contra la pobreza transferidos, seran destinados exclusivamente para la atencion de los mismos, con observancia de los procedimientos y sistemas administrativos vigentes. En ningun caso habra lugar a mayores asignaciones ni regularizaciones sobre el uso de dichos recursos para fines distintos a su naturaleza. 5.10 Para el caso de los proyectos de inversion social, las municipalidades a traves del Consejo de Coordinacion Local deciden los proyectos y obras por ejecutar, de acuerdo a los techos presupuestales asignados y las prioridades establecidas en el Plan de Desarrollo Local. 5.11 Para el caso de las adquisiciones de alimentos las municipalidades provinciales podran acogerse a la normatividad legal y tecnica aplicable al PRONAA, a efecto de garantizar el abastecimiento regular del programa de complementacion alimentaria, priorizando las compras regionales y locales en estrecha coordinacion con los productores locales, Clubes de Madres y Comedores Populares de su jurisdiccion. Asimismo para la distribucion de alimentos las municipalidades distritales podran aplicar las normas establecidas para PRONAA, en tanto aprueben sus propias normas que garanticen el buen uso y destino de dichos alimentos. 5.12. Las municipalidades colaboran y facilitan la organizacion y ejecucion de los programas nacionales de capacitacion del MIMDES, pudiendo suscribir en forma individual o asociada convenios de cooperacion con dicho objeto. 6.- DE LAS ACCIONES PREVIAS Y COMPLEMENTARIAS: 6.1 El MIMDES a traves de la Comision Sectorial de Transferencia, prepara y previa aprobacion de la Titular del MIMDES, desarrolla las acciones inherentes y complementarias al MORDAZA de transferencia, que contiene cinco componentes a ejecutarse entre los meses de junio a diciembre del 2003, los cuales son:

DIFUSION Y CONSULTA. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL. DISENO DE INSTRUMENTOS; CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES MONITOREO Y EVALUACION;

Para dicho efecto la mencionada Comision Sectorial: a) Informara periodicamente de sus actividades a la Titular del MIMDES, quien decidira la forma como cada una de las dependencias del MIMDES y OPDs involucrados en la transferencia implementaran las acciones correspondientes. b) Propondra a la titular del MIMDES las Subcomisiones responsables de ejecutar dicha transferencia tanto para el caso de FONCODES como para PRONAA, cuya conformacion se determinara mediante Resolucion Ministerial. 6.2 Las dependencias del MIMDES brindaran a las municipalidades toda la informacion que soliciten sobre los proyectos y programas objeto de transferencia, asi como de las acciones conjuntas a desarrollarse con tal objeto. 6.3 Los convenios de cooperacion institucional y de apoyo a la gestion de los programas sociales transferidos, seran suscritos por la Titular del MIMDES o el funcionario que MORDAZA delegue, y por los Alcaldes de las municipalidades correspondientes. 13990

PRODUCE
Aprueban continuacion del Programa "Implementacion de un Sistema de Captacion de Datos sobre el Desembarque de la Pesca Artesanal"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 269-2003-PRODUCE MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 415-2001PE, del 11 de diciembre de 2001, se aprobo el Programa "Implementacion de un Sistema de Captacion de Datos sobre el Desembarque de la Pesca Artesanal", autorizandose para tal efecto la asignacion de recursos presupuestales por la suma de Sesenta y un Mil Cuatrocientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (61 440,00), con cargo al Pliego 018: Ministerio de Pesqueria, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Ejercicio Fiscal 2001; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 061-2002PE, del 12 de febrero de 2002, se dispuso la ejecucion del Programa "Implementacion de un Sistema de Captacion de Datos sobre el Desembarque de la Pesca Artesanal", asignandose los recursos presupuestales por la suma de Sesenta y un Mil Cuatrocientos Cuarenta y 00/ 100 Nuevos Soles (61 440,00), con cargo al Pliego 018: Ministerio de Pesqueria, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Ejercicio Fiscal 2002; Que, por razones de caracter presupuestario debido a la fusion del ex Ministerio de Pesqueria y del Viceministerio de Industria del ex Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, y la creacion del Ministerio de la Produccion no fue posible continuar con el desarrollo de las actividades del indicado Programa, manteniendose la necesidad institucional de culminar las acciones aprobadas por los dispositivos legales MORDAZA senalados en los considerandos anteriores, por el saldo pendiente de Treinta y Siete Mil Quinientos Treinta y un y 00/100 Nuevos Soles (S/. 37 531,00); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, Ley Nº 27789 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y Contraloria

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