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PÆg. 245297 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de junio de 2003 sentación extemporánea, debiendo regirse según el pun- to 4 de la presente Directiva. 2.5 Los empleadores incluidas las Cooperativas de Trabajadores que cuenten a nivel nacional en total con 1 a 4 trabajadores sujetos al régimen laboral de la activi- dad privada, están exceptuados de la presentación. 3. DEL CRONOGRAMA Y LUGAR DE RECEPCIÓN 3.1 La recepción se realizará del 7 al 25 de julio de 2003, de acuerdo al Anexo Nº 01. 3.2 En Lima Metropolitana (provincia de Lima y Pro- vincia Constitucional del Callao) la información será reci-bida en la Sede Central del Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo - Av. Salaverry Nº 655 (Playa de estacionamiento), Jesús María, en el horario de 8:00a.m. a 5.00 p.m. 3.3 En las demás circunscripciones del departamen- to de Lima, la información será recibida en las ZonasRegionales de Trabajo y Promoción del Empleo de Hua- cho o Cañete, según corresponda. 3.4 En los demás departamentos, la información será recibida en las Direcciones Regionales, Direcciones Subregionales o en las Zonas de Trabajo y Promoción del Empleo, según la ubicación geográfica del centro detrabajo. 4. DE LA PRESENTACIÓN EXTEMPORÁNEA DE LA INFORMACIÓN A partir del día siguiente del vencimiento de los pla- zos establecidos en el cronograma del Anexo Nº 01, los empleadores podrán presentar extemporáneamente el formulario “DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFOR-MACIÓN DE PLANILLA(S) DE PAGO DEL MES DE JU- NIO DE 2003” sólo hasta el lunes 1 de setiembre 2003, abonando la multa respectiva de acuerdo a la escalaprevista en el Anexo Nº 02. Toda presentación posterior al 1 de setiembre ori- gina la obligación de pagar la multa correspondiente,más los intereses que se generen desde el 2 de se- tiembre de 2003 hasta la fecha efectiva de cumpli- miento. El interés aplicable es la tasa de interés mo-ratorio del Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo establecida mediante Resolución Ministerial Nº 050-2000-TR. Los empleadores efectuarán la presentación extem- poránea, cumpliendo lo establecido en el punto Nº 2 de la presente Directiva, adjuntando el comprobante de pagooriginal de la multa abonada a nombre del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el Banco de la Na- ción (mediante el Sistema de Teleproceso) al Código deMultas Nº 5290 para los empleadores del departamento de Lima, y Nº 5665 para las Direcciones Regionales o en la cuenta corriente respectiva. El empleador efectuará la presentación con una car- ta simple, para Lima Metropolitana en la Oficina de Trá- mite Documentario, y para las dependencias regionalesy Zonas de Trabajo en el lugar que sobre el particular indiquen las mismas. A partir del 2 de setiembre de 2003, la Autoridad Ad- ministrativa de Trabajo a través de la función inspectiva,verificará el cumplimiento de la presente Directiva. 5. CONSULTAS- Oficina de Economía del Trabajo y Productividad Telef.: Directo: 433-8243Central : 433-2512 Anexos: 2119 - 2433- - Oficina de PRODLAB Telf.: Directo : 330-7382 y 424-2622 Central : 433-2512 Anexos: 2358 - 2414. Oficina de Economía del Trabajo y Productividad ANEXO Nº 01 CRONOGRAMA PARA LA RECEPCIÓN DE LA “DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA (S) DE PAGO” DEL MES DE JUNIO DE 2003 REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTE FECHA (ÚLTIMO DÍGITO) 0 - 1 7, 8 y 9 de julio 2 - 3 10, 11 y 14 de julio 4 - 5 15, 16 y 17 de julio 6 - 7 18, 21 y 22 de julio 8 - 9 23, 24 y 25 de julio ANEXO Nº 02 MONTO DE MULTAS QUE DEBERÁN SER ABONADAS POR LOS EMPLEADORES QUE CUENTAN A NIVEL NACIONAL EN TOTAL CON CINCO (5) O MÁS TRABAJADORES Y NO CUMPLIERAN CON PRESENTAR OPORTUNAMENTE LA “DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA (S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DE 2003 Nº DE TRABAJADORES % MONTO DE LA MULTA UIT (En Nuevos Soles) 1 - 4 3% 93.00 5 - 9 5% 155.00 10 - 20 8% 248.00 21 - 50 12% 372.00 51 - 100 15% 465.00 101 - 500 25% 775.00 501 a más 30% 930.00 UIT : 3,100.00 Nuevos Soles a partir del 1.1.2003 según D.S. Nº 191-2002-EF. REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correoelectrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU