Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (02/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

PÆg. 245311 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de junio de 2003 De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005- 2001-JUS, que crea las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal y el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor abogado Her- mes Cavero García como Representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ante la Comisión Provincial de Formalización de la Propiedad Informal de la Municipalidad Provincial de Talara. Artículo Segundo.- Comunicar la presente Resolu- ción al Ministerio de Justicia, a la Municipalidad Provin- cial de Talara, a la Comisión de Formalización de la Propie- dad Informal - COFOPRI y al Registro Predial Urbano - RPU, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 10244 SUNAT Designan auxiliar coactivo de la Inten- dencia Regional La Libertad SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 060-00-0000036/SUNAT Trujillo, 23 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que, resulta necesario designar un Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en dicho Órgano Descentralizado; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Có- digo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declara- ción Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal, ingrese mediante Concurso Público; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contri- buyentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Re- gionales de la SUNAT a designar, mediante Resolucio- nes de Intendencia, a los trabajadores que se desempe- ñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas intendencias; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 194- 2002/SUNAT se designó, entre otros altos funcionarios de la SUNAT, a quienes se desempeñarán como Intendentes Regionales a partir de 1 de enero del año 2003; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/SUNAT y de conformi- dad con lo dispuesto en la Resolución de Superintenden- cia Nº 194-2002/SUNAT y los Artículos 50º y 51 del Re- glamento de Organización y Funciones de la Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria, apro- bado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad, de la siguiente funcionaria:- Tania Caridad Díaz Ugaz. Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coacti- vo de la Intendencia Regional La Libertad, al funcionario: - Carlos Wigberto Villacorta Valencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO QUISPE CORREA ANGULO Intendente Regional 10176 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Conforman Consejo Regional de Salud - CRS, de la Región Lambayeque ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2003-GR.LAMB/PR Chiclayo, 26 de mayo de 2003EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE POR CUANTO: El Consejo Regional de Lambayeque en su Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril de 2003 ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27813, "Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud - SNCDS", en su Artículo 1º, precisa la finalidad del mismo como la de coordinar el proceso de aplicación de la política nacional de salud, promoviendo su implementación concertada, descentralizada y coordinando los planes y programas de todas las instituciones del sector a efecto de lograr el cuidado integral de la salud de todos los peruanos, y avanzar hacia la seguridad social universal en salud; Que, el Artículo 3º de la ley antes mencionada esta- blece que son tres los niveles de organización del SNC- DS: Nacional, regional y local, con prioridad de desarro- llo de este último; Que, esta misma ley en su Artículo 7º, establece que los niveles regional y local del SNCDS, se organizan acor- de al modelo de descentralización coordinada con los sistemas regionales y locales de salud, con la obligación de concertar, coordinar y articular acciones así como de compartir competencias y responsabilidades de acuerdo a lo que establece la Ley de Bases de la Descentraliza- ción y la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-SA, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27813, "Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud", en cuyo Artículo 13º se define al Consejo Regional de Salud - CRS, como el órgano de concertación, coordinación y articula- ción regional del SNCDS, con las funciones de: - Promover la concertación, coordinación, articula- ción, planificación estratégica, gestión y evaluación de todas las actividades de salud y niveles de atención de la Región que esté en condición de realizar, acorde a su complejidad y al principio de subsidiariedad. - Impulsar en su ámbito el cumplimiento de la finalidad del SNCDS, la Política Nacional de Salud, el Plan Nacio- nal de Salud, los acuerdos del Consejo Nacional de Sa- lud y sus propias disposiciones. - Proponer bienalmente prioridades regionales de salud, orientadas al cuidado integral de la salud. - Velar por la organización y funcionamiento de los Consejos Provinciales de Salud y de los niveles de aten- ción de su jurisdicción, propiciando la participación ciu- dadana y la coordinación intersectorial.