Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2003 (02/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, lunes 2 de junio de 2003 SE ACUERDA:

NORMAS LEGALES

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Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios de la Escuela de Administracion de Negocios para Graduados (ESAN), para la capacitacion en Administracion de Proyectos con la Municipalidad Provincial de MORDAZA, por cuanto la contratacion en mencion estaria enmarcada dentro de los Servicios Personalisimos, en donde se esta teniendo en cuenta como requisito esencial la calidad profesional de dicha institucion, de acuerdo al Art. 1º del D.S. Nº 041-2003-PCM de fecha 16.4.2003, que modifica el Art. 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina General de Administracion la contratacion referida, mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. Tercero.- DISPONER que, Secretaria General remita MORDAZA del Acuerdo correspondiente y del Informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion. Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimientos publique el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 10308 ACUERDO Nº 191-2003-CMPC MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 7.5.2003, el Oficio Nº 128-2003-OGP-MPC de fecha 28 de MORDAZA del 2003, de la Oficina General de Planificacion, dirigido al Director Municipal, haciendole llegar el Informe Justificatorio Nº 23-2003-UPP-OGP-MPC, el Oficio Nº 2922003-OGAJ-MPC de la Oficina General de Asesoria Juridica, el Oficio Nº 137-2003-DM-MPC de la Direccion Municipal, Oficio Nº 030-2003-CP-CMPC del Presidente de la Comision de Planeamiento; Proveido Nº 1145 del Despacho de Alcaldia; despues de la exposicion del Sr. Presidente de la Comision del Ramo, subrayando que la Municipalidad Provincial de MORDAZA no realizara ningun gasto por dicho Convenio, siendo financiado por SEDACAJ, con la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS DOLARES ($ 4,286.00), correspondiente al 18% del monto del Convenio y la Municipalidad Provincial de MORDAZA, a traves del financiamiento de Minera Yanacocha, con la suma de DIECINUEVE MIL SETECIENTOS CATORCE DOLARES ($ 19,714.00), correspondiente al 82%; despues del debate correspondiente y, de conformidad al Dictamen de la Comision de Planeamiento, por unanimidad; SE ACORDO: 1º. Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios de la Escuela de Administracion de Negocios para Graduados (ESAN), para la capacitacion en Gestion de Proyectos con la Municipalidad Provincial de MORDAZA, por cuanto la contratacion en mencion estaria enmarcada dentro de los servicios personalisimos, en donde se esta teniendo en cuenta como requisito esencial la calidad profesional de dicha institucion, de acuerdo al Art. 1º del D.S. Nº 041-2003-PCM de fecha 16.4.2003, que modifica el Art. 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM. 2º. Autorizar a la Oficina General de Administracion la contratacion referida, mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. 3º. Disponer que la Oficina General de Secretaria General, remita MORDAZA del acuerdo correspondiente y del

informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion. 4º. Disponer que la Unidad de Abastecimientos, publique el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Que, transcribo a usted para su conocimiento y fines. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 10309

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Autorizan contratacion de servicios de asesoria, investigacion, fiscalizacion y cobranza de tributos municipales mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
ACUERDO MUNICIPAL Nº 030-2003-C/CPP San MORDAZA de MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2003 Visto, el Dictamen Nº 029-2003-CEYA/MPP, de la Comision de Economia y Administracion, de fecha 15 de marzo del 2003; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de MORDAZA, requiere contar con los servicios de una empresa altamente especializada, eficiente e idonea que se encargue del asesoramiento, investigacion, fiscalizacion y cobranza de tributos municipales de liquidaciones de contribuyentes omisos, morosos, subvaluadores y/o que mantengan saldo deudor de los ejercicios comprendidos entre 1998 y 2003; Que, resulta necesario que dicha empresa cuente con amplia experiencia en fiscalizacion y cobranza de tributos municipales en diversos municipios distritales y provinciales a nivel nacional; Que, la Direccion General de Asesoria Juridica con Informe Nº 415-2003-DGAJ/MPP, manifiesta que por tratarse de un Contrato de Servicios Personalisimos, estaria exonerado de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa; Que, asimismo, indica que en la contratacion que se realice, el pago se efectuara con los ingresos que recaudara la empresa a contratar, no transgrediendo lo prescrito por la Ley de Presupuesto del Sector Publico, no existiendo limitacion en cuanto al pago que percibira la Empresa; no afectando el Presupuesto Municipal ni existiendo desembolso alguno; justificando de esta manera tecnica y legalmente la contratacion de una empresa especializada mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia bajo la causal de servicios personalisimos; Que, la Comision de Economia y Administracion, a traves del Dictamen del visto, recomienda se declare procedente la contratacion de Locacion de Servicios Personalisimos, por adjudicacion directa de menor cuantia, por no encontrar limitacion legal alguna; Que, el articulo 19º inciso h) del D.S. Nº 012-2001PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que: "Estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, Inc. h) Para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento". Asimismo, el articulo 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, prescribe que: "De conformidad con el inciso h) del articulo 19º de la Ley, se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio";

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