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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (11/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 245771 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de junio de 2003 Autorizan viaje de funcionaria para participar en la Sesión General del Gru-po Internacional de Estudio de Cobre,a realizarse en Portugal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 246-2003-EM/DM Lima, 7 de junio de 2003 CONSIDERANDO:Que, del 16 al 18 de junio de 2003, en la ciudad de Lisboa, Portugal, se realizará una Sesión General delGrupo Internacional de Estudio de Cobre - GIEC; orga-nismo intergubernamental que representa a países pro-ductores y consumidores de cobre, cuyos objetivos son:intensificar la cooperación internacional en cuestionesrelativas al cobre; proporcionar información de mercadoy estadísticas a países miembros; propiciar foros deconsulta intergubernamentales, agrupando a represen-tantes de países productores y consumidores, en losque podrían asistir representantes de la industria cuprí-fera privada y del gobierno de los países miembros; y,patrocinar proyectos de diversos tipos en materia decobre; Que, ha sido designada la Ing. María Chappuis Cardi- ch, Directora General de Minería del Ministerio de Energíay Minas, para que asista a la referida sesión en calidad dePresidenta del Comité Económico y Ambiental del GIEC, afin que pueda alcanzar ante esta entidad las propuestas,iniciativas y posiciones que el Perú plantea; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la Ing. María Chappuis Cardich, Directora General deMinas del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad deLisboa, Portugal, del 14 de junio al 20 de junio de 2003; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Ing. María Cha- ppuis Cardich, Directora General de Minas del Ministe-rio de Energía y Minas, a la ciudad de Lisboa, Portugal,del 14 de junio al 20 de junio de 2003, para el fin a quese refiere la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución que ascienden a US$ 3 228,34(Tres Mil Doscientos Veintiocho y 34/100 Dólares America-nos) serán cubiertos por el Ministerio de Energía y Minas,de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 1643,34) US$ 1 643,34 Viáticos (US$ 260,00 x 6 días) US$ 1 560,00Tarifa CORPAC (US$ 25,00) US$ 25,00 ------------------ TOTAL US$ 3 228,34 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 10849 INTERIOR Declaran infundado recurso de apela- ción interpuesto por tØcnico en Migra-ciones contra la R.D. N” 001645-2002-IN-0904, que suspendió sin goce de remuneraciones al recurrente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0919-2003-IN/0901 Lima, 4 de junio del 2003Visto, el Recurso de Apelación de fecha 3.ENE.2003, y demás antecedentes relacionados con el petitorio, formulado por el servidor SOLANO ALIAGA JORGE LUIS, contra la R.D. Nº 001645-2002-IN-0904 de6.DIC.2002; CONSIDERANDO:Que, por R.D. Nº 001645-2002-IN-0904 de 6.DIC.2002, se suspendió sin goce de remuneraciones por el términode diez (10) días, al servidor SOLANO ALIAGA JORGE LUIS, Técnico en Migraciones I-STA, de la Dirección Gene- ral de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Inte-rior; Que, mediante documento de vistos, el recurrente interpone recurso de apelación contra la precitada Re-solución señalando que la misma no se encuentra debi- damente motivada, sustentándola en los argumentos de hecho y de derecho que en dicho recurso se reprodu-cen, concluyendo que no tiene una conducta negligen- te, sino por el contrario, una adecuada conducta profe- sional; Que, el Art. 209º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedi- miento Administrativo General, establece que el recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se sus-tente en diferente interpretación de las pruebas produci- das o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el actoque se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico; Que, efectuado el análisis de la documentación que corre en autos y específicamente de los fundamentos ex- puestos por el recurrente en su recurso, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, determinaque el mismo no se sustenta en diferente interpretación de pruebas ni trata de cuestiones de puro derecho, conforme lo dispone la normatividad precedentemente enunciada,razones por las cuales considera se declare INFUNDADO dicho recurso; Estando a lo informado por la Oficina de Personal y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 209º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo Ge- neral; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el servidor SOLANO ALIA-GA JORGE LUIS, Técnico en Migraciones I-STA de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior, contra la R.D. Nº 001645-2002-IN-0904 de 6.DIC.2002, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 10845 Declaran infundadas apelaciones con- tra resoluciones relativas a multasimpuestas a empresas por infracciónal Reglamento de Servicios de Seguri- dad Privada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0928-2003-IN/1701 Lima, 4 de junio de 2003 Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por la EVP. SEGUROC S.A., presentada por su Representante LegalSr. Rafael José ROCCA RAMOS, contra la R.D. Nº 162-2003-IN-1704 del 22.ENE.2003. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 162-2003-IN-1704 del 22.E- NE.2003, se impuso multa de Una y Media (1.50) UIT a